lunes, 27 de enero de 2014

CARPETAZO A LA JUSTICIA UNIVERSAL

   La reforma legal exprés impulsada por el PP aboca al archivo del ‘caso Couso’
Una docena de procesos por genocidio o torturas serán sobreseídos
Protesta de fotógrafos en el Congreso, el 9 de abril de 2003, en presencia de Aznar, por la muerte en Irak de Julio Anguita Parrado y José Couso. / SERGIO PÉREZ (REUTERS)
   La reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial, que el Grupo Popular pretende llevar a cabo a través de una proposición de ley presentada el pasado lunes en el registro del Congreso, tiene un objetivo apenas disimulado: archivar cuanto antes la causa abierta contra la cúpula del Partido Comunista chino en la Audiencia Nacional por el genocidio del Tíbet y evitar un conflicto diplomático con Pekín.
Sin embargo, esta iniciativa, que recorta por vía de urgencia y de tapadillo el principio de justicia universal, tendrá un grave efecto colateral: dar carpetazo a una docena de investigaciones abiertas en la última década por jueces españoles sobre casos tan diversos como la muerte del cámara de Telecinco José Couso, los vuelos de la CIA o las torturas en la cárcel de Guantánamo. Así lo temen letrados que intervienen en estos procedimientos y organizaciones defensoras de los derechos humanos, como Amnistía Internacional.
Según dicha reforma, los jueces españoles solo serán competentes para investigar delitos de genocidio, lesa humanidad o contra las leyes de la guerra cuando “el procedimiento se dirija contra un español o contra un ciudadano extranjero que resida habitualmente en España o que se encontrara en España y cuya extradición hubiera sido denegada por las autoridades españolas”.
Los responsables directos de la muerte de Couso fueron los militares estadounidenses que tripulaban el carro de combate que, el 8 de abril de 2003, abrió fuego contra el hotel Palestina de Bagdad, donde se alojaban los periodistas. El Pentágono ha hecho caso omiso de los requerimientos del juez Santiago Pedraz para que, tanto dichos militares como sus superiores, sean detenidos e interrogados.
Al mismo fin está abocada la investigación por torturas en el campo de prisioneros de Guantánamo. La proposición del PP no solo exige que “la víctima tuviera la nacionalidad española en el momento de la comisión de los hechos” —requisito que cumpliría uno de los denunciantes, el ceutí Hamed Abderramán— sino también que “la persona a la que se impute la comisión del delito” esté en España, lo que no sucede con los mandos militares que dirigían la prisión ilegal creada por EE UU en Cuba.
En el caso de los vuelos de la CIA no hay ninguna víctima española, pero sí el presunto tránsito por territorio español (el aeropuerto de Palma de Mallorca) del avión en el que fue transportado un ciudadano europeo (el alemán Jaled El Masri) objeto de una detención ilegal.
Estos tres procesos tienen en común su origen en las guerras de Irak y Afganistán y el hecho de que Washington no solo no haya colaborado con la justicia española sino que presionara a las autoridades políticas para conseguir su archivo, como evidenció la filtración de los cables de la Embajada de EE UU en Madrid a través de Wikileaks.
Pero no son los únicos. La persecución de Falung Gong en China, los genocidios de Guatemala o de Ruanda, el asesinato del sacerdote español Ignacio Ellacuría en El Salvador y de otras siete personas en la Universidad Centroamericana de El Salvador en 1989 o del diplomático español Carmelo Soria, asesinado en Chile por agentes de Pinochet en 1976, así como la desaparición de cientos de activistas saharauis tras la entrada del Ejército marroquí en la excolonia española engrosan la lista de crímenes que pueden quedar sin aclarar. Con arreglo a los nuevos requisitos, el proceso al exministro del Interior guatemalteco Carlos Vielman, nacionalizado español y acusado de ejecuciones extrajudiciales en su país, es probablemente el único que seguiría vivo.
En 2009, PSOE y PP pactaron ya un primer recorte de la jurisdicción universal —después de que Israel protestase por la imputación de los responsables de un bombardeo en Gaza—, pero aquella reforma, aun en vigor, mantuvo la posibilidad de actuar en casos en que hubiese “algún vínculo de conexión relevante con España”. Por esta rendija, que ahora se quiere cegar, se colaron los defensores de la jurisdicción universal.
El PP alega, entre otros motivos, la necesidad de adaptar la legislación española a los “compromisos derivados de la ratificación por España del Estatuto de la Corte Penal Internacional”, pero la mayoría de los procedimientos abiertos en la Audiencia Nacional afectan a países que, como China y EE UU, no reconocen a dicho tribunal.
Uno de los aspectos más escandalosos de la reforma es el diferente tratamiento que reciben las víctimas en función del delito. Mientras cualquier español que sufra un atentado terrorista en el extranjero tiene garantizada la tutela de los jueces españoles en caso de no obtenerla en el país donde se produjo el delito; las víctimas de torturas deberán acreditar que tenían “nacionalidad española en el momento de comisión de los hechos” y que su presunto torturador se encuentra en España.
El procedimiento elegido para aprobar la reforma —a través de una proposición de ley, lo que permite eludir la petición de informes al Consejo de Estado o al Consejo General del Poder Judicial— permitirá que esta entre en vigor con la máxima urgencia, en unos dos meses.
En ese momento, la Audiencia Nacional deberá archivar todos los casos citados pues, alega el PP, “los tribunales no pueden continuar procedimientos sobre los que ya carezcan de jurisdicción”. Pero los tribunales ni siquiera podrán examinar si carecen o no de competencia, pues una disposición transitoria determina que todas las causas “quedarán sobreseídas hasta que no se acredite el cumplimiento de los [nuevos] requisitos”. De entrada, carpetazo. Luego, ya se verá.
Casos en la Audiencia Nacional
Juzgado Central de Instrucción nº 1 (Santiago Pedraz): Caso Couso y genocidio en Guatemala.
Juzgado Central nº 2 (Ismael Moreno). Genocidio del Tíbet, Falung Gong, vuelos de la CIA y campos de concentración nazis.
Juzgado Central nº 3. (Javier Gómez Bermúdez). Caso Vielman.
Juzgado Central nº 4. (Fernando Andreu): Crímenes de guerra en Irak y genocidio de Ruanda.
Juzgado Central nº 5 (Pablo Ruz). Torturas en Guantánamo, genocidio del pueblo saharaui y asesinato de Carmelo Soria.
Juzgado Central nº 6 (Eloy Velasco). Asesinato Ignacio Ellacuría y otras siete personas en El Salvador.





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