El alta la seguirá dando un médico pero la mutua le instará a
hacerlo si así lo considera desde el primer día
Se cambia la obligatoriedad de renovar las bajas por enfermedad
cada semana, de forma más espaciada
Se crea una guía con duración media de bajas típicas para que sirva
de referencia para los médicos
El Gobierno cree que se ahorrarán 500 millones con la medida
eldiario.es
/ Europa Press
18/07/2014
- 15:27h
El consejo
de ministros ha dado hoy luz verde al poder de las patronales sobre las
enfermedades de los trabajadores.
En línea con lo esperado, el Consejo de
Ministros ratificó hoy la última de las cesiones del Ejecutivo frente a las
empresas. Empleo presentó la modificación de las mutuas laborales, esto es, las
sociedades que crean los empresarios para hacer frente a las bajas médicas y
diversas materias relacionadas con la salud que la ley les marca como
obligatorias bajo su responsabilidad. Estas empresas (las mutuas) están dentro
de la patronal CEOE y gestionan también recursos públicos como las cotizaciones
por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales. El Gobierno les ha
concedido hoy una vieja demanda patronal: que controlen las bajas médicas de
los trabajadores desde el primer día.
Hasta el
momento, las mutuas controlaban las bajas a partir del día déximosexto de la
baja del trabajador, que es cuando la mutua se hacía cargo de ciertas
prestaciones. Ahora podrán hacerlo desde el primer día, pidiendo incluso el
alta "motivada" al médico si no ven justifiación a la baja del
trabajador. Habrá que ver si esta medida no abre un abanico de presiones sobre
el facultativo a la hora de dar el alta y la baja médica.
En la
redacción inicial de la norma, se establecía que si la propuesta de alta de la
mutua no obtenía respuesta del servicio público de salud en un plazo de cinco
días, se consideraría emitido el parte médico de alta en virtud del llamado
'silencio administrativo'. Esta medida fue muy criticada por los sindicatos y
finalmente ha sido eliminada del proyecto de ley. En el texto actual, la
propuesta de alta de la mutua deberá ser respondida en cinco días hábiles por
el servicio público de salud y, si éste no da respuesta, la mutua acudirá
entonces a los inspectores del Instituto Nacional de la Seguridad Social
(INSS), que tendrán cuatro días para contestar.
No
obstante, durante seis meses a partir de la entrada en vigor de la ley, se
establecerá un régimen transitorio que situará los plazos de contestación en
once días en el caso de los servicios públicos de salud y en ocho días en el
caso del INSS.
En la
propia ley se apunta a que el ahorro estimado por este mayor control de las
bajas médicas será de alrededor de 500 millones de euros, sumado a la mejor
gestión de los recursos de las mutuas que pasan a llamarse "Mutuas de la
Seguridad Social". La patronal insiste en que con estas medidas bajará el
absentismo laboral.
Báñez
asegura que se ha consensuado la medida con los agentes sociales de forma
"amplia" pero los sindicatos han exigido inmediatamente su retirada.
Fuentes del
Ministerio de Empleo han explicado que las propuestas de alta de las mutuas se
basarán en pruebas que realizarán con sus propios recursos (desde el primer día
de la baja si es preciso). Esto, según Empleo, beneficiará a todo el sistema,
pues los servicios públicos de salud en muchas ocasiones tardan en efectuar las
pruebas correspondientes a los pacientes por su saturación. Ahora, los recursos
de los que disponen las mutuas mejorarán el proceso, sin coste además para el
servicio público de salud ni para el trabajador.
Los
informes y resultados de las pruebas efectuadas se incorporarán a las bases de
datos de los servicios públicos de salud y pasarán a formar parte del historial
clínico del paciente. Las mutuas no tendrán acceso al historial clínico
completo del paciente, solo a la parte correspondiente al proceso de
incapacidad temporal en curso.
Las mismas
fuentes han indicado que los médicos de los servicios públicos de salud suelen
contestar a las propuestas de alta de las mutuas, aunque muy tarde, de ahí que
se establezcan unos plazos, mayores al principio y más cortos después, para
agilizar todo el proceso.
Nuevas
indicaciones sobre la duración de las bajas para los médicos
Además, el
Gobierno ha aprobado este viernes el Real Decreto sobre Incapacidad Temporal
(IT), que entrará en vigor de manera inminente. Por él, se sustituye el actual
sistema de expedición de los partes médicos de confirmación -que se tenía que
hacer cada semana- por otro basado en la distinción de cuatro grupos de
procesos (muy cortos, cortos, largos o muy largos), con distinta periodicidad
en la expedición de los indicados partes. Para bajas de 1 a 5 días se dará el
alta y la baja al mismo tiempo; para bajas de hasta 30 días se renovará la baja
cada 14 días; para bajas de entre 31 y 60 días se confirmará la baja cada 28
días y a partir de 61 días de baja se renovarán cada 35 días.
Fátima
Bánez ha anunciado también que estas medidas se acompañarán de la creación de
una guía (que aseguran han hecho contando con profesionales de la salud) con
una duración media de las bajas que quieren que los médicos tomen como
referencia. Esta información no es vinculante, sino de naturaleza informativa.
La norma
establece la obligatoriedad de hacer constar en los partes de baja la duración
probable de la IT y la fecha del nuevo reconocimiento médico. Diariamente, los
partes de baja y alta se trasmitirán telemáticamente desde los servicios
públicos de salud al INSS y de éste a las mutuas cuando éstas sean responsables
de la protección del trabajador, lo que permitirá el seguimiento de las bajas
desde el primer día y disponer de una base de datos sobre todas ellas,
accesible sólo para la Seguridad Social.
La nueva
regulación hará posible el control, desde el primer momento, de las deducciones
que se hacen las empresas de las prestaciones por IT al ingresar las cuotas de
la Seguridad Social.
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