Olivia Carballar / Sevilla /
9 ene 2014
Mujeres de familias desahuciadas se asoman al balcón
tras una ocupación. // LAURA LEÓN
Las familias beneficiadas por la ley antidesahucios andaluza vuelven a
estar a un paso de la calle. Pero no lo saben todavía. Sin hacer ruido, sin
anuncios, sin posar ante las cámaras delante del Tribunal Constitucional (TC),
el Gobierno de Rajoy formalizó su recurso contra la norma autonómica el pasado
18 de diciembre, antes de las Navidades, según han confirmado a
Andalucesdiario.es el TC y el Ministerio de Hacienda y Administraciones
Públicas a través de sus gabinetes de prensa.
Tenía de plazo hasta esta misma semana, pero lo presentó sólo cinco días
después de aprobar el acuerdo en el Consejo de Ministros, una decisión que el
Ejecutivo del PP tampoco quiso airear entonces: ni informó a los periodistas en
la posterior rueda de prensa ni a la propia Consejería de Fomento y Vivienda,
que llevaba meses reclamando insistentemente una comisión bilateral para no
llegar a los tribunales. El recurso de la vergüenza, ha llegado a
calificarlo la consejera de Fomento y Vivienda, Elena Cortés.
Ahora, la Junta tampoco tiene notificación del recurso ni oficial ni
extraoficialmente y continúa, de hecho, aplicando la norma: el pasado jueves la
Administración autonómica tomó posesión de la primera vivienda expropiada a un
banco y continúa tramitando expendientes. “En este momento lo único que hay es
un recurso que el Gobierno registró el pasado 18 de diciembre contra la Ley
andaluza. La Junta tendrá noticias oficiales solo cuando el Pleno tome
una decisión sobre la admisión a trámite del recurso”, aclararon a
Andaucesdiario.es desde el TC, donde no creen que tarde mucho. La norma
será entonces suspendida automáticamente por un período máximo de cinco meses,
el tiempo que tiene el Constitucional para resolver recursos por invasión de
competencias que implican la paralización de leyes.
Según el Gobierno, la norma, como el decreto que la antecedió, es
inconstitucional porque invade competencias y porque crea discriminación al expropiar
el derecho de uso de la vivienda (por tres años) sólo a determinados
propietarios, según rezaba el acuerdo del Consejo de Ministros. Esos
determinados propietarios son los bancos. Al Gobierno tampoco le gustan las
sanciones que recoge la norma para las entidades financieras e inmobiliarias
que tengan viviendas vacías o que no den un uso social a sus viviendas
protegidas. “La Ley andaluza establece una serie de sanciones a los
propietarios de viviendas vacías que no hayan alquilado, sin que resulte
acreditado que el propietario dispuso de condiciones y oferta mínimamente
razonables para alquilar, cuando en nuestro ordenamiento no puede establecerse
una responsabilidad penal o administrativa sancionadora al margen del principio
de culpabilidad”, decía el acuerdo, que también veía en la definición de
vivienda deshabitada un motivo de inconstitucionalidad.
En el recurso que presentó contra el anterior decreto, el Gobierno llegó a
calcular que con su aplicación, la Sareb -conocida como banco malo- tendría que
pagar más de 156 millones de euros en multas. La Consejería siempre ha
mantenido que lo que teme el Gobierno no son las multas ni la supuesta
desestructuración bancaria, “sino la depreciación” de los suelos de la Sareb:
que los inversores internacionales y fondos especulativos prefieran otras
operaciones lucrativas en las que no se expongan a multas.
El margen que tiene ahora la Junta, que confía en la plena
constitucionalidad de la ley, es sin embargo nulo. Lo único que está en sus
manos y que ya ha dicho que hará será solicitar a los juzgados la paralización
cautelar de los desahucios de los expedientes en tramitación y pedirle al TC
que acorte el máximo posible los cinco meses que tiene para resolver.

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