Un
contribuyente puede estar dejando de ahorrar de media 3.591 euros en su
declaración de la renta por no acogerse antes de que termine el año a algunas
de las deducciones más comunes y no aprovechar los cambios introducidos en la
ley del IRPF, según los Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha).
nuevatribuna.es
| 21 Noviembre 2013 - 12:39 h.
La compra de vivienda nueva a partir de 2013 ya no es
deducible
Entre las
deducciones a las que pueden acogerse los contribuyentes en esta recta final de
año, los Técnicos aconsejan realizar un adelanto de parte de la hipoteca,
que puede reportar un ahorro fiscal de hasta 624 euros adicionales, eso sí,
para quienes realizaron la compra de vivienda habitual antes del 1 de enero de
2013, cuando todavía existía este incentivo fiscal, ya desaparecido para
viviendas adquiridas a partir de este ejercicio.
A esta
dedución se suman otras menos utilizadas, pero también muy útiles fiscalmente.
Es el caso de las cuotas de afiliación y donativos a las ONG y a otras entidades
sin ánimo de lucro, que reducirían, respectivamente, la tributación en un 25% y
un 10% de su importe, que llega al 30% en las donaciones a programas
prioritarios de mecenazgo, como la conservación, restauración o rehabilitación
de los bienes del Patrimonio Histórico Español. Incluso existe la posibilidad
de realizar un aumento de la aportación a partidos políticos, por el que se
podría obtener un ahorro real de hasta 115 euros.
Cuadro 1.
Ahorro adicional medio que se puede lograr antes de final de año
(*) Es el importe medio que los contribuyentes pueden
reducir adicionalmente el pago en la declaración del IRPF
(**) Es la inversión adicional que como media se
necesita para agotar al máximo las deducciones medias declaradas.
Fuente: Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)
Sin embargo,
aunque todos los declarantes pueden optimizar su declaración en función de su
renta, Gestha advierte de que son precisamente el 3,5% de los
contribuyentes con mayores ingresos (aquellos que ganan más de 60.000 euros
anuales) los que acaparan las mayores ventajas fiscales, por lo que la media de
ahorro no representa realmente al ciudadano medio.
De hecho, el
ahorro declarado con las cinco deducciones más comunes del IRPF se extiende
desde los 1.357 euros de un asalariado mileurista hasta los 1.952 euros en el
caso de ganar 30.000 euros anuales. Mientras alguien que ingresa más de 150.000
euros se está deduciendo unos 5.705 euros de media, quien disfruta de mayores
ingresos consigue deducirse una media de 8.294 euros.
Cuadro 2.
Ahorro medio utilizado por los contribuyentes según sus ingresos declarados
Fuente:
Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA), a partir de los datos del IRPF de
2011
Consejos
para aprovechar al máximo la declaración de la renta
Para reducir
al máximo la factura fiscal de la declaración de la Renta correspondiente a
2013, que se presentará el próximo mes de junio, los Técnicos del
Ministerio de Hacienda han elaborado un Decálogo de Consejos
Fiscales para ponerlo en práctica antes del inicio del nuevo año.
1. Una
oportunidad idónea para los planes de pensiones
Los Técnicos
de Hacienda recuerdan que estos últimos días del año pueden ser idóneos para
hacer aportaciones a un plan de pensiones, particularmente en 2013 y
previsiblemente en 2014 (según recoge el proyecto de Ley de Presupuestos del
Estado para el próximo año), ejercicios en los que se han aumentado las tarifas
del Impuestos sobre la Renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales,
dependiendo del nivel de ingresos.
Gestha recuerda
que estas aportaciones no sólo garantizarán unos ingresos al final de la vida
laboral, sino también un ahorro fiscal desde un mínimo del 24,75% hasta un
máximo del 52% de la inversión realizada, llegando al 56% en el caso de
Andalucía, Asturias y Cataluña. El siguiente cuadro muestra que, a igualdad de
importes invertidos en planes de pensiones, la ventaja fiscal en las mayores
rentas es el doble que para las rentas medias.
Cuadro 3.
Detalle del Ahorro Fiscal de las aportaciones a planes de pensiones según el
nivel de renta*
Fuente: Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA)
*En una horquilla variable según la comunidad autónoma
de residencia
La ventaja
para este tipo de aportaciones es mayor este año y el próximo, ya que el
gravamen complementario se ha establecido, temporalmente, para los años 2012,
2013 y previsiblemente para 2014, que está pendiente de confirmar por los
presupuestos generales. La cantidad límite que se puede aportar a este tipo de
planes es 10.000 euros, si bien aumenta hasta los 12.500 euros cuando el
partícipe tiene más de 50 años.
Además, este
límite no puede superar el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades
económicas o el 50%, para los mayores de 50 años. Por otro lado, si el cónyuge
no dispone de rentas netas del trabajo ni de actividades económicas o no son
superiores a los 8.000 euros, los Técnicos aconsejan realizar
aportaciones a un plan de pensiones a su nombre por un máximo de 2.000 euros.
También son deducibles las aportaciones a favor de familiares con discapacidad
hasta un tercer grado de parentesco.
2. Deducción
por vivienda habitual
Gestha
recuerda que, los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual o
realizaran algún pago para su construcción antesal 1 de enero de
2013, mantienen el derecho a la desgravación en el año 2014 y sucesivos
siempre que hubieran deducido por esta vivienda en 2012 o en años anteriores.
Además, pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas con un
límite de inversión de 9.040 euros. Por tanto, puede resultar interesante
realizar un pago adicional para amortizar la hipoteca o en relación con la
construcción de la vivienda (en este último caso hay un plazo de cuatro años
para terminarla) antes de que acabe este año, siempre teniendo en cuenta el
límite señalado.
No obstante,
en País Vasco y Navarra, que tienen su propio IRPF, pueden seguir practicando
deducción por vivienda habitual, también los que adquieran vivienda o inicien
su construcción con posterioridad a 1 de enero de 2013.
3. Hogares
rehabilitados o adaptados para personas con discapacidad
Los
Técnicos recuerdan también que los contribuyentes que hayan satisfecho
cantidades antes de 1 de enero de 2013 para ampliar la superficie habitable de
la vivienda habitual o llevar a cabo obras para su rehabilitación o adaptación
para las personas con discapacidad, pueden continuar deduciendo los importes
pagados este año, siempre que estas obras estén terminadas antes del 1 de enero
de 2017. La desgravación ascenderá al 15% del importe invertido con un límite de
inversión anual de 9.040 euros para ampliación y rehabilitación, mientras que
la deducción para obras de adaptación de personas con discapacidad es del 20%
(un 25% en Cataluña), con un límite de 12.080 euros.
4. Venta de
acciones u otros bienes.
Las plusvalías
obtenidas por el contribuyente como consecuencia de alguna transmisión
patrimonial en un plazo inferior a un año tributan en la base general base
general, que es más progresiva y, por tanto, grava más a las rentas altas. Sus
tipos oscilan entre el 24,75% y el 56%. En cambio si la venta se efectúa
después de un año de la adquisición del bien, tributará en la base especial con
tipos más fijos, que varían del 21% al 27%.
Por tanto,
si el contribuyente quiere vender un bien determinado que posea desde hace
menos de un año a 31 de diciembre de 2013, Gestha aconseja esperar a que pase
más de un año desde la adquisición para realizar su venta y así tributar a tipo
fijo en la renta del ahorro, salvo que el resto de sus rentas sean bajas y le
pudiera convenir tributar en la base general.
Si el
contribuyente no puede esperar a que transcurra ese primer año, le conviene
llevar a cabo la venta a partir del 1 de enero de 2014 en el caso de que resida
en Madrid y Galicia, ya que ambas comunidades bajarán el tipo autonómico del
IRPF, al igual que sucederá en Extremadura para quien tenga bases liquidables
inferiores a 17.707 euros.
En cambio,
en Cantabria, donde también se han hecho cambios en el IRPF, hay que tener en
cuenta que a partir del año que viene suben los tipos autonómicos para las
rentas superiores a 99.407,2 euros.
5.
Neutralice la tributación de las plusvalías por venta de vivienda habitual
En el
supuesto de que el contribuyente haya vendido su casa este año, la ganancia que
haya obtenido tributará este año entre el 21% y el 27% de su importe. Pero
existe una forma de neutralizar este pago: reinvirtiendo total o
parcialmente el importe obtenido por la venta en otra vivienda de carácter
habitual.
6.
Minusvalías en sus inversiones
Para los
seguidores de la Bolsa, Gestha avisa que el final de año es un buen
momento para hacer cuentas y materializar las pérdidas generadas por algún
fondo de inversión, acciones o derivados financieros, ya que supondrá
un ahorro fiscal si se compensan con las ganancias patrimoniales obtenidas,
para lo que habrá que tener en cuenta si el periodo de generación ha sido
superior o inferior al año ya que sólo se compensan entre sí las que pertenecen
al mismo intervalo de tiempo. Y también conviene recordar que no se podrán
adquirir esos mismos valores o similares en los dos meses siguientes a la
venta.
7. Ahorrar
en la declaración con el pago a sindicatos, ONGs y partidos
Los Técnicos
del Ministerio de Hacienda también recomiendan a los ciudadanos que
aprovechen estos últimos días del año para contribuir con colegios de huérfanos
o entidades similares, pagar cuotas sindicales, de colegios profesionales con
carácter obligatorio (éstas últimas con un límite de 500 euros) o de defensa
jurídica contra el empleador, que podrían reducir los rendimientos hasta 300
euros. Gestha anima también a los declarantes a que realicen donativos a alguna
ONG, fundaciones, asociaciones declaradas de utilidad pública y, en definitiva,
entidades acogidas a la Ley 49/2002, pidiendo siempre un recibo o certificado
con sus datos identificativos, fecha e importe donado.
El
contribuyente podrá desgravarse entre un 25% y un 10% de sus
aportaciones, estando exentas las ganancias patrimoniales consecuencia de
la transmisión de bienes donados.Además, ahora que la crisis económica está
llevando a las grandes empresas a trabajar en el exterior, Gestha señala que
pueden quedar exentos de tributación los rendimientos percibidos por trabajos
realizados efectivamente en el extranjero por personas desplazadas, con un
límite máximo de 60.100 euros anuales.Por último, las cuotas de afiliación y
las aportaciones a partidos políticos pueden reportar al contribuyente algún
beneficio adicional, ya que reducen la base imponible hasta un máximo de 600
euros anuales, lo que supondría un ahorro medio en la factura fiscal de
157 euros, que variará según la renta, la aportación del
contribuyente, y su comunidad autónoma de residencia.
8. Cuenta
ahorro-empresa para crear una sociedad
A todos
aquellos emprendedores que se animen a poner en marcha un negocio antes de
cuatro años mediante una Sociedad Limitada Nueva Empresa, Gestha les recuerda
que podrán aumentar las aportaciones auna cuenta ahorro-empresa, que permite
deducirse el 15% de las aportaciones, hasta el límite de 9.000
euros anuales. Esto puede suponer un ahorro adicional de 357 euros sobre las
deducciones medias que está declarando.
9. Alquiler
de inmuebles hipotecados.
Los
inmuebles adquiridos mediante créditos hipotecarios en la época del “boom”
inmobiliario, habitualmente a precios elevados y que suelen estar vacíos,
suponen un aumento de la factura fiscal en el IRPF porque el 1,1% de su valor
catastral (incluso el 2% si éste no está revisado) se considera como un ingreso
a ojos de Hacienda, algo que no se aplica en el caso de la vivienda habitual.
Gestha
señala que en los casos en los que los intereses abonados anualmente por el
contribuyente a la entidad financiera más los restantes gastos del inmueble
(comunidad, IBI, amortización, etc) superen el importe anual que el dueño recibe
por su alquiler, la tributación por el IRPF no sólo será nula, sino que además
puede generar rendimientos negativos que se compensen con otras posibles rentas
que declare el contribuyente.
10.
Incentivos para la financiación de los ‘business angels’ o del capital
“semilla”
Amigos y
familiares de quienes quieran constituir una empresa están de enhorabuena
porque tendrán una recompensa fiscal. La ley de Emprendedores, aprobada el
pasado mes de septiembre, establece con efectos desde enero de este año
un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los "business angels"
o de las personas que solo están interesadas en aportar capital para el inicio
de una actividad o "capital semilla”, de modo que se puedan crear nuevas
empresas incorporando a su accionariado a estos inversores por un plazo que
oscila entre tres y doce años.Este tipo de inversiones permite una deducción
del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión realizada al suscribir las
acciones o participaciones de la sociedad, siendo 50.000 euros anuales la base
máxima de la deducción, limitada a una participación nunca superior al 40% del
capital de la entidad. Asimismo, se fija la exención total de la plusvalía al
salir de la sociedad, siempre y cuando se reinvierta en otra entidad de nueva o
reciente creación.



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