Los
sindicatos denuncian entre otras muchas cuestiones la vulneración al derecho de
negociación colectiva y de la libertad sindical. Las decisiones del Comité
Europeo de Derechos Sociales, adscrito al Consejo de Europa, son vinculantes
para los Gobiernos.
nuevatribuna.es | 23 Julio 2014 - 20:52 h.
CCOO y UGT
ha remitido un informe
al Comité de Derechos Sociales (CEDS), adscrito al Consejo Europeo, cuyas decisiones son
vinculantes para los gobiernos, en el que exponen todos los incumplimientos del
Ejecutivo de la Carta Social Europea. Los sindicatos exponen de forma detallada
todos los artículos que se vulneran a raíz de la aprobación de la reforma
laboral del PP.
Según los
sindicatos, la reforma laboral incumple el art.2 de la Carta referido al derecho
a unas condiciones de trabajo equitativas ya que la empresa es libre de
fijar la jornada de trabajo al margen del convenio colectivo mientras antes de
la reforma solo era posible una distribución irregular fruto del pacto entre el
empresario y los representantes de los trabajadores. Es más, el porcentaje que se
deja al albur de la empresa en ausencia de pacto se ha fijado en un 10%
mientras que antes era del 5%, un “plazo excesivo” señalan los sindicatos que
incide muy negativamente en el derecho de conciliación de la vida laboral y
familiar.
El derecho a
una remuneración equitativa figura como otro de los incumplimientos, en
concreto el referido al art.4 de la Carta. CCOO y UGT denuncian la
“insuficiente cuantía” del Salario Mínimo Interprofesional que no garantiza
unas condiciones de vida dignas. Esta situación perjudica principalmente a las
mujeres ya que en comparativa con los hombres son las que más se exponen a
salarios vinculados al SMI, e incluso en ocasiones por debajo del mismo. Además
el Gobierno omite la participación activa de los sindicatos en esta materia.
Los
sindicatos recuerdan que el SMI en España es uno de los más bajos de los países
de la UE15. Solo se sitúa por encima de Portugal y Grecia. En 2007, bajo el
Gobierno de Zapatero, alcanzó su mayor peso relativo sobre el salario medio
pero desde entonces ha ido perdiendo peso alejándose del 60% del salario medio.
“En sus niveles actuales, el SMI bordea el umbral de la pobreza en hogares con
un solo miembro y se sitúa claramente por debajo de dicho umbral en hogares
compuestos por al menos dos personas”, subraya el informe.
El art.4.4
de la Carta tampoco se respeta tras la aprobación del contrato de apoyo a
emprendedores que fija un periodo de prueba de un año y por el que el
empresario no está obligado a ningún tipo de indemnización, ni alegar causa
alguna, ni estar obligado a comunicar por escrito al trabajador la extinción
del trabajo. “La realidad pone de manifiesto, que se trata de una
característica claramente fraudulenta, que tiene como finalidad el
establecimiento de forma encubierta de un contrato temporal sin causa en el que
se atribuye al empresario la posibilidad de dar por finalizada la relación
laboral en cualquier momento durante ese primer año libremente, sin tener que
alegar ninguna causa, ni respetar ningún plazo, ni preaviso”, señala el
informe.
También
denuncia el dictamen de CCOO y UGT las violaciones del derecho a la
negociación colectiva, en concreto del artículo 6.2 de la CSE, por la
derogación por norma de un acuerdo pactado a nivel estatal por las
organizaciones sindicales y empresariales más representativas y la ausencia de
cualquier consulta con las organizaciones sindicales tras la aprobación de la
reforma laboral de 2012. Asimismo, se vulnera dicho artículo por la imposición
legal de la primacía del convenio colectivo de empresa frente a los convenios
colectivos de ámbito superior, prohibiendo además a las organizaciones
sindicales y empresariales que puedan disponer de esa regla.
Respecto al
arti.6.4 de la Carta, los sindicatos ponen el acento en que se impone un
arbitraje ante la inaplicación de las condiciones fijadas en convenio
colectivo, así como permitir que el empresario deje de aplicar unilateralmente
las condiciones de trabajo pactadas con los representantes de los trabajadores.
Asimismo, denuncian la imposición de un arbitraje obligatorio para poner fin a
una huelga.
El escrito
de alegaciones incluye un informe pormenorizado de la criminalización de la
actividad sindical en la participación de piquetes informativos en el
desarrollo de una huelga, con casi un centenar de expedientes abiertos y
decenas de trabajadores condenados a penas de prisión.
Fuente: www.nuevatribuna.es
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