Pedía una
indemnización de 100.000 euros por una información sobre sus cobros del PP
cuando ya estaba al frente del Ejecutivo
ELPLURAL.COM | 26/04/2014
José María Aznar con su primer gobierno.
Un juez de Pozuelo de Alarcón ha
desestimado la demanda de José María Aznar contra el diario El País al
concluir que el expresidente sí cobró sobresueldos del PP, al menos en tres ocasiones,
cuando ya estaba al frente del Ejecutivo en 1996.
Lo prohibía la Ley de
Incompatibilidades
El juez, Enrique Presa Cuesta, recuerda en su sentencia que esos sobresueldos estaban prohibidos por la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos y subraya que el abogado de Aznar aseguró que ese dinero pagado por el PP correspondía a actividades previas a ocupar el cargo de presidente, pero no lo ha acreditado con documentos.
El juez, Enrique Presa Cuesta, recuerda en su sentencia que esos sobresueldos estaban prohibidos por la Ley de Incompatibilidades de Altos Cargos y subraya que el abogado de Aznar aseguró que ese dinero pagado por el PP correspondía a actividades previas a ocupar el cargo de presidente, pero no lo ha acreditado con documentos.
Reclamaba una indemnización de
100.000 euros
El expresidente demandó a El País para defender, según su demanda, su “derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen” y reclamó al diario una indemnización de 100.000 euros por una información titulada “El PP pagó sobresueldos a Aznar cuando ya era presidente del Gobierno”.
El expresidente demandó a El País para defender, según su demanda, su “derecho al honor, a la intimidad y a la propia imagen” y reclamó al diario una indemnización de 100.000 euros por una información titulada “El PP pagó sobresueldos a Aznar cuando ya era presidente del Gobierno”.
La información de El
País
Según publicó El País, Aznar cobró hasta en tres ocasiones “gastos de representación” cuando ya era presidente del Gobierno, en 1996, por importe de 2,7 millones de pesetas (16.755 euros). La Ley de Incompatibilidades vigente en aquel momento prohibía a los ministros y al presidente recibir retribuciones dobles.
Según publicó El País, Aznar cobró hasta en tres ocasiones “gastos de representación” cuando ya era presidente del Gobierno, en 1996, por importe de 2,7 millones de pesetas (16.755 euros). La Ley de Incompatibilidades vigente en aquel momento prohibía a los ministros y al presidente recibir retribuciones dobles.
Las razones del juez
El juez considera “artificiosa” la “discusión planteada sobre si las tres percepciones que el actor percibió tras la toma de posesión como presidente del Gobierno son gastos de representación o sobresueldos, pues en todo caso no se ha negado por la parte actora (José María Aznar) que se trate de percepciones que se sumaban a las que ya percibía antes de ser presidente, lo que encaja más con la idea de sobresueldo, ya que los gastos de representación en ningún caso en la edición disponible en la página web de la Real Academia de la Lengua Española se definen como el actor [Aznar] dice (‘asignación suplementaria para el más decoroso desempeño del cargo’) sino como los demandados (El País) expresan (‘asignación presupuestaria aneja a ciertos cargos públicos o privados para atender a sus actividades sociales’)”, aclara este sábado el diario al dar la información sobre la sentencia.
El juez considera “artificiosa” la “discusión planteada sobre si las tres percepciones que el actor percibió tras la toma de posesión como presidente del Gobierno son gastos de representación o sobresueldos, pues en todo caso no se ha negado por la parte actora (José María Aznar) que se trate de percepciones que se sumaban a las que ya percibía antes de ser presidente, lo que encaja más con la idea de sobresueldo, ya que los gastos de representación en ningún caso en la edición disponible en la página web de la Real Academia de la Lengua Española se definen como el actor [Aznar] dice (‘asignación suplementaria para el más decoroso desempeño del cargo’) sino como los demandados (El País) expresan (‘asignación presupuestaria aneja a ciertos cargos públicos o privados para atender a sus actividades sociales’)”, aclara este sábado el diario al dar la información sobre la sentencia.
Fuente: www.elplural.com
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