Publicado
en 5 enero, 2014 por victorjsanz
Se ha publicado, en el Boletín Oficial del Estado del 26 de diciembre de 2013,
la Ley 22/2013 de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014, en
la que, gracias a las enmiendas propuesta por el Partido Popular (PP) y
aprobadas recientemente por el Congreso de los Diputados, se establece que las
personas sin trabajo, que hayan agotado la prestación y los subsidios por
desempleo, y que se ausenten del país más de 90 días en un año, perderán el
derecho a la asistencia sanitaria.
Como Acta
Sanitaria había informado (Ver “Parados que salgan del país, a punto de ser los siguientes
excluidos del sistema sanitario“), ya que se aprobaron dichas
enmiendas, todo aquel que reúna estas condiciones será considerado “no
residente” y, si regresa a España, ya no gozará del derecho a la atención
sanitaria.
Puntualmente, la modificación hecha a la Ley 16/2003 de
“cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud” determina que “tendrán la
condición de asegurado” quienes se encuentren en la siguiente situación: “d)
Haber agotado la prestación o el subsidio por desempleo u otras prestaciones de
similar naturaleza, encontrarse en situación de desempleo, no acreditar la
condición de asegurado por cualquier otro título y residir en España”.
Excluidos del sistema sanitario. Los parados de larga duración que
salgan de España por más de 90 días quedarán excluidos del sistema sanitario.
Asimismo, se incorporó una nueva disposición adicional al
Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, que
señala: ”Disposición adicional sexagésima quinta. Pérdida de
residencia a efectos de prestaciones de la Seguridad Social [...] 2.
A efectos del mantenimiento del derecho de las prestaciones sanitarias
en las que se exija la residencia en territorio español, se entenderá que
el beneficiario de dichas prestaciones tiene su residencia habitual en
España aún cuando haya tenido estancias en el extranjero siempre que éstas
no superen los 90 días a lo largo de cada año natural”.
Era de esperarse que estas enmiendas fueran aprobadas, por
la mayoría que ostenta el PP en el Congreso, y ahora es un hecho, ya que la
nueva normativa tiene efectos desde el 1 de enero de 2014 y vigencia
indefinida. Teniendo en cuenta la emigración económica forzada de la que están
siendo víctimas muchas personas, especialmente jóvenes que no encuentran la
forma de subsistir en este país, es de esperarse que el número de excluidos,
afectados por esta reformas legales, sea realmente significativo.
Hay que tener en cuenta que, según las Proyecciones para el
2013 del Instituto Nacional de Estadística (INE), se calcula que alrededor de
600.000 personas abandonaron el país el año que acaba de terminar, en 2012 los
registros del INE evidencian que 476.748 personas emigraron de España. En
cuanto a las vulneraciones de derechos fundamentales, ya Médicos del Mundo
señalaba que el sistema sanitario español “desechaba” 2.392 personas al día,
cuando dentro de los colectivos excluidos no se encontraban los desempleados de
larga duración emigrantes, es por lo tanto de esperarse que éstas aumenten en
gran medida.


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