Ocupan la sede de Bankia en Madrid
Los promotores de la protesta exigen la
resolución de los expedientes de los desahuciados que llevan 50 días acampados
frente a la sede de la entidad, la paralización de los desahucios y una
modificación de la ley hipotecaria
España |
Tercera Información | 10-12-2012 |
En estos
momentos, diversos colectivos están ocupando la sede de Bankia en Madrid
(Torres Kio). Entre ellos se encuentran la Plataforma de Afectados por la
Hipoteca, la Asamblea de Vivienda de Madrid y afectados por Bankia.
Los
promotores de la acción, que han querido hacerla coincidir con el Día
Internacional de los Derechos Humanos, exigen que se resuelvan los expedientes
de las personas desahuciadas que llevan ya 50 días acampados frente a la sede
de la entidad, la paralización de todos los desahucios en el Estado español que
afecten a la vivienda habitual y una modificación de la Ley Hipotecaria
española para adaptarla al marco legal de la Declaración Universal de Derechos
Humanos, a través de la Convención Europea de Derechos Humanos de 1950 y
ratificado en la Constitución Española de 1978.
Iremos
informando según vayan avanzando los acontecimientos.
A
continuación el comunicado que han redactados sobre la Ocupación
“Que
actualmente en España, las ejecuciones hipotecarias masivas producen una
violación sistemática de 25 artículos de la Declaración Universal de Derechos
Humanos, resolución de la Asamblea General de la ONU, ratificada por España en
1978 e incorporada a su Carta Magna, así como de varios artículos de la Carta
Magna española (Constitución de 1978).
*Es sabido
que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 96.1 de la Constitución
Española, los convenios internacionales válidamente celebrados, entran a formar
parte del ordenamiento jurídico español; en consecuencia, el Convenio Europeo
de Derechos Humanos es alegable directamente ante los tribunales españoles*
Nos gustaría
resaltar los artículos más relevantes que están siendo vulnerados en relación a
la situación de la vivienda en España:
Arts. 1 y 3
DDHH: Privación de los derechos a la libertad, la seguridad y la vida, al
eliminar la vivienda como marco que posibilita la seguridad personal, el
desarrollo y la vida en condiciones de dignidad.
Art. 7 DDHH
y Art.15 CE: Violación del derecho a la igualdad ante la ley, esgrimiendo
criterios económicos, de estatus social y/o de pertenencia a un grupo étnico o
cultural determinado.
Arts. 6, 8,
10 DDHH y Art. 24.1 CE: Vulneración del derecho a obtener la tutela judicial
efectiva de jueces y tribunales, la cual debe permitir que en ningún caso se
produzca la indefensión de la persona demandada. Los procesos de ejecución
hipotecaria vulneran el derecho a la condición de plena igualdad y el derecho a
un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes.
Arts. 5 y 12
DDHH: En el proceso de ejecución hipotecaria, se realizan injerencias
arbitrarias en la vida privada de los afectados, a través de la práctica
reiterada de acoso a la persona deudora, por la proyección social negativa que
se deriva del hecho de ser afectado y por la incautación de los bienes
personales en el momento de ejecutar el desahucio, momento en el cual se somete
a tratos vejatorios tanto a los afectados, como a otras personas que acuden a
apoyarlos.
Arts. 16.3
CE y 25.2 DDHH: Vulneración de los derechos de las familias, poniendo en grave
riesgo el derecho a la maternidad, violándose los derechos fundamentales de los
niños y las niñas y anulando su obligatoria protección por parte del Estado.
Art. 21
DDHH: “La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público”. No
existe actualmente mecanismo alguno que permita al pueblo ejercer la democracia
directa para modificar leyes que son claramente injustas. Las Iniciativas
Legislativas Populares son constantemente ninguneadas en las Cortes por los interlocutores
que deberían debatirlas, a pesar de ser un procedimiento previsto en la
Constitución conforme al cual un grupo de ciudadanos puede presentar un
proyecto de ley para su debate y en su caso aprobación bien en el Parlamento
Nacional, o bien en los parlamentos de las Comunidades Autónomas.
Por todo lo
expuesto,
EXIGIMOS:
- La resolución de los expedientes presentados ante la dirección de BANKIA con las propuestas argumentadas para hacer frente a su ejecución hipotecaria.
- La paralización de todos los desahucios en el Estado Español que sean vivienda habitual.
- La modificación de la Ley Hipotecaria española para adaptarla al marco legal de la Declaración Universal de Derechos Humanos, a través de la Convención Europea de Derechos Humanos de 1950 y ratificado en la Constitución Española de 1978.”
Puedes
seguir la ocupación en directo a través de este enlace http://www.tomalatele.tv/web/?p=4863

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