Las patentes se tornan en un obstáculo para el ejercicio
del Derecho a la Salud y para el acceso a medicamentos por parte de sus
potenciales beneficiarios: los pacientes.
nuevatribuna.es | Por Oscar Lanza |
AIS-CODEDCO-IBFAN-FUNAVI (Bolivia) | 08 Enero 2015 - 19:39 h.
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Foto: Revista Polémica. |
Todos reconocen la necesidad de introducir nuevos
conceptos y estrategias en el debate global que se da actualmente sobre el
ejercicio del Derecho a la Salud y el acceso a los medicamentos esenciales a
nivel mundial.
Lamentablemente, este Derecho Humano fundamental
todavía se ve obstaculizado por el actual sistema de patentes.
Una patente es un conjunto de derechos exclusivos concedidos por
un estado al inventor de un nuevo producto o tecnología
susceptibles de ser explotados comercialmente por un período limitado de
tiempo, a cambio de la divulgación posterior de la invención. La patente se
enmarca dentro de la propiedad industrial que a su vez forma parte del
llamado régimen de propiedad intelectual.
Los medicamentos son ciertamente el resultado de
investigación, usualmente de un laboratorio. Luego estos, se comercializan
sujetos a la protección comercial que brindan las agencias internacionales de
patentes a ese producto que contiene un principio activo nuevo, derivado
de años de investigación y que es comercializado por el dueño de la patente,
bajo un nombre comercial de marca registrada. Las normativas establecen que
todo medicamento que tenga un nombre específico, debe ser usado solamente por
esa determinada firma comercial o industrial que lo ofrece a la venta.
La patente, sin embargo, no se limita a la
molécula, sino también a la formulación, mecanismo de producción, o asociación
con otras moléculas. Mediante sucesión de patentes las industrias farmacéuticas
buscan y consiguen prolongar el periodo de exclusividad de sus presentaciones
comerciales, aun cuando presentaciones anteriores de la misma molécula hayan
quedado libres.
Las patentes sin embargo, ahora se tornan en un
obstáculo para el ejercicio del Derecho a la Salud y para el acceso a
medicamentos por parte de sus potenciales beneficiarios: los pacientes.
Esta situación afecta a todos y en particular a
las poblaciones de los Países en Vías de Desarrollo (PVD) donde las patentes ya
no responden al fin para las que fueron establecidas, ya que inicialmente se
buscaba con ellas, como ventajas posibles, motivar la creatividad del inventor,
otorgarle la garantía de que su actividad inventiva estará protegida por
20 años y será el único autorizado en explotarla. Si la patente tiene éxito
comercial o industrial, el inventor se beneficia por tanto con la o las licencias
de explotación que decida otorgar a terceras personas. Con la patente se trata
también de evitar el plagio de inventos. Por su parte, el Gobierno, a través de
la patente, promueve la creación de invenciones de aplicación industrial,
fomenta el desarrollo y explotación de la industria y el comercio, así como la
transferencia de tecnología.
Hoy en día, sin embargo, las desventajas son
evidentes, pues las patentes dificultan actualmente la libre difusión de las
innovaciones frenando el desarrollo tecnológico, se constituyen en obstáculos
monopolistas opuestos a la libre competencia, dificultan el acceso de los
países en vías de desarrollo a las nuevas tecnologías e información,
desincentivan la investigación al establecer un período de utilización
exclusiva de una tecnología sin necesidad de mejorarla.
Así, se plantea la necesidad de re-definir con
mayor claridad, qué se considera innovación en materia de medicamentos,
establecer el grado de respeto con ellas a la auto determinación de los
países y/o estados, para que éstos estados puedan cuidar apropiadamente de la
salud de sus poblaciones y mantener al mismo tiempo una racionalidad en el uso
de patentes de acuerdo a sus características propias, teniendo en cuenta no
solo los aspectos económicos y sus presiones, si no la perspectiva de justicia
social, y respeto a derechos humanos.
El desafío es incentivar la investigación de
manera que se estimulen y premien los nuevos descubrimientos farmacológicos y
la innovación terapéutica y una recuperación de inversiones efectuadas para la
Investigación y Desarrollo ( I+D), pero sin abusos que afecten en exceso los
derechos de los pacientes.
LAS PATENTES Y SUS FLEXIBILIDADES
Si bien se admite que el sistema de patentes, con
las desventajas señaladas, entre muchas otras, cumplen en algo su función de
incentivo en el descubrimiento de nuevos productos, buena parte de estos
descubrimientos no resultan accesibles a las personas que verdaderamente los
necesitan, por sus precios prohibitivos, identificándose así un serio problema
estructural pendiente de resolver.
Algunos investigadores señalan que la innovación y
la investigación médica, es posibles gracias a fondos públicos destinados por
los gobiernos a apoyar la educación superior. En otras palabras son los
impuestos de los ciudadanos que contribuyen, hasta en un 41% en algunos
países, para la formación de recursos humanos y profesionales y por tanto para
investigación que ellos realizan. Pero cuando estos investigadores descubren un
principio activo, el fruto de de su labor no beneficia al conjunto de la
sociedad que costeo su formación, si no los beneficios de su descubrimiento
benefician a las empresas para las cuales trabajan y que usualmente promueven
la investigación, no precisamente de enfermedades prevalentes y prioritarias
que afectan a gran parte de la población mundial, si no a problemas de salud
que afectan a los ciudadanos del mundo desarrollado, con aceptables o altos
ingresos y algunos de los cuales son más bien problemas que pueden ser
catalogados como mas banales que reales.
Ante esta situación, en noviembre del 2001, los
gobiernos Miembros de la Organización Mundial del Comercio (OMC),
adoptaron por consenso una Declaración relativa a los Acuerdos de Propiedad
Intelectual ADPICs y la Salud Pública, conocida como la Declaración de Doha,
buscando así responder a las preocupaciones manifestadas por buena parte de los
estados, sobre el hecho que los ADPIC continúen dificultando
el acceso a medicamentos a los pacientes.
Esta declaración, señala que “los ADPICs no impiden
ni debe impedir que los gobiernos Miembros de la OMC adopten medidas para
proteger la salud pública, reafirmando el derecho de los estados
miembros, de utilizar, al máximo, las disposiciones del Acuerdo sobre los
ADPIC, que prevén flexibilidad a este efecto”. Esta declaración subraya que
“los ADPICs deberán ser interpretados y aplicados de manera que apoyen el
derecho de los miembros de la OMC de proteger la salud pública y, en
particular, de promover el acceso a los medicamentos para todos”.
En cuanto a la concesión de licencias
obligatorias, la Declaración establece con claridad que “todo miembro de
la OMC es libre de determinar las bases sobre las cuales se conceden tales
licencias”, estipulando que en situaciones de emergencias nacionales y otras
circunstancias de extrema urgencia, no será la licencia requisito previo
para el otorgamiento de una licencia obligatoria. La Declaración establece que
cada Miembro tiene el derecho de determinar lo que constituye una emergencia
nacional o circunstancias de extrema urgencia, y que crisis que afectan a la
salud pública, como el VIH/SIDA, la tuberculosis, el paludismo y otras
epidemias, pueden considerarse situaciones de esa naturaleza.
La Declaración también se refiere al “agotamiento”
de los derechos de propiedad intelectual y, por tanto, al derecho de los
Miembros a autorizar importaciones paralelas. Así, cada país debe adoptar, a
escala nacional, las medidas necesarias para recurrir a esta flexibilidad,
cuando sea preciso, si desea garantizar la disponibilidad de medicamentos a
precios asequibles.
MÁS ALLA DE LAS BUENAS INTENCIONES
Los costos inaccesibles de muchos de los nuevos
medicamentos siguen afectando el derecho a la salud de los ciudadanos
Si bien la Declaración de Doha significó un avance
significativo para favorecer el acceso a medicamentos, muchos estados miembros
de la OMS, después de más de 12 años de ese acuerdo, expresaron durante la
última Asamblea Mundial de la Salud 2014 (67ava. AMS/WHA), sus
preocupaciones sobre el grado de implementación de este acuerdo para favorecer
un real acceso a medicamentos.
Algunos estados expresaron que los costos
inaccesibles de muchos de los nuevos medicamentos, siguen afectando el derecho
a la salud de sus ciudadanos, citando como ejemplo los altos costos de
medicamentos contra el cáncer y la hepatitis C, llamando la atención de los
delegados sobre la evidente contradicción entre proponer avances "hacia la
cobertura universal de salud y el logro de los Objetivos de Desarrollo del
Milenio relacionados con la salud", con lo que ocurre en la práctica
con el acceso a medicamentos, proponiendo la necesidad urgente de respuestas
coherentes y coordinadas para hacer frente a las "determinantes del acceso
a los medicamentos esenciales para mejorar su disponibilidad, accesibilidad,
calidad y racional utilización".
Sud África, enfatizo que "el alto precio de
los medicamentos, en particular en el sector privado, representa una barrera
clave para el acceso a los medicamentos esenciales, derivando en una cuestión
de la vida y muerte", sugiriendo estrategias claves a adoptar por
los estados miembros, como ser: el control del precio de compra, el pleno
uso de las flexibilidades de los ADPICs, mayor seguimiento a los sistemas de
disponibilidad de medicamentos; sistemas regulatorios mas transparentes para la
producción de genéricos; políticas de sustitución de genéricos, fomento de la
competencia para incrementar la producción de genéricos, enfatizando que ”las
patentes aun tienen un impacto dramático en el acceso a los medicamentos”.
Brasil señalaba que "la propiedad intelectual
no debe ser un obstáculo para las políticas nacionales en materia de acceso a
los medicamentos y por tanto, los países deberían ser capaces de utilizarlos de
una manera que sea propicia a sus circunstancias nacionales". Malasia
apoyaba plenamente el uso de flexibilidades en cuanto a los de los ADPICs.
Bolivia expresaba su preocupación por el impacto negativo de los acuerdos
bilaterales, como el Acuerdo de Asociación Transpacífico (TPP), actualmente en fase
de negociación, que tiene impacto negativo sobre el acceso a los medicamentos.
ALGUNOS DATOS
La industria farmacéutica, continúa siendo una de
las industrias con mayores beneficios en la economía mundial
A pesar de más de 20 años de debate y de innumerables
propuestas, es innegable que la industria farmacéutica, continúa siendo una de
las industrias con mayores beneficios en la economía mundial.
Muchísimas personas mueren, especialmente en
los países en vías de desarrollo de enfermedades que son prevenibles
y/o curables. La malaria, la tuberculosis, las infecciones -respiratorias
agudas cobran, entre otras, un promedio de 6,1 millones de vidas
anuales. La gente aun muere debido a que los medicamentos para tratar esas
enfermedades resultan inexistentes o bien ya no son eficaces. Mueren
porque sus dolencias no resultan rentables y por tanto lo pagan con
su vida.
En EEUU, mientras las 500 empresas más
grandes tienen un promedio de tasa de beneficio del 5%, las 10 empresas
farmacéuticas más grandes de ese país, registran un promedio del 17% de
beneficios.
Estos enormes beneficios resultan de la protección
que les ofrece el estado, para imponer o dictar el precio de los
productos farmacéuticos al nivel que deseen, a través de las patentes.
Otros países garantizan que el laboratorio que produce un medicamento
defina el precio del mismo, gracias al monopolio de patentes, impidiendo así,
por varios años, que otros laboratorios produzcan el mismo fármaco o uno
semejante. El mercado funciona en el sector farmacéutico muy rentablemente
gracias las patentes, que permiten se impongan precio de los productos.
Así, las patentes aseguran a las empresas el poder de controlar la producción y
distribución, con un comportamiento claramente monopolístico.
Por ejemplo, un nuevo tratamiento para
hepatitis C, cuesta 25.000 euros por paciente en Europa, mientras en EEUU
cuesta USD 84.000 dólares (unos 63.000 euros) por paciente. Egipto, sin
embargo, por citar un ejemplo, produce el mismo fármaco genérico por 900
dólares (unos 675 euros) y la India dispone de un producto idéntico por 200
dólares (unos 150 euros). Es claro que resultaría más
económico que los Estados fuesen quienes investigaran y desarrollaran
los productos que necesitan.
Por ello, los países más pobres alientan a sus
compañías farmacéuticas para que produzcan alternativas genéricas más
baratas, y que los productos de marca resultan muy caros, instándolos a
utilizar otras herramientas disponibles para intentar bajar el precio de los
medicamentos a niveles más asequibles.
Estos países sin embargo, se enfrentan a una
enorme presión de las instituciones internacionales y de las empresas
farmacéuticas multinacionales, aun cuando la producción de medicamentos
genéricos y otras opciones son legítimas según las normas
internacionales. Las multinacionales del medicamento se ven beneficiadas por el
actual sistema de patentes que protege, en forma por demás dominante sus
inversiones, extendiendo la protección de patentes por el mayor tiempo
posible.
No es un secreto que las compañías
farmacéuticas gastan más en publicidad y marketing que en investigación. Su
investigación sin embargo esta sesgada, como antes señalamos, al ser dirigida a
investigación de medicamentos que respondan a estilos de vida, antes que a los
medicamentos que salvan vidas.
Por Oscar
Lanza | Fundador AIS-CODEDCO-IBFAN-FUNAVI (Bolivia)
Fuente: www.nuevatribuna.es
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