jueves, 10 de enero de 2013

“UNA FRIVOLIDAD Y SINVERGÜENCERÍA DE LAS EMPRESAS Y DEL GOBIERNO DEL PP, QUE CON BENEFICIOS PUEDAN DESPEDIR TRABAJADORES”


Registran en el Congreso una iniciativa para que se tipifique como delito de desobediencia civil que las empresas con beneficios puedan despedir trabajadores
Cayo Lara indica que esta proposición no de ley busca corregir algunos de los efectos más negativos de la reforma laboral del Gobierno del PP, ya que “nunca en la historia de la democracia se le ha hecho un regalo así a la CEOE para que pudieran despedir de una forma tan fácil y tan barata”
España | Tercera Información | 10-01-2013 |
El coordinador federal de Izquierda Unida, Cayo Lara, ha presentado hoy públicamente la proposición no de ley elaborada por esta formación y registrada en el Congreso para impedir que las empresas con beneficios puedan despedir trabajadores. Para ello, la iniciativa parlamentaria incluye, entre otros, un punto que establece “tipificar como un delito de desobediencia civil el incumplimiento por parte del empresario de los derechos del trabajador en el caso de despidos sin causa justificada”.
Lara explicó en rueda de prensa en la sede federal de IU que las reformas introducidas por el Gobierno de Mariano Rajoy han facilitado sensiblemente esta práctica. “Las empresas aprovechan la reforma laboral para despedir barato y fácil. Nunca en la historia de la democracia se le ha hecho un regalo así a la CEOE para que pudieran despedir de una forma tan fácil y tan barata” indicó.
El máximo responsable de IU detalló que según los datos que llegan a su formación numerosas empresas recurren a la “ingeniería contable” para dar la impresión de que han acumulado tres trimestres consecutivos de disminución del nivel de ingresos o ventas. Así pueden acogerse al supuesto que establece la reforma laboral para el despido justificado y con indemnización de 20 días por año, aunque realmente sigan con beneficios.
También es práctica común entre algunas de estas compañías externalizar la producción “en países con la mano de obra más barata aún que en nuestro país”. Por todo ello, Lara advirtió de que la aplicación de la reforma laboral “ha sido un fiasco que no sólo no ha creado ningún empleo sino que sirve para destruir más empleo”.
La proposición no de ley señala que “con el actual marco legal, se entiende que concurren causas económicas para despedir de forma legal colectiva o individualmente, con una indemnización de 20 días por año trabajado y con un límite de 12 mensualidades, cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas”.
Frente a ello, IU propone que se lleven a cabo las reformas legales oportunas para “establecer que concurren causas económicas para objetivar la extinción de contratos de trabajo únicamente cuando de los resultados de la empresa se desprenda una progresiva evolución económica negativa que haya conducido a una situación de pérdidas y que impidan el desarrollo de la actividad de la empresa”.
Cayo Lara destacó también el punto donde se establece que “en el caso de despido declarado improcedente sea el trabajador el que pueda optar a la readmisión en su puesto”, así como que para este supuesto se establezca una indemnización de 45 días por año trabajado, hasta un máximo de 42 mensualidades.
Por otra parte, el coordinador federal de IU aseguró que los datos de desempleo publicados ayer por la oficina estadística comunitaria Eurostat, que sitúan el número de parados en España por encima de los seis millones de personas, demuestran que “las políticas de recorte y ajuste duro del Gobierno llevan a más recesión y más paro”.
Indicó también que estas cifras “desmontan la teoría de la ministra de Empleo, Fátima Báñez, sobre los beneficios de la reforma laboral” y ponen de relieve la “inmensa estafa” que ha supuesto la política de ajustes y recortes del PP.
A CONTINUACIÓN SE INCLUYE EL TEXTO ÍNTEGRO DE LA INICIATIVA REGISTRADA
A LA MESA DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Al amparo de lo establecido en el Reglamento de la Cámara, el Grupo Parlamentario de IU, ICV-EUiA, CHA: LA IZQUIERDA PLURAL presenta la siguiente Proposición no de ley para evitar que empresas con beneficios puedan despedir a sus trabajadores, para su debate en el Pleno.
Los efectos que causa la reforma laboral impuesta por el Gobierno son evidentes y pueden contabilizarse. Medio millón de personas han sido despedidas desde su entrada en vigor.
Son muchos los ejemplos que en la actualidad podemos encontrar de empresas que tienen beneficios y, sin embargo, despiden a sus trabajadores de forma fácil y barata bajo unas supuestas razones económicas que enmascaran la búsqueda de contrataciones más precarias o una deslocalización empresarial.
Con el actual marco legal, se entiende que concurren causas económicas para despedir de forma legal colectiva o individualmente, con una indemnización de 20 días por año trabajado y con un límite de 12 mensualidades, cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, en casos tales como la existencia de pérdidas actuales o previstas, o la disminución persistente de su nivel de ingresos ordinarios o ventas. Y se aclara que, en todo caso, se entenderá que la disminución es persistente si durante tres trimestres consecutivos el nivel de ingresos ordinarios o ventas de cada trimestre es inferior al registrado en el mismo trimestre del año anterior. La situación económica negativa puede pues justificarse simplemente por una disminución en los ingresos, aunque la empresa tenga sólidos beneficios y una situación patrimonial saneada.
El despido se ha descausalizado pero además, cuando un despido sea declarado improcedente por un juez en sentencia definitiva, pueden ocurrir dos cosas: la readmisión del trabajador en su puesto de trabajo con las mismas condiciones laborales de las que disfrutaba con anterioridad al despido, o que el trabajador reciba una indemnización por despido improcedente fijada, con carácter general, en 33 días de salario por año de servicio y hasta un máximo de 24 mensualidades. Estas son las dos soluciones que establece el Estatuto de los Trabajadores para un despido considerado como improcedente. Despido así considerado porque el empresario no ha cumplido los requisitos formales o por no quedar acreditado el incumplimiento que según el empresario justifica el despido, su gravedad y su culpabilidad.
Pero la capacidad de elección ante una u otra solución, indemnización o readmisión, no pertenece al trabajador que ha sido despedido sin causa justificada, sino al empresario, desequilibrando la balanza aun más a favor de quien es la parte fuerte en la relación laboral.
Abaratar, descausalizar y facilitar el despido se planteaba como una de las soluciones a la crisis y como una herramienta para procurar mayor estabilidad y calidad en el empleo. Sin embargo, las empresas sólo invertirán y generarán empleo en el sector privado cuando tengan expectativas de vender en el mercado sus servicios o productos. En plena recesión y con la demanda deprimida, abaratar el despido significa automáticamente mayor destrucción de empleo.
Y respecto a la calidad del empleo, no parece que las sucesivas reformas que han abaratado directa o indirectamente el despido e implantado una mayor desregulación laboral, arrojen un balance positivo en términos de estabilidad en el empleo. La precariedad laboral se ha conformado como un rasgo estructural de nuestro mercado de trabajo. Abaratar el despido podría significar añadir mayor inestabilidad a las relaciones laborales.
Reducir el coste del despido no va a procurar que nuestra economía sea más eficiente, ni más productiva, ni va a conseguir que el empleo que se cree, cuando se cree, sea de mayor calidad.
Las causas económicas establecidas en el marco legal como instrumento de extinción colectivo o por causas objetivas de contratos, son la puerta de entrada a la generalización absoluta de este mecanismo para el despido barato con tan solo 20 días de indemnización. Y en el caso de despido declarado improcedente, que también se ha abaratado, no es justo que la opción por la indemnización o la readmisión pertenezca al empresario.
Por todo ello, se presenta la siguiente
PROPOSICIÓN NO DE LEY
“El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a llevar a cabo las medidas legales oportunas para:
1.- Establecer que concurren causas económicas para objetivar la extinción de contratos de trabajo únicamente cuando de los resultados de la empresa se desprenda una progresiva evolución económica negativa que haya conducido a una situación de pérdidas y que impidan el desarrollo de la actividad de la empresa.
2.- Establecer que en el caso de despido declarado improcedente sea el trabajador el que pueda optar a la readmisión en su puesto de trabajo.
3.- Establecer que cuando el despido sea declarado improcedente el empresario, en su caso, deberá abonar una indemnización equivalente a 45 días de salario por año de servicio hasta un máximo de 42 mensualidades.
4.- Tipificar como un delito de desobediencia civil el incumplimiento por parte del empresario de los derechos del trabajador en el caso de despidos sin causa justificada.”
Madrid, 9 de enero de 2013
Palacio del Congreso de los Diputados
Fdo: Cayo Lara Moya Fdo: José Luis Centella Gómez
Presidente-Portavoz Portavoz Adjunto primero
G.P. IU, ICV-EUiA, CHA G.P. IU, ICV-EUiA, CHA
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