El abuso sexual es
toda relación de carácter sexual que alguien –normalmente un adulto- mantenga
con un menor.
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| Por Marlis González Torres | Psicóloga y Sexóloga | Coach | 27 Febrero 2014 - 11:17
h.
Los
casos de abusos sexuales llaman mucho la atención cuando salen a la luz. Sucede
que siempre nos sorprenden, también nos confunden y, sobre todo, extraña no ser
capaces de anticiparse a una situación así. Además, existe el peligro de la
confusión de conceptos que acaban por dañar enormemente a otros colectivos; un
ejemplo es confundir el abuso sexual con la homosexualidad que, no solo no
tienen nada que ver sino que estigmatiza a las personas homosexuales. Otro
confundir la pedofilia con el abuso sexual; los pedófilos utilizan niños para
la satisfacción de sus impulsos sexuales, los abusadores realizan actividad
sexual con adultos pero, en determinadas circunstancias, también con niños.
El
abuso sexual es toda relación de carácter sexual que alguien –normalmente un
adulto- mantenga con un menor valiéndose de algún tipo de coerción o
prevalimiento así como el uso de niños para pornografía, la prostitución
infantil y obligar a menores a presenciar conductas exhibicionistas.
En
todas estas conductas, las dos características que definen si son constitutivas
de abuso son la diferencia de edad y coerción. Debe tenerse en cuenta que los
abusos sexuales no solo son cometidos por adultos sino que, en ocasiones, lo
son por menores de 18 años si bien la característica de una gran diferencia de
edad está presente. Los profesionales utilizan la siguiente escala de edad:
agresor tiene más de 5 años que el agredido y éste tiene menos de 12 años y
también agresor tiene 10 años más que el agredido y este es mayor de 12 años.
La
coerción hace referencia a la fuerza o superioridad que el adulto ejerza o
tenga sobre el niño; puede ser de muchos tipos: moral, psicológica, física. La
física puede darse tanto por personas conocidas como desconocidas pero la moral
y psicología suele darse por parte de personas con las que existe relación de
parentesco próximo o muy próximo, amistad entre familias y/o vecinos, de
profesor-alumno, de entrenador deportivo, y otras figuras que, por razones
profesionales o de actividad, tengan trato frecuente con menores en ambientes
donde deba reinar una relación de confianza.
La
diferencia de edad supone que, de facto, la libertad de decisión del menor se
impide; éste se ve envuelto en una situación que le confunde, puesto que ambos
tienen experiencias sexuales muy diferentes y expectativas sobre sexualidad
también opuestas. La causa es que no solo su grado de madurez psicológica
difiere sino que también el distinto estadio evolutivo en el que se encuentra
su sexualidad va a hacer que las expectativas, lo esperado-deseado, sean
diferentes. El que sabe más y tiene claro qué quiere y espera en la relación es
el adulto, no el menor, y este desequilibrio hace que la relación no sea
igualitaria.
Los
abusos sexuales ocurren en cualquier parte, lugar, hora del día. Normalmente en
los lugares más habituales del desarrollo de la vida del menor: su propio
domicilio, de sus familiares cercanos, de vecinos que los cuidan en períodos
cortos de tiempo, escuela, colegio, actividades deportivas, iglesia, etc.
El
abusador suele ser una persona muy próxima cuyo contacto el menor no puede
evitar porque está en el ambiente donde se desarrolla las actividades
habituales en su vida. Al mismo tiempo tiene cierta autoridad o influencia
sobre el menor de forma que, si este llega a pensar que lo que le ocurre no
está bien, pueda dudar de si le harán caso al plantear una queja.
Son
más frecuentes en niñas que en niños en todos los países en los que existen
estudios al respecto; aproximadamente el doble de niñas que de niños padecen
abusos sexuales. Según datos extraídos de un estudio realizado en 1997, el 15%
de varones españoles sufrió abusos sexuales en la infancia frente al 10% en
países de nuestro entorno; como dato relevante se destacaba que, de este 15%,
el 9% había sufrido abuso por parte de un religioso. En el caso de las niñas el
23% habían sufrido abusos.
En
cuanto a las consecuencias derivadas del abuso los datos ponen de relieve que
son más abundantes en el corto plazo y entre ellas están el miedo, la culpa, la
depresión, las distorsiones en la idea que tienen sobre sí mismos. No obstante,
su gravedad va a depender de factores como la existencia de violación
propiamente dicha, la frecuencia y duración del abuso, el nivel de intimidad
entre víctima y agresor. En cuanto a la superación de las mismas el grado de
culpa que sienta el menor y el apoyo familiar que tenga se revelan como la
claves para afrontar el problema.
Aunque,
en la mayoría de los casos, a largo plazo las consecuencias de los abusos se
superan debe tenerse en cuenta que, en lo inmediato, son fuertes y llamativas
por lo que es preciso intervenir. Tanto la familia como el entorno educativo y
social deben proporcionar al menor las estrategias adecuadas para superar los
síntomas mencionados y para que logre una completa autoestima. Esta
intervención debe comenzar por la prevención y esta será, en primer lugar,
formativa/informativa para familias y docentes.
Es
imprescindible formar sobre la sexualidad de los niños a las personas directamente
relacionadas con ellos, además de formar a estos en sexualidad. Aquí es
fundamental no negar la sexualidad de los niños, no reprimirla ni etiquetarla
como mala o peligrosa. Todos los niños tienen sexualidad que se traduce en
actividades típicas para cada edad. Por poner un ejemplo: no es abuso sexual el
juego sexual entre iguales –como jugar a médicos y enfermeras- donde ellos van
descubriendo su cuerpo, que el mismo juego realizado entre niños pequeños y
adolescentes o adultos. Ahí solo el niño estaría descubriendo aspectos de su
cuerpo, el adulto estaría utilizando al niño como objeto sexual para su propia
satisfacción; la relación por tanto sería desigual.
Llegados
a este punto es hora de preguntarse qué hacer si se conoce o detecta un caso de
abuso sexual. En primer lugar, la actuación siempre deberá tener como objetivo
garantizar la seguridad del menor impidiendo que el abuso se repita y debe ser
lo más rápida posible una vez conocido el abuso. Las autoridades implicadas son
las educativas, fiscalía, defensor del menor, servicios sociales, etc. El abuso
sexual está incluido como delito contra la libertad sexual en el Código Penal,
artículo 191; el objetivo de la regulación de estos delitos contra los menores
es el de preservar las condiciones básicas para que, en un futuro, el menor
pueda alcanzar por sí mismo el desarrollo de su personalidad en el aspecto
sexual.
Dejo
una pequeña nota final para los que estéis interesados en el tema en la que
menciono una película y un libro que tratan el abuso sexual. Son “No
tengas miedo”, Moncho Armendáriz y “Abuso sexual en la infancia:
víctimas y agresores”, Echeburúa.
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