Junto con otros
19 neonazis más
Miércoles, 30 de julio de 2014
La
Audiencia Provincial española en Valencia absolvió a los 19 integrantes
del grupo nazi-fascista "Frente Anti Sistema" por
considerar que las escuchas telefónicas a las que fueron sometidos son
nulas, tal y como solicitaron las defensas, y argumentar que no existe
"ningún indicio objetivo de comisión de delito que permita
vulnerar el secreto de las comunicaciones".
Según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la
Comunitat Valenciana (TSJCV), la sección cuarta de la Audiencia
Provincial entiende que la información que se facilitó a la instructora para
acordar dichas intervenciones es "inexistente
a efectos penales", y
"objetivamente carente de cualquier indicio razonable".
Esa información, añade el tribunal, nacía de la existencia de dos páginas web que vendían armas prohibidas, no ilegales, "es decir, armas cuya tenencia no está inicialmente penada". La investigación, señala, se inicia por una actividad "no tipificada como delictiva con fines puramente prospectivos quebrando así cualquier proporcionalidad exigible por la ley". La identificación de las personas responsables de la gestión dichas páginas web no se hizo recurriendo a los medios técnicos de que se disponían (como la identificación de una dirección IP), sino a través de informaciones referidas por confidentes.
Esa información, añade el tribunal, nacía de la existencia de dos páginas web que vendían armas prohibidas, no ilegales, "es decir, armas cuya tenencia no está inicialmente penada". La investigación, señala, se inicia por una actividad "no tipificada como delictiva con fines puramente prospectivos quebrando así cualquier proporcionalidad exigible por la ley". La identificación de las personas responsables de la gestión dichas páginas web no se hizo recurriendo a los medios técnicos de que se disponían (como la identificación de una dirección IP), sino a través de informaciones referidas por confidentes.
Es dicha información, asevera el tribunal,
"insuficiente" según la jurisprudencia para vulnerar
un derecho fundamental como el secreto de las comunicaciones con la que
se sustenta la autorización a través del primer auto de intervenir varios
teléfonos. Por tanto, la sala "ha tenido que declarar nulo el auto
que permitió dichas conversaciones" y, en consecuencia, el
resultado de acciones derivadas de esas intervenciones. Anuladas las
intervenciones telefónicas y, en lo que sería la aplicación de la
"Teoría del Árbol envenenado", el resultado de las
diligencias practicadas como consecuencia de esas intervenciones, el tribunal "no
tiene elementos para condenar por los hechos por los que fueron juzgados en
vista pública".
El juicio de la denominada Operación Pánzer, que el pasado 17 de julio quedó visto para sentencia, se celebró en cuatro sesiones con la presencia de dieciséis de los dieciocho imputados, entre los que se encontraba un concejal de "España 2000 de Silla, dos militares españoles y el asesino confeso de Guillem Agulló.
El juicio de la denominada Operación Pánzer, que el pasado 17 de julio quedó visto para sentencia, se celebró en cuatro sesiones con la presencia de dieciséis de los dieciocho imputados, entre los que se encontraba un concejal de "España 2000 de Silla, dos militares españoles y el asesino confeso de Guillem Agulló.
Los colectivos Movimiento contra la Intolerancia y
Acció Cultural del País Valencià, así como los partidos Esquerra Unida y
Esquerra Republicana, y otros colectivos, han ejercido la acusación popular.
Según informa el TSJCV, la sentencia de la Audiencia Provincial, el contenido
de la cual ha sido filtrada, está previsto que sea comunicada mañana.
La acusación popular espera la sentencia para plantear recurso
La acusación popular espera la sentencia para plantear recurso
RECURSO
La acusación popular reaccionó a la noticia de la
anulación de las escuchas con visible irritacion. Primero, por la
filtración del contenido de la sentencia, sin que ésta haya sido repartido a
las partes. Es un "comportamiento como mínimo poco correcto", señaló
un portavoz de Acció Cultural del País Valencià, que forma parte de la
acusación popular, junto a Movimiento contra la Intolerancia, Ca Revolta,
CEAR-PV, Jarit, EUPV, Bloc y Esquerra Republicana, con el apoyo de otros
partidos como el PSPV. Y segundo, porque no entienden los fundamentos
jurídicos que han trascendido para anular las escuchas, dada la base legal que
las permitió durante la instrucción del caso. La acusación popular espera
conocer la sentencia al completo para plantear la posibilidad de presentar un
recurso.
En cualquier caso, quiere mostrar su perplejidad porque no
sea delito la tenencia de armas prohibidas, requisadas en los distintos
registros, y porque quede inmune una organización neonazi jerarquizada. La
acusación recuerda la alarma social que existe en toda Europa por el rebrote de
la extrema derecha. Y apunta que la misma sala, la sección cuarta de la
Audiencia de Valencia, ya absolvió en 2005 a 18 acusados de pertenecer al grupo
neonazi Armagedon, Audiencia sentenció entonces que "una
simple sospecha policial" fue elevada "a
acusación" y criticó duramente la instrucción.
La diputada autonómica y coordinadora de EUPV, Marga
Sanz, afirmó que la sentencia por la que se absuelve al grupo neonazi
Frente Antisistema (FAS) tras declarar nulas las escuchas es un "reflejo"
de que las instituciones "no se toman en serio combatir los delitos de
odio y el fascismo realmente existente".
Según informa el TSJCV la sentencia de la Audiencia
Provincial está previsto que sea comunicada este miércoles.
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