El informe de Pilar
Sepúlveda pide la retirada del anteproyecto de Gallardón, que "ha creado
una verdadera alarma social", "nos aleja de los países de nuestro
entorno y supone un retroceso en los derechos de la mujer"
EUROPA
PRESS Madrid 26/02/2014 14:46 Actualizado: 26/02/2014 16:20
El ministro de Justicia,
Alberto Ruiz-Gallardón, (i) conversa con el presidente del Gobierno, Mariano
Rajoy (d). EFE
El
informe preliminar elaborado por una de las dos vocales del Consejo General
del Poder Judicial (CGPJ) a cargo de dictaminar la reforma de la
legislación del aborto insta la retirada del anteproyecto de Ley Orgánica de
Protección de la Vida del Concebido y los Derechos de la Mujer Embarazada,
entre otros motivos, porque "da una respuesta anacrónica
criminalizadora" a la realidad de la interrupción del embarazo. "Se
aconseja reconsiderar y retirar este anteproyecto que nos aleja de los países de nuestro
entorno y que supone un retroceso en el avance de los derechos y la
igualdad de la mujer", dice el informe.
Este
documento, que aún es un borrador, ha sido elaborado por la progresista Pilar
Sepúlveda, que, junto a la conservadora Carmen Llombart, ha recibido el encargo de redactar el
dictamen que marcará el posicionamiento del Poder Judicial respecto de la
reforma del aborto. El CGPJ aún no ha decidido, no obstante, si al
pleno que estudiará la cuestión el próximo mes
de marzo llegarán dos propuestas o si las vocales tendrán que
consensuar un texto único, según han informado a Europa Press en fuentes
de este organismo.
El
informe preliminar firmado por Sepúlveda dice que el anteproyecto
"desconoce la evolución de la sociedad española al optar por dar una respuesta
anacrónica criminalizadora y se encuentra anclado en una interpretación
estática de la jurisprudencia constitucional sobre la base de lo sostenido en su día por el Tribunal
Constitucional, pero sin advertir el carácter limitado de la
misma".
En
este sentido, recuerda que esa jurisprudencia estaba "dirigida al examen del
sistema de indicaciones, no a evaluar un sistema mixto" como el de la actual ley de plazos,
cuestión que sigue pendiente de resolución por el Tribunal Constitucional.
"Esta pendencia y la necesidad de una respuesta constitucional actual a la
misma aconsejan por pura oportunidad y prudencia jurídica y política esperar
a su respuesta y retirar el anteproyecto presentado", dice la vocal.
Sepúlveda
cree "prudente" esperar la resolución del Tribunal Constitucional
sobre la actual ley de plazos
Asimismo,
afirma que la normativa propuesta representa "un regreso a la situación
de inseguridad jurídica y prácticas extralegales que generó la legislación de
1985 y además, contempla un régimen aún más restrictivo, en el que la
libertad de la mujer embarazada y la ponderación entre sus derechos a la
intimidad, la autodeterminación, la dignidad, la vida y la integridad, decaen
de forma evidente".
El
informe señala que el anteproyecto contempla "la
posición de la mujer como mero instrumento al servicio de la maternidad,
necesitada de información y asesoramiento para decidir sobre su propia vida e
intimidad y su integridad personal, sin tener en cuenta sus derechos
fundamentales sino es en casos extremos y, aún más, después de haber sido
asesorada".
Sobre
este asunto, incide en que mientras la iniciativa del Gobierno "reclama
como objetivo la reducción del número de
abortos", la "única respuesta que ofrece es la
criminalización de las conductas y la eliminación del ámbito de decisión de la
mujer" lo que "incrementa la desigualdad" haciendo
"muy discutible el supuesto impacto positivo de género" que según el
Ministerio de Justicia, se derivará de su aplicación.
A
juicio de la vocal del CGPJ, la iniciativa del Gobierno tampoco "puede
considerarse como la respuesta adecuada a una demanda social de protección de
concebido porque esa demanda no existe como demuestra el hecho de que el
anuncio de presentación y aprobación del anteproyecto por el Consejo de
Ministros haya creado una verdadera alarma
social ".
En
el supuesto de malformación "no existe contraposición de intereses entre
los derechos de la embarazada y la protección del concebido", dice la
vocal del CGPJ
El
informe de Sepúlveda analiza todo el articulado del anteproyecto y se detiene
en el pormenor de los supuestos despenalizados para el aborto que propone. Dice
que contienen "conceptos indeterminados, en ocasiones imprecisos y
valorables desde parámetros distintos del jurídico que merman la certeza y
seguridad jurídica de la norma y dificultan la labor del intérprete y del
aplicador de la ley", así como una redacción "redundante y
retórica" dotada de "elementos innecesarios".
En
relación al supuesto de riesgo para la salud psíquica de la madre por anomalía fetal incompatible con la
vida, dice que ambas indicaciones se deben "desligar" ya
que en estos casos "no existe contraposición de intereses entre los
derechos de la embarazada y la protección del concebido" puesto que "dada
su inviabilidad", "no podría ostentar la condición de
nasciturus" ni, por tanto, "beneficiarse de la protección
constitucional" que esto implica.
"Gravoso"
procedimiento
Respecto
a los distintos informes médicos que debería recopilar la mujer para poder
abortar, dice que "pueden convertirse en un trámite gravoso y oneroso,
incluso económicamente, con consecuencias en las mujeres en
peores circunstancias socioeconómicas que incluso imposibilite que
puedan acogerse a la previsión legal aunque se encuentren en el supuesto de
hecho".
La
jurista advierte que la exigencia de informes médicos puede tener
"consecuencias en las mujeres en peores circunstancias
socioeconómicas"
Además,
considera que la exigencia de que estos informes sean emitidos por médicos
distintos de los que practican el aborto y que no trabajen para el centro en
que se practique "constituye una exigencia desproporcionada al fin
perseguido", que es "la constatación de las circunstancias
justificativas del aborto".
La
jurista también critica otros aspectos del anteproyecto, como que "no
contiene referencia alguna a la forma de expresión" del consentimiento
informado que se exige a la mujer. Sobre esta información que debe recibir
la gestante, apunta que "debe conectarse directamente con su situación
personal" de forma que si la causa del aborto es una indicación terapéutica,
el asesoramiento incida "en la situación de peligro grave y las
consecuencias posibles de seguir con el embarazo".
"La
información y asesoramiento que se proyecta ofrecer a la mujer en estado de
gravidez no se acompasa a la situación de la misma y a los riesgos que para
ella pueden derivar de la continuación del embarazo, poniendo especial atención
a la protección del nasciturus. El Estado tiene un deber de proteger la vida
futura, pero no puede realizarse mediante el sacrificio de la vida presente,
como dijera el Tribunal Constitucional", afirma.
En
cuanto a la regulación prevista para el aborto en caso de menores de 15 años, la
jurista recuerda que cualquier mayor de 12 debe ser oído en todo caso, por
lo que "no supone que haya de ser totalmente preterido" en caso de
que fuera incapaz de comprender el alcance de la intervención o no tuviese la
madurez suficiente para ello. Propone además, que se nombre un defensor
judicial en estos casos, que represente a la menor en lugar del Ministerio Fiscal,
que puede o no estar de acuerdo con ella.
El informe abunda en esta cuestión y dice que es
"desproporcionado e injustificado" que en la fase previa a la
intervención judicial en uno de estos casos, deban comparecer, como dice el
anteproyecto los "demás interesados". El procedimiento, dice, sólo
debería tener en cuenta los aspectos "estrictamente necesarios para
determinar las condiciones de validez y suficiencia del consentimiento prestado,
no otras distintas y ajenas que no pueden valorar la situación de la
mujer".
Fuente: www.publico.es
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