La maestra casada con un divorciado tendrá que ser readmitida
La sentencia del Tribunal Superior de Andalucía, que no acepta más
recursos, obliga a la Iglesia, la Junta y el Ministerio a pagarle diez años de
salario
PÚBLICO.ES/EFEMadrid13/01/2012
12:40 Actualizado: 13/01/2012 14:07
Resurrección Galera junto a su marido Johannes Romes.CARLOS
PÉREZ
Al fin Resurrección Galera podrá volver a su puesto de
trabajo. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha dictado que la
Iglesia Católica, el Ministerio de Educación y la Junta de Andalucía tendrán
que readmitir a esta profesora de Religión a la que el Obispado de Almería no
renovó su contrato para el curso 2002/03 por haberse casado por lo civil con un
divorciado.
Tras más de
diez años luchando por que se hiciera justicia, Resu al final la ha
conseguido. Y esta vez ya no habrá recurso que valga para seguir apartándola de
su labor docente. Además, la sentencia obliga a que se reembolse el salario que
ha dejado de percibir durante este tiempo. Según se redacta en la misma todos
están implicados porque "el Obispado proponía, el Ministerio contrataba y
pagaba, y la actividad laboral se realiza en centros dependientes de la
consejería".
Nada más
conocer la sentencia, Resurrección ha pedido su readmisión
"inmediata" y ha subrayado que "su vida es la enseñanza" y
que "lo que más desea" es retomar la actividad docente cuanto antes.
A su vez, ha calificado "muy positivamente" la sentencia del Alto
Tribunal Andaluz.
El mayo de
2011 el Juzgado de lo Social número 3 de Almería cambió el sentido de una
sentencia anterior que desestimaba la denuncia de la profesora por despido
nulo. Pese a su experiencia profesional Galera impartía clase desde 1994 en el
colegio público que determinaba cada año el Obispado, la Iglesia entendió que
su vida en pareja sin contraer matrimonio canónico era incompatible con el
cargo de maestra.
Tanto el
Juzgado de lo Social número 3 de Almería como el Tribunal Superior de Justicia
de Andalucía respaldaron en su día que se trataba de "una relación laboral
objetivamente especial que se caracteriza por la confianza que requiere el
trabajo encomendado, por lo que es lógico que no se produzca la propuesta si
quien tiene atribuida legalmente la competencia para efectuarla la jerarquía
eclesiástica ha perdido la confianza en la actora para impartir clases de
Religión católica, porque considera que por el hecho de haber contraído
matrimonio civil se ha apartado de la doctrina de la Iglesia".
El cambio de
criterio lo propició en abril el Tribunal Constitucional, que obligó a repetir
el juicio teniendo en cuenta que la decisión del Obispado de Almería había
vulnerado los derechos de la profesora a no sufrir discriminación por
circunstancias personales; a la libertad ideológica en conexión con el derecho
a contraer matrimonio en la forma legalmente establecida y a la intimidad
personal y familiar.
Como la
sentencia no era firme, la Iglesia recurrió ante el Tribunal Superior de
Justicia de Andalucía, que este viernes ha dictado sentencia.
Diez años de espera
Cuando fue
despedida, en mayo de 2001, Resu trabajaba dando clase a alumnos de
Primaria en el colegio público Ferrer Guardia, en el barrio almeriense de La
Cañada. Un anónimo comunicó al Obispado la boda civil de la profesora con un
hombre divorciado de nacionalidad alemana. En agosto, tras siete años de
ejercicio docente, el nombre de Resu no figuraba en el listado que el
Obispado envía cada año a la Junta de Almería con los nombres de los profesores
que ha elegido para impartir las clases de Religión.
El marido de
la profesora, Johannes Romes, antiguo jefe de prensa del Bundestag, el
Parlamento alemán, fue quien llevó el caso a los medios de comunicación.
Finalmente, tras casi once años peleando por sus derechos, Resu podrá
recuperar su plaza de maestra y cobrar los sueldos que le deben.
Fuente: www.publico.es

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