En 1937 Catalunya
publicó el decreto que permitía el aborto libre hasta los tres primeros meses y
regulaba su práctica. El Gobierno republicano lo extendió a las zonas no
ocupadas por Franco
PATRICIA
CAMPELO Madrid 15/02/2014 17:24 Actualizado: 15/02/2014 17:52
Imagen de una revista en
la que se informaba de que el aborto era legal en Catalunya.BIBLIOTECA NACIONAL
DE ESPAÑA
De
aprobarse la reforma de la ley del aborto planteada por el Gobierno de Mariano
Rajoy, los derechos de las mujeres no solo retrocederían a 1985, año en que el
Ejecutivo socialista de Felipe González reguló el aborto, sino hasta 1937. Ese
año, se despenalizó la interrupción voluntaria del embarazo por primera vez en
España. Catalunya publicó el 9 de enero la norma más avanzada de Europa en esta
materia, permitiendo el aborto libre hasta las doce semanas. Desde el gobierno
republicano de Francisco Largo Caballero, la ministra de sanidad Federica
Montseny también ideó un proyecto de ley para regular la interrupción
voluntaria del embarazo, pero su iniciativa quedó en suspenso debido a la
oposición de la mayoría de miembros del Ejecutivo. Aun así, Montseny buscó la
forma de aplicar el decreto catalán en las zonas republicanas [en plena Guerra
Civil, muchas ciudades ya se encontraban bajo el dominio de los militares
sublevados].
"Tuve
que recurrir al subterfugio de extender al resto de la España republicana los
beneficios del decreto sobre el derecho a la interrupción artificial del
embarazo adoptado por la Generalidad de Cataluña. Debía buscarse una solución
al drama de miles de mujeres que, cargadas de hijos, recurrían a medios extra
medicales o caseros para suprimir embarazos no deseados (...). Había que evitar
la hecatombe de mujeres que eran víctimas de maniobras abortivas que las
mutilaban para siempre y que, en muchas ocasiones, les costaban la vida",
plasmó Montseny en sus memorias 'Mis primeros cuarenta años', (1987).
"Todo escrúpulo religioso o de otra índole pesaba poco en la vida de las
mujeres que debían afrontar tal estado de cosas", puntualizó.
"No
deberán nacer hijos condenados de antemano a una vida de infierno"
La
ilegalidad del aborto sumía a las mujeres en prácticas clandestinas con
consecuencias fatales. Durante muchos años, estas interrupciones del embarazo
fueron una de las principales causas de muerte entre las mujeres españolas.
"Su práctica estaba unida a una serie de estampas sombrías, curanderismo,
mercantilismo, drama", apuntó la revista Mundo Gráfico en un reportaje
publicado tras la entrada en vigor del decreto catalán. "Había madres que
morían por la torpeza de maniobras abortivas realizadas sin garantía y sin
escrúpulo", denunciaba la revista -una de las más populares y progresistas
del primer tercio del siglo veinte-. Precisamente, este semanario se hizo eco
de la normativa catalana sobre el aborto con un enfoque cargado de optimismo.
El
reportaje, firmado por José M. Garat, está ilustrado con fotografías de niños y
niñas sonrientes, y facilita además la ficha del departamento de sanidad de la
Generalitat de Catalunya que las mujeres debían cumplimentar para solicitar la
interrupción de su embarazo. "No deberán nacer hijos condenados de
antemano a una vida de infierno", señalaba el periodista en referencia a
los casos de grave discapacidad.
Las
páginas de Mundo Gráfico publicaron también el caso de la primera mujer que
abortó en aplicación de la normativa catalana. Se trataba de una joven de 25
años, con enfermedades genéticas, y que se encontraba en Barcelona huyendo sola
de la contienda con sus dos hijos con discapacidad.
Hasta
ese momento, sólo tres países europeos habían incorporado a su legislación el
derecho a la interrupción voluntaria del embarazo: Suiza en 1916, la antigua
Checoslovaquia en 1925 y Rusia en 1926. Tres años más tarde, se sumó Japón a
esta lista.
Aborto libre hasta las
doce semanas
El
decreto catalán -firmado por los consellers Josep Tarradellas, de ERC, Pere
Herrera, de la CNT, y Rafael Vidiella, de UGT,- permitía el aborto libre hasta
el tercer mes, medida que no contemplaban los países que ya regulaban la
interrupción del embarazo.
El
texto establecía como causas justificadas para la práctica del aborto razones
terapéuticas —enfermedad física o mental de la madre que contraindicase el
parto—, genéticas —graves enfermedades hereditarias e incesto— y éticas —deseo
consciente de limitar voluntariamente la natalidad—. En este último caso, la
interrupción del embarazo se realizaría a petición de la interesada, sin que la
familia pudiera presentar reclamación alguna.
Transcurridos
los primeros tres meses de embarazo, sólo se justificaba el aborto por razones
terapéuticas. El artículo 6 establecía la creación de organismos autorizados
oficialmente que debían, además, elaborar un plan de organización en los
primeros 15 días tras la publicación del decreto. El personal encargado de
realizar estas prácticas sería el que integrara las unidades de obstetricia y
ginecología, "sin derecho a ninguna remuneración por estos servicios",
aclaraba el texto de la norma. En cada centro, se nombraba la figura de un
delegado responsable con la misión de "fiscalizar, controlar e
inspeccionar" el correcto funcionamiento del servicio.
Los
medios conservadores calificaban el aborto como un delito 'de lesa humanidad'
Para
garantizar el control de cada práctica abortiva, se requería una ficha médica,
psicológica, genética y social de cada mujer que solicitase la interrupción del
embarazo. También se sometía a la paciente a un reconocimiento previo que investigara
"su capacidad vital y de resistencia a la intervención".
Con
el objetivo de evitar las prácticas privadas que provocaban un elevado número
de muertes, el decreto emplazaba a responder "criminalmente ante el
tribunal competente" a quienes realizasen abortos fuera de los centros
públicos habilitados para ello. "Y perderán, si son titulares de una
profesión sanitaria, el derecho a ejercerla", añadía.
Una
de las consecuencias previstas con las nuevas medidas era la disminución de los
casos de aborto ya que, en paralelo a los centros donde se interrumpía el
embarazo, debían existir otros "destinados a la difusión popular de los
medios anti concepcionales", avanzó Mundo Gráfico. "Se aspira a dotar
a la mujer de una sólida cultura que le permita evitar el aborto y recurrir a
él en último recurso", aclaraba la revista, e insistía en el número de
vidas de mujeres que se salvarían con la desaparición de las prácticas
clandestinas.
Los medios de Franco, en
contra
La
aprobación de esta medida suscitó la publicación de mensajes en contra de la
misma, provenientes de los medios de comunicación franquistas. Fue el caso del
diario ABC, que en una información publicada el 17 de diciembre de 1936
justificaba la ley del aborto con el "ansia devoradora del comunismo judío
para exterminar España". "Ya no se satisface con la muerte y la
matanza de los que han nacido, sino que quiere exterminarlos antes de
nacer", revela la hemeroteca.
"El
aborto, legalmente, es un asesinato, un crimen de lesa humanidad, ya que
condena a un ser que iba a nacer a que no nazca, (...) la mujer que
voluntariamente aborta pierde el más justo título que puede alcanzar en el
cumplimiento de su divino papel, el de ser madre", opinaban entonces los
partidarios de Franco.
Medidas
sociales truncadas por la sublevación militar
En
España, la Guerra Civil instó a la publicación de los planes sociales que el
gobierno republicano tenía pendiente de aprobación. Federica Montseny, en el
cargo de ministra de Sanidad y Asistencia Pública de noviembre de 1936 a mayo
de 1937, logró iniciar el primer programa de ayudas a desfavorecidos y medidas
como los lugares para la infancia y comedores para embarazadas, pero con un
corto recorrido, al igual que la despenalización del aborto. La victoria
franquista conllevó la eliminación de todos los avances sociales que se habían
adoptado durante la Segunda República.
Fuente: www.publico.es

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