El tribunal
considera que las presuntas torturas no pueden considerarse un delito de
genocidio
- La Audiencia Nacional rechaza extraditar
a Argentina al capitán Muñecas
- DESCARGABLE Rechazo a la extradición de Billy el
Niño
- In
English: High Court turns down Argentina’s request to extradite “Billy the
Kid”
Billy el Niño tras una de sus comparecencias en la Audiencia
Nacional. / CLAUDIO ÁLVAREZ
La Audiencia Nacional ha rechazado extraditar a
Argentina al exinspector de Policía Juan
Antonio González Pacheco, Billy el Niño, al considerar que los 13 delitos
de torturas por los que le reclama Argentina no pueden ser calificados de lesa
humanidad ya que no formaban parte de un "ataque sistemático y organizado
y ataque a un grupo de población". "Por más que los hechos descritos
constituyan delitos de tortura a detenidos por un grupo determinado, aislado y
concreto de funcionarios policiales", no puede considerarse un ataque
sistematizado, según la Audiencia.
En el caso de que hubieran sido reconocidos como
genocidio, el delito no tiene plazo de prescripción pero al ser calificadas de
torturas, el plazo de diez años se ha cumplido ya que los hechos fueron
cometidos entre febrero de 1971 y septiembre de 1975.
De esta manera, la justicia española cierra la puerta a
la investigación
abierta por la juez argentina María Servini tanto sobre Billy el Niño
como por el excapitán de la Guardia Civil, Jesús Muñecas, acusados de crímenes
durante el franquismo.
Además, en el auto de la sección segunda de la Sala de
lo Penal de la Audiencia Nacional, el tribunal descarta que las torturas que se
achacan al expolicía "guarden relación con los asesinatos y desapariciones
forzadas a que se circunscribe el procedimiento argentino, que se perpetraron
tras el 17 de julio de 1936".
El pasado día 25, la sección tercera de la Sala de lo
Penal de la Audiencia Nacional rechazó
la extradición, también a Argentina, del ex guardia civil Jesús Muñecas
Aguilar, capitán Muñecas, por torturas en el franquismo, al considerar que
este delito, presuntamente cometido en 1968, estaría prescrito y que los hechos
de los que se le acusa no son constitutivos de genocidio
Fuente: http://politica.elpais.com/
No hay comentarios:
Publicar un comentario