Archiva las
actuaciones relativas al recurso de amparo que presentó María Purificación
Lapeña para investigar las desapariciones de su abuelo y un hermano de éste en
1936
EUROPA
PRESS Madrid 13/02/2014 13:00 Actualizado: 13/02/2014 13:28
El valle de los caídos
en una foto de archivo- EFE
El
Tribunal Constitucional ha archivado definitivamente una demanda de amparo
sobre desapariciones del franquismo, después de que la Fiscalía defendiera en
un principio la necesidad de fijar doctrina sobre esta materia y un mes después
presentara un escrito corrigiéndose a sí misma.
En
el auto, la Sala Segunda acepta el escrito de desistimiento que acabó
presentado el Ministerio Fiscal y archiva las actuaciones relativas al recurso
de amparo que presentó una mujer, María Purificación Lapeña, para que se
investigaran las desapariciones de su abuelo y su tío abuelo en 1936.
El
Alto Tribunal esgrime que el desestimiento es "una forma de
terminación" del procedimiento prevista en la ley y recuerda el derecho
de "todo recurrente" a "desistir del recurso antes de que
sobre él recaiga resolución".
En
este caso, destaca que la Fiscalía es la única parte legitimada para impugnar
la decisión de inadmitir el recurso de amparo, por lo que si finalmente
alega su "falta de voluntad" de proseguir esta causa debe ser
aceptado.
Escritos opuestos de la
fiscalía
El
tortuoso recorrido de este caso comienza a finales del pasado año cuando el
fiscal Manuel Miranda presentó un recurso de súplica al Constitucional pidiendo
que estimara la demanda de esta mujer ante la necesidad de dar una respuesta
clara sobre el deber de los jueces españoles de investigar las desapariciones
forzadas y de pronunciarse sobre su prescripción, así como sobre los efectos de
la Ley de Amnistía.
Esta
decisión salió en prensa y despertó la esperanza de la recurrente de que su
asunto pudiera prosperar, ya que en un primer momento había sido archivado
por el Tribunal Constitucional bajo el argumento de que no había justificado en
un apartado específico su "especial trascendencia constitucional".
Sin
embargo, el Ministerio Público presentó otro escrito en enero, firmado por la
fiscal jefe María de los Ángeles Sánchez, pidiendo dejar sin efecto el recurso
de Miranda porque no había obrado como él en supuestos similares. "Todos
los razonamientos jurídicos son susceptibles de reconsideración, de
replanteamiento y de solicitud de un nuevo examen", alegaba.
Miranda
dijo que bastaba con que la recurrente hubiera detallado la trascendencia
constitucional a lo largo de su escrito, aunque no la hubiera incluido en un
epígrafe específico. Sin embargo, su superior entendía que esta cuestión es
"discutible" como evidencia la existencia de varios votos
particulares de magistrados al respecto.
La
víctima solicitaba en su recurso de amparo que su clienta había sufrido una
violación en su derecho a obtener una tutela judicial efectiva y a la igualdad
ante la ley, al haber archivado un juzgado de San Lorenzo de El Escorial y la
Audiencia Provincial de Madrid su caso sin haber llevado a cabo unas
"mínimas" diligencias de investigación.
La
mujer, María Purificación Lapeña, solicitaba que se exhumaran los restos de
sus parientes que descansan en El Valle de los Caídos y se procediera a
constatar su muerte violenta, a identificarlos y a devolverlos a la familia.
Fuente: www.publico.es

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