Blas Piñar
Gutiérrez, hijo del franquista fundador de Fuerza Nueva, deberá pagar hasta
3.000 euros de costas por el recurso presentado ante el Tribunal
EUROPA PRESS
Madrid 07/12/2014 14:00 Actualizado: 07/12/2014 14:37
Blas Piñar (padre), en una fotografía de archivo del
20-N de 1.999.- Bernardo Rodríguez (EFE-Archivo)
El Tribunal
Supremo ha confirmado la decisión del Ministerio de Defensa de denegar al
general de Brigada del Ejército Blas Piñar Gutiérrez, hijo del franquista
fundador de Fuerza Nueva, la concesión de la Gran Cruz del Mérito Militar,
con distintivo blanco.
Piñar
figuraba junto a otros doce generales en la propuesta que el Jefe del Estado
Mayor del Ejército de Tierra elevó el 21 de octubre de 2005 al ministro de
Defensa, el socialista José Bono, para que se le otorgara el distintivo.
No obstante
Bono no le incluyó en el listado que elevó al Consejo de Ministros, de forma
que fue el único de los que no la poseían que fue excluido. Todos los generales
de la XXVII promoción de la Academia General Militar obtuvieron la Gran Cruz,
salvo uno que ya la poseía.
Piñar se
dirigió posteriormente al entonces ministro para exigir una explicación y, ante
la falta de respuesta, interpuso un recurso contencioso-administrativo en el
que se revolvió que tenía derecho a que se le indicaran, de forma expresa,
las razones por las que fue excluido.
El Supremo
asegura que el galardón no está vinculado al mero ejercicio de sus funciones:
"Requiere como presupuesto positivo algo más, un plus "El Ministerio
de Defensa hizo saber entonces al general que no se le había concedido la
distinción "por aconsejarlo razones de utilidad y conveniencia, valoradas
en su momento por el titular del departamento". Los magistrados del alto
tribunal han confirmado la decisión al considerar que el derecho de petición
reconocido por la Constitución no garantiza a quien lo ejerce otra cosa que una
respuesta motivada. "En este caso la ha habido", ha indicado.
Según la
resolución, la concesión de distinciones de esa naturaleza no está vinculada al
mero ejercicio de las funciones y al normal cumplimiento de los deberes propios
cargo que se desempeña. "Requiere como presupuesto positivo algo más,
un plus", precisa.
"Como
conceder la Gran Cruz del Mérito Militar o cualquiera de las recompensas
militares, supone una excepción, es la decisión de concederla la que debe ser
justificada en razón de estos criterios, no la no concesión", indica. El
general Piñar Gutiérrez tendrá que pagar las costas del recurso que, según
fija la propia sentencia, ascenderá a un máximo de 3.000 euros.
Fuente: www.publico.es

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