"Escapa a la capacidad de actuación
de los municipios”, dice el alto tribunal conservador
Jueves, 18 de diciembre de 2014
El Tribunal Supremo español sentenció este martes que
los Municipios no podrán celebrar consultas a sus vecinos sobre el uso del
fracking para la extracción de hidrocarburos del subsuelo. Según estima el
Tribunal Supremo la regulación de la aplicación de esta técnica es una
competencia exclusiva del Estado y "escapa a la capacidad de
actuación de los municipios".
Con esta decisión el
Supremo no sólo desestima un recurso presentado por el Ayuntamiento de Kuartango,
en Alava, sino que cierra cualquier posibilidad de que los vecinos
de cualquier otro término municipal del Estado español puedan
pronunciarse sobre esta peligrosísima técnica de exploración para la
extracción de hidrocarburos.
El Tribunal Supremo,
cuya composición ideológica es abrumadoramente conservadora, indica en la
sentencia que tales consultas tocan aspectos que son "cuestiones
que corresponden a la normativa sobre el régimen energético y las bases de la
ordenación económica general, dada la trascendencia de la materia energética
sobre la economía general del país"
Según recuerda el Tribunal
Supremo en su sentencia "la Constitución atribuye al Estado
las bases sobre el régimen energético, correspondiendo la el desarrollo de la
normativa básica a las comunidades autónomas en los términos de sus respectivos
estatutos de autonomía"
El Supremo añade además que "la
consulta con independencia de su carácter no vinculante, versa sobre una
cuestión de interés territorial general, respecto a la que la regulación sobre
la materia parte del titular de la competencia, el Estado, siempre abarcará
todo el territorio nacional"
Esta sentencia, junto
con otras emitidas con anterioridad, cierra cualquier posibilidad de poner en
marcha iniciativas populares destinadas conocer cuál es la opinión ciudadana en
relación con todo tipo de iniciativas e imposiciones del Gobierno
central.
Fuente: www.canarias-semanal.org
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