Los psiquiatras recelan de la reforma al
sentirse “instrumentalizados”
Dos profesionales deben avalar que existe
riesgo para la salud psíquica de la mujer
Jaime Prats Valencia 28 DIC 2013 - 00:02 CET454
Una mujer sostiene una pancarta en
contra de la reforma de la ley del aborto, en París. / e.l. (efe)
El anteproyecto de ley del aborto que presentó el Gobierno el
viernes de la semana pasada sigue sumando críticas. Si el jueves fueron responsables del PP los que cuestionaron en público la dureza de
la norma, y antes incluso los neurocirujanos y expertos en
diagnóstico prenatal, ahora son algunos de los profesionales que se verán
obligados a avalar o rechazar la petición de abortar de la mujer los que
levantan la voz. La nueva regulación —que aún tiene por delante un largo
trámite parlamentario— descarga sobre los psiquiatras la responsabilidad de
determinar si existe un “grave peligro para la salud psíquica de la embarazada”
y avalar la interrupción del embarazo bajo este supuesto hasta las 22 semanas
de gestación.
Esta
circunstancia ha causado un profundo recelo entre los profesionales de la
psiquiatría. “Nos imponen un papel que no nos corresponde, la interrupción del
embarazo es una cuestión que no tiene nada que ver con la salud mental, la
mujer que aborta no es una enferma mental”, traslada a este diario Eudoxia Gay,
presidenta de la Asociación
Española de Neuropsiquiatría (AEN), que agrupa a unos 2.000
profesionales. “Y puedo asegurar que pese al elevado número de socios que
tenemos, este es uno de los temas que concita un mayor consenso”.
El
presidente de la Sociedad
Española de Psiquiatría, Miguel Gutiérrez, prefiere hablar a título
personal hasta recoger la opinión general del colectivo al que representa.
Gutiérrez muestra su preocupación por “la eventual instrumentalización de la
psiquiatría” que pueda producirse a raíz del cambio que pretende introducir el
Ejecutivo de Mariano Rajoy en la regulación del aborto. También lamenta que no
se haya puesto en contacto con la entidad ningún responsable de la
Administración en el proceso de elaboración del anteproyecto a pesar de que
“piensan adjudicar un importante papel en el asunto [de la interrupción del
embarazo] a los psiquiatras”.
La nueva
norma acaba con el derecho de la mujer de decidir sin necesidad de alegar
ningún motivo si interrumpe su embarazo hasta las 14 semanas de gestación que
concedió la ley de 2010. De una regulación basada en plazos, que es el sistema
mayoritario en Europa, se da un salto en el tiempo de casi 30 años para
retroceder a la filosofía de la norma de 1985 basada en un sistema de
supuestos, pero incluso aún más restrictivo.
La norma
diseñada por el Ministerio de Justicia solo contempla la posibilidad de
interrumpir el embarazo bajo dos posibilidades: la violación o el “grave
peligro para la salud física o psíquica de la embarazada”. Elimina incluso el
supuesto de malformación fetal, que por sí mismo deja de ser un motivo
suficiente para interrumpir el embarazo.
El primer
supuesto está claro. Pero no el segundo. ¿Qué se entiende por un “grave peligro
para la salud?”. Esta cuestión, la ambigüedad que ampara el concepto “riesgo
para la salud”, fue el aspecto más polémico de la ley de 1985.
Bajo este
supuesto —en especial, el riesgo psíquico— se practicaron la abrumadora mayoría
de las interrupciones de embarazo que se llevaron a cabo antes de que la ley de
plazos de 2010 dejara de hacer necesario recurrir a esta opción para abortar.
La nueva
norma concederá de nuevo un peso central al supuesto de riesgo para la salud
psíquica. No solo porque elimina los plazos, sino porque también enmarca el
problema de las alteraciones en el feto en el supuesto del daño a la salud
mental. Si las malformaciones son “incompatibles con la vida” se podrá alegar
riesgo psíquico para la mujer y abortar.
Eso sí, en
lugar del aval de un solo psiquiatra como establecía la ley de 1985 en el
futuro harán falta dos para elaborar el dictamen que establezca que la mujer se
enfrenta a una situación de tensión mental insoportable. Y este es un papel que
los psiquiatras casi habían dejado de ejercer desde 2010 —solo algo más del 5%
de los abortos se hacen ahora por riesgo para la salud de la mujer, sea este
psicológico o físico; las intervenciones por ese motivo se permiten hasta la
semana 22 de gestación— y que no desean volver a representar.
Por un lado
porque, a juicio de Eudoxia Gay, “no hay ninguna razón que pueda ligar la
enfermedad mental al aborto: se trata de una decisión libre del ámbito de la
vida sexual y reproductiva de la mujer”. O, de otra forma, “una mujer puede
decidir abortar porque se sienta sola, porque le dé miedo el embarazo, por
problemas económicos, por temor a que le reprenda su familia, hay un sinfín de
razones, todas ellas personales y propias”. Y a la inversa, apunta: “Todos
estos motivos pueden no ser suficientes ante el deseo o los principios
personales y morales de una mujer que decida tener el hijo que espera por
encima de los inconvenientes que se le presenten”. “Pero”, añade, “no hay
argumentos que tengan que ver con la salud mental”.
Por ello, la
presidenta de la AEN considera que no tiene sentido situar a los psiquiatras en
un lugar central de la toma de decisión respecto al deseo de una mujer de no
seguir con su embarazo. “El papel de los psiquiatras en esta cuestión debería
de ser ninguno. Nuestra labor es otra: la de aliviar, curar, acompañar...,
todos estos aspectos son los que tienen que ver con nuestro trabajo”. ¿Y en
relación con el aborto? “A veces intervenimos, pero siempre por iniciativa
propia de la mujer, para aliviar, consolar, apoyarla ante la decisión que ha
tomado. Pero no podemos inclinar la balanza hacia un lado o hacia otro”.
Gay rechaza
el rol que otorga la ley a los profesionales de la salud mental: “Los
psiquiatras no debemos hacer valoraciones morales, aunque se nos haya utilizado
a veces para ello. Nosotros no somos ni podemos ser vigilantes de la moral, y
menos aún de la moral dominante, la protección del patriarcado, que es lo que
subyace detrás de todo esto”.
Hay otras
cuestiones relacionadas con la futura ley diseñada por el Gobierno que merecen
ser abordadas, como destaca esta psiquiatra que ejerce en un centro de salud
mental de Málaga. El hecho de que los psiquiatras tengan que desempeñar la
función de jueces, apunta, puede plantear serias consecuencias tanto para las
mujeres como para los profesionales. “La nueva ley habla de determinar que
existe un riesgo para la salud permanente o duradero en el tiempo”, recuerda
Gay. “Si lo reconocemos, pasamos a considerar a la mujer como víctima de una
tara mental crónica para toda la vida, lo que puede tener efectos en episodios
posteriores de la vida de esta persona que pueden jugar en su contra, por
ejemplo, en la custodia de los hijos en un proceso de separación. Esto es una
cuestión sumamente delicada y grave”.
Además, Gay destaca la situación tan
delicada que se les plantea a los psiquiatras con la norma: “Nos coloca en la
tesitura de tener que objetar y abandonar a la mujer en trance vital estresante
o hacer algo que no se ajusta a los criterios éticos de la práctica de la
psiquiatría: reconocer un problema mental que no existe para que una mujer
pueda abortar”.
Fuente: www.elpais.com
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