La Renta Garantizada de Ciudadanía y la Renta Básica
Artículos de
Opinión | Daniel Raventós · Sergi Raventós | 09-01-2013 |
En la
tercera semana de enero se solicitará a la Mesa del Parlamento nacional de
Cataluña que sea admitida a trámite la Iniciativa Legislativa Popular (ILP)
a favor de una Renta Garantizada de Ciudadanía (RGC). Se inicia el
procedimiento legal que diversas asociaciones, partidos y sindicatos empezaron
hace ya más de un año. Así que muy pronto se iniciará la campaña de recogida de
50.000 firmas para esta ILP. En este artículo se explica el contenido y el
contexto en el que está inmersa esta iniciativa, así como las grandes
diferencias que existen entre la RGC y la Renta Básica. Existe mucha confusión
al respecto y es necesario intentar explicar en qué consiste una y otra
propuesta.
Después de
las últimas elecciones en Cataluña, ya hay nuevo gobierno. Pocos cambios
destacables de caras y carteras. Siguen los principales hombres fuertes del
anterior gobierno. Se ha mantenido en el cargo de forma incomprensible Boi
Ruiz, el Conseller de Salut, a pesar de las movilizaciones habidas y que aún se
producen en la sanidad catalana en contra de las políticas de privatización
ejecutadas por quien fue dirigente de una de las patronales sanitarias.
Los cambios
tal vez más destacados se han dado en las carteras relacionadas con una de las
polémicas más agrias en los dos años de gobierno de Artur Mas: concretamente en
las de Bienestar Social y Empresa y Ocupación, que en el verano del 2011 se
encargaron de hacer el trabajo lamentable de recortar y restringir la Renta
Mínima de Inserción, la prestación que reciben algunos de los más pobres. Las
entidades sociales presentes en la comparecencia de los Consellers en el
Parlament para dar justificación de aquellas medidas, justamente unas semanas
después de eliminar el impuesto de sucesiones para disfrute de las rentas más
altas de poco más de 500 familias, aún recuerdan el papel ruin que jugaron los
exconsellers Cleries y Mena (1).
A un año y
medio de aquellas medidas inicialmente provisionales que luego fueron aprobadas
por Ley en el Parlamento de Cataluña el 14 de marzo del 2012 con los votos de
CiU y del PP, sin hacer caso de las entidades sociales y de los profesionales
que se dedican a trabajar con los más desfavorecidos, todos los indicadores que
tienen relación con la pobreza o riesgo de exclusión social son devastadores.
Según un
informe reciente de Intermón-Oxfam (2) en el Reino de España más de 12,7
millones de personas están en situación de pobreza y exclusión social, lo que
supone un 27% de la población y un aumento de 2,1 millones desde el año 2008.
De seguir esta tendencia, el número de personas pobres en una década podría
alcanzar los casi 18 millones, lo que significaría un 38% de la población. Y
cuando más se necesitan las partidas para hacer frente a semejante desastre
social, más se han recortado las partidas destinadas a fines sociales: hasta un
40% para el 2013 en los servicios sociales básicos, los destinados a los
Ayuntamientos para, entre otras prestaciones, proporcionar ayudas de
emergencia. En este mismo informe se constata que: 1) aumentan las personas que
viven bajo el umbral de la pobreza, aumentan los hogares con todos los miembros
activos en paro, sube la tasa de paro, se multiplican por tres las ejecuciones
hipotecarias entre el 2001 y el 2011, el número de personas que percibieron la
Renda Mínima de Inserción (RMI) se duplica entre el 2007 y el 2010; 2) la
pobreza se intensifica dado que el umbral de la pobreza cae, el paro de las
personas que aportan el ingreso principal del hogar se ha multiplicado por tres
entre 2007 y 2011, y el número de hogares con dificultades para llegar a final
de mes así como el de los que no disponen de ingresos, aumentan; 3) la pobreza
se cronifica con un 44% de las personas, como dato revelador, que acuden a
Cáritas demandando ayuda desde hace más de tres años o que el 50% de las
personas son "parados de larga duración" cuando en el 2007 eran un
22% las personas que llevaban más de 1 año buscando empleo.
La
publicación de los datos oficiales de desempleo registrado en el conjunto del
Reino de España del año 2012, con 4.873.723 personas (2.129.547 en el inicio de
la crisis en el 2007) apuntala más si cabe los datos mencionados en el informe
de Intermón-Oxfam.
La situación
en Cataluña
¿Qué ha
hecho el gobierno de CiU ante esta situación? Cuando vislumbró la situación de
alto desempleo y de agotamiento de las prestaciones de desempleo y el aumento
que experimentaron los expedientes de la RMI pasando de 25.864 destinatarios en
el año 2005 a 73.859 en el año 2010, la principal medida que adoptó fue
básicamente dificultar el acceso a esta prestación, restringiendo los criterios
y poniendo trabas para poder solicitar el último bote salvavidas de las
prestaciones existentes.
El
presupuesto de Bienestar Social en el 2011 se recortó un 4,6% y en el 2012 ha
sido congelado. ¿Es que ha mejorado la situación en estos últimos años? En
absoluto. La tasa del riesgo a la pobreza o exclusión social (tasa AROPE) es un
indicador de los objetivos de la Europa 2020 y por tanto seguido por la UE y
complementa el indicador de riesgo a la pobreza, ya que se considera también el
número de personas que viven en hogares con intensidad de empleo muy baja y el
de personas con privación material severa. Este indicador se ha presentado por
primera vez en el año 2011. Las cifras no pueden ser más contundentes: en el
año 2008 la tasa era del 18,71% y se ha pasado a un 25,52% en el 2011 (3).
Por lo que
respecta a otros indicadores en Cataluña no son nada halagüeños: los ingresos
medios netos de los hogares catalanes fueron de 26.418 euros, un 5,4% menos que
el año anterior. Los hogares con ingresos anuales inferiores a 14.000 han
aumentado un 9% y representan el 24% de la población. Otro dato catastrófico es
que la incidencia del riesgo de pobreza se ceba especialmente en los menores de
16 años donde se sitúa nada más y nada menos que en el ¡26,4%!
A todo esto
la población que no recibió ningún subsidio o prestación de paro en Cataluña en
el primer trimestre del 2012 fue de más de 530.000 personas. 646.956 son, con
los datos ya conocidos del año 2012, las personas en paro registradas
oficialmente.
Otra de las
medidas tomadas por el gobierno de Mas consistió en no pagar el pasado mes de
julio a los proveedores de los "conciertos con la administración", o
sea las entidades de servicios sociales, sanitarios, educativos, etc. que
proveen de servicios a la Generalitat de Cataluña. Una deuda que se
comprometieron a pagar a finales de año y que finalmente no han satisfecho,
afectando gravemente a la tesorería de cientos de entidades sociales sin afán
de lucro que sobreviven como pueden, lo que ha significado que algunas de ellas
hayan tenido que acudir a los Expedientes de Regulación de Empleo o incluso hayan
tenido que cerrar, con lo que ello significa de desatención a las personas
usuarias de estos servicios sociales.
La
Iniciativa Legislativa Popular (ILP) por una Renta Garantizada de Ciudadanía
Bastará con
un breve repaso de lo que han supuesto los cambios y la importancia que tienen.
La RMI dejó de ser un derecho subjetivo y, para optar a poderla solicitar, se
piden una serie de requisitos muy exigentes: ha pasado a vincularse a la
disposición de presupuesto económico, no se actualiza en función del IPC, no
puede superar el Salario Mínimo Interprofesional, se fija un período máximo de
5 años para percibirla, en la que quedan fuera las personas que
"sólo" presenten una problemática de pérdida de empleo y no acrediten
una dificultad social añadida, se alarga de 1 a 2 años la residencia continuada
para percibirla, etc.
Así pues la
RMI quedó completamente mutilada por el gobierno de derechas de CiU y a pesar
de las protestas de muchas entidades, servicios sociales, sindicatos y otros
agentes sociales, estos cambios se incorporaron a la Ley de medidas fiscales y
financieras aprobadas en la sesión del Parlament del 14 de marzo del 2012.
Con toda
esta situación de fondo, desde algunos partidos, sindicatos y asociaciones
(entre otros: Red Renta Básica, CCOO, UGT, Justícia i Pau, ATTAC, ERC, ICV,
EUiA, PSC…) se empezó a organizar una respuesta planteando la propuesta de una
Renta Garantizada de Ciudadanía, tal como reconoce el artículo 24.3 del
Estatuto de Cataluña: "las personas o las familias que se encuentran en
situación de pobreza tienen derecho a acceder a una renta garantizada de
ciudadanía que les asegure los mínimos de una vida digna, de acuerdo con las
condiciones que legalmente se establecen." Un Estatuto que, hay que
recordar en los tiempos que corren, votó en referéndum el 18 de junio del 2006
el pueblo de Cataluña.
La gestación
de la ILP es un trabajo que ha llevado muchos meses de preparación desde el
inicio del proceso a finales del 2011. La ILP por una RGC iniciará la recogida
de firmas durante los siguientes cuatro meses después de que entre en el
Parlament de Cataluña. Las entidades, sindicatos y colectivos que dan apoyo a
esta ILP tendrán que hacer un esfuerzo importante para conseguir más de 50.000
firmas válidas.
La RGC tal
como se recoge en los diferentes artículos de la propuesta de Ley tiene que
asegurar los mínimos de una vida digna a las personas y a las familias o
núcleos de convivencia que se encuentran en situación de pobreza. Es un derecho
subjetivo de todas las personas y no estará condicionada a ningún tipo de
actividad de inserción laboral o social, sin perjuicio del derecho de las
personas titulares de participar y en ningún caso se puede condicionar a
razones de carácter presupuestario.
Tendrán
derecho las personas que reúnan los siguientes requisitos: a) que acrediten una
edad como mínimo de 18 años, excepto menores emancipados; b) que estén viviendo
legalmente en Cataluña, y c) que acrediten residencia continuada en Cataluña
durante un mínimo de 12 meses.
El indicador
que marca la cuantía es el de la renta de suficiencia de Cataluña que cada año
tiene que fijar la Ley de Presupuestos de la Generalitat. Actualmente equivale
a unos 664 euros al mes. Se contempla una suma adicional que será igual a
multiplicar por el 70% de la anterior cantidad el número de personas que
conviven en el núcleo familiar. Así, en el caso de 2 personas, sería de 1.129
euros/mes, en el caso de 3 personas de 1.594 euros/mes, etc.
El derecho a
recibir la RGC lo es por el tiempo en que se acredite la situación de necesidad
y el cumplimiento de los diferentes requisitos. Asimismo hay que renovar la
demanda cada 2 años necesariamente y sin perjuicio de la obligación permanente
de las administraciones públicas responsables de hacer las comprobaciones
pertinentes.
En el
capítulo de las obligaciones del titular: consistirán en comunicar los cambios
de situación personal o familiar, no perder de forma voluntaria otra prestación
o ayuda que se pueda estar cobrando en el momento de acceder a cobrar la RGC,
facilitar la tarea de las personas que tienen que evaluar la situación del
demandante y colaborar con ellas, responder a los requerimientos que hagan las
administraciones competentes, mantenerse inscrito como demandante de ocupación
y no rechazar una oferta de trabajo adecuada, que tendrá que adecuarse a la
profesión y a las titulaciones académicas o profesionales de la RGC y habrá de
respetar su dignidad, y siempre que la retribución no se vea minorada como
consecuencia de los gastos de movilidad o de otra naturaleza que supongan la
aceptación de la oferta de trabajo. También tiene que encontrarse de forma
permanente en Cataluña durante el tiempo en que se cobre la prestación
económica, aunque no computen como ausencias las que interrumpan la continuidad
si han sido comunicadas al órgano pertinente, que no superen un mes en un
período de 12 meses.
El derecho
quedará suspendido por haber obtenido un trabajo de carácter temporal que
conlleve unos ingresos económicos que sitúen a la persona o al núcleo familiar
o de convivencia por encima del umbral del Indicador de suficiencia (unos 664
euros actualmente, como queda dicho), o por no atender de forma injustificada
los requerimientos del órgano gestor. En este caso puede suspenderse durante
dos meses y si sigue el beneficiario sin atender los requerimientos se
suspenderá definitivamente. Y otro motivo de suspensión se da si no tramita
cualquier otra prestación económica, contributiva o no contributiva, a la cual
se pueda tener derecho, sea cual sea la cuantía.
La propuesta
de la RGC como puede observarse mejora sustancialmente la RMI que ha dejado el
actual gobierno de derechas de Cataluña, con un importe individual que
prácticamente es de la misma cuantía que el máximo que reconoce la RMI para una
familia numerosa, que siempre será inferior al salario mínimo interprofesional,
de 641 euros en el 2012. La RGC propuesta está muy por encima de la mayoría de
RMI existentes de las diversas Comunidades Autónomas del Reino de España, ya
sea en cuanto a recuperar un derecho subjetivo y no arbitrario o a disposición
de presupuesto, ya sea por tratarse de una renta que está en el nivel de la
renta de suficiencia de Cataluña (unos 664 euros) y por el hecho que se perciba
el tiempo que dure la situación de falta de ingresos.
Debido a la
mejora que supondría respecto a lo actualmente existente y por la situación
cada vez más masiva de falta de ingresos de miles de familias, apoyamos sin
ninguna duda esta ILP. Pero también sabemos que algunas de las entidades y
sindicatos que dan apoyo a esta propuesta no apoyarían una Renta Básica (RB),
una asignación monetaria incondicional a toda la población (lo que, como ya
resulta odioso tener que repetir a estas alturas pero muy necesario ante
algunas confusiones voluntarias o involuntarias, no significa que todo el mundo
gane con una RB, puesto que los ricos deberían pagar mucho más de lo que
recibirían como RB). Parte de los motivos por los que algunas personas o
asociaciones o sindicatos no apoyan la RB se debe al insuficiente conocimiento
de esta propuesta.
¿En qué se
diferencia una RB de una RGC?
En muchos
puntos. Creemos que la RB es una propuesta mucho más interesante que la RGC.
Explicaremos a continuación algunas de las razones. Son argumentos conocidos
por las personas partidarias de la RB, pero no, al menos con el mismo grado,
por las que no defienden esta propuesta.
La RGC es un
subsidio condicionado. Para recibirlo, tal como hemos expuesto, deberían
cumplirse una serie de condiciones. Puede tratarse de condiciones más o menos
exigentes, más o menos generosas, pero son condiciones. Esto supone unos costes
administrativos muy altos en proporción al presupuesto general del programa
condicionado. En cambio, la RB representa una simplificación administrativa
envidiable como hasta han venido a reconocer algunos de sus críticos. Resulta
obvio que esta característica de la RB, la ausencia casi absoluta de costos
administrativos, puede ser de vital importancia en la perspectiva de una
efectiva racionalización de las políticas sociales y de redistribución de la
riqueza.
La RB se
garantiza ex-ante, la RGC, en caso de poder tener acceso a ella, ex-post. Esta
característica convierte a la RB en una medida esencialmente preventiva de la
exclusión. Sobre la RGC, por razones evidentes, no puede afirmarse lo mismo.
La RB
permite eludir las llamadas trampas de la pobreza y del paro. Estas trampas
aparecen por el hecho que las cantidades monetarias de los subsidios
condicionados, como es el caso de la RGC, no son acumulativas (con esto
queremos decir que son subsidios complementarios a una renta ya existente y
hasta un umbral establecido). De aquí la inexistencia de estímulos para aceptar
ocupaciones a tiempo parcial o de cualquier remuneración. Técnicamente lo
podemos expresar de la siguiente manera: el tipo impositivo marginal que se
aplica a la RGC es del 100%, es decir, se pierde completamente, en la mayoría
de casos, la referida RGC en caso de percepción de otra fuente de renta. Las
trampas de la pobreza y del paro, dicho rápidamente, aparecen cuando la
percepción de los beneficios, fiscales o de otro tipo, se encuentra
condicionada a la verificación, por parte de las autoridades, de la suficiencia
de los ingresos recibidos dentro del mercado laboral. A diferencia de la RGC,
la RB no constituye un techo, sino que define sólo un nivel básico, a partir
del cual las personas pueden acumular cualquiera otro ingreso. Además, como
también se ha argumentado detenidamente en otros lugares (4) la RB podría ser
en muchos casos un estímulo para desarrollar trabajos remunerados, mientras que
los subsidios condicionados no sólo no suponen este incentivo sino que
representan todo lo contrario.
Por añadir
otra consideración final. Si bien en condiciones de crisis y de paro masivo
como en la actualidad esta razón queda más debilitada, la RB permite evitar los
daños psicológicos y morales vinculados a la estigmatización social del
perceptor de un subsidio condicionado como es la RGC. Como hemos dicho en
anteriores ocasiones (5), lo que debe garantizar toda sociedad es el
"primer derecho", el de la existencia. Simplemente por el hecho de
pertenecer a la ciudadanía (o de disponer de residencia acreditada), sin
razones adicionales.
RB, RGC y
crisis
En una
situación de crisis económica de una magnitud sin muchas comparaciones
históricas posibles, situación que está siendo utilizada para atacar
sistemáticamente las conquistas históricas del llamado Estado de Bienestar, es
muy pertinente la interrogación acerca del realismo comparado entre una RGC y
la RB. Como reconocía hace pocas semanas un ponente en una mesa dedicada la
presentación de la ILP sobre la RGC, "la RB va mucho más allá que la
RGC". ¿Es por ello menos realista la RB que la RGC en la situación actual?
En nuestra opinión, lo que puede hacer a la RGC o a la RB "realistas"
es la capacidad de generar fuerzas sociales que movilicen en su favor. Ambas
propuestas son, hoy por hoy, de resistencia.
Dicho lo
cual, creemos necesario añadir que en unos momentos en los que las agresiones a
las condiciones de vida y de trabajo de la población son más veloces y graves,
en donde la configuración política de los mercados se diseña de forma
abiertamente favorable a los más ricos (6), la propuesta de la RB es más
necesaria aún que en situaciones de bonanza económica. Una propuesta como la de
la RB motiva los espasmos y diatribas más duros por parte de la derecha (y
también de alguna izquierda, para qué negarlo). Aunque sea a costa de la
verdad. "La verdad no es la moneda de cambio que la derecha recalcitrante
emplea, lo suyo son las impresiones terroríficas (que pueden emplearse para
seguir impulsando la apropiación de la riqueza pública por manos
privadas)" (7), pero, por el momento, las "impresiones
terroríficas" van ganando. Hemos apuntado más arriba unos pocos datos de
las consecuencias sociales de la crisis económicas que entra en su sexto año. Y
también apuntamos hace ya algún tiempo, después de desencadenarse la crisis
(8), las razones por las que la RB es más pertinente aún en una situación así
que en una de bonanza económica.
Aún con el
riesgo de ser repetitivos, creemos que es oportuno resumir estas razones:
1) La
pérdida involuntaria del empleo provoca una situación de gran inseguridad
económica y vital. Perder el puesto de trabajo, pero disponer de una RB
supondría afrontar la situación de forma menos angustiosa. La RB puede ser, por
tanto, un factor de protección para la salud (9). En una situación de crisis,
en donde la cantidad de desempleo es mucho mayor y más prolongada, el acceso a
una RB cobra mayor importancia social. Más aún con la creciente debilidad o
directa inexistencia de subsidios de desempleo. Lo que hoy es transitorio e
inestable es el empleo mismo (y especialmente el empleo de calidad).
2) Si en un
marco de debilitamiento de los instrumentos de organización y representación de
la clase trabajadora, sumamos los impactos negativos del desempleo, la
precariedad laboral y los ajustes en los Estados de Bienestar, el resultado es
que cada vez son más los trabajadores y trabajadoras que quedan sin
representación sindical. La RB podría cumplir un papel muy importante en la
recomposición del interés colectivo de la clase trabajadora y en las luchas de
resistencia tanto para quienes cuentan con representación organizada como para
quienes están mal librados a una lucha personal. En la crisis se puede observar
perfectamente que la RB no es una alternativa sustitutiva del salario y no
debilita la defensa de los intereses de la clase trabajadora, sino que aparece
como un instrumento que fortalece la posición de toda la fuerza de trabajo
tanto en el mismo puesto de empleo como en la propia búsqueda de ocupación. La
RB podría permitir unificar la lucha de la clase trabajadora en torno a un
derecho universal que beneficiaría a buena parte de la ciudadanía no importa
cuál fuera la situación de su actividad específica, al tiempo que daría mucho
más aire para resistir los ajustes sobre las condiciones de trabajo o sobre el
propio nivel de empleo. Además, la RB supondría, en caso de huelgas, una
especie de caja de resistencia incondicional cuyos efectos para el
fortalecimiento del poder de negociación de trabajadoras y trabajadores son
fáciles de evaluar.
3) También
la RB posibilitaría la reducción del riesgo a las personas que hubieran
emprendido proyectos de auto-ocupación. En una situación de crisis económica
como la actual, la RB, además de suponer un instrumento que facilitaría las
tareas de auto-ocupación, incluso la organización cooperativa de sus
beneficiarios, representaría una mayor garantía para poder hacer frente, aunque
fuera parcialmente, a quienes no tuvieran éxito con su pequeño negocio.
4) Una de
las consecuencias más señaladas de la RB sería la gran mitigación de la
pobreza. Inclusive permitiría de manera realista plantearse su efectiva
erradicación. No sólo posibilitaría sacar a millones de personas de la pobreza,
sino que construiría un soporte de protección para no recaer en ella.
5) Un tema
muy debatido frente a la crisis es la necesidad de sostener el consumo de la
población. De hecho, muchas familias tuvieron en los años del boom una capacidad
de consumo por encima de sus ingresos laborales gracias a la inflación de
precios de activos financieros y de créditos, especialmente hipotecarios pero
también de consumo. Este consumo por endeudamiento de las familias no favorece
a los grupos más pobres. Además, con las políticas de recortes y austeridad no
sólo se terminan esos ingresos extras sino que los reducidos ingresos laborales
tendrán que utilizarse en parte para pagar la deuda acumulada. La RB es sin
dudas un estabilizador del consumo fundamental para sostener la demanda en
tiempos de crisis, especialmente para los grupos más vulnerables, y de este
modo evita la ampliación de las brechas de desigualdad económica y social. En
un mundo como el actual, donde la acumulación privada de grandes fortunas
convive con la más absoluta de las miserias, la libertad para centenares de
millones de personas está seriamente disminuida por la urgencia de encontrar
cualquier medio para sobrevivir. La RB aparece como un mecanismo institucional
que sería capaz de garantizar al conjunto de la ciudadanía (y a los residentes
acreditados) la existencia material.
Por decirlo
con nuestro amigo mexicano Alejandro Nadal: "Mientras la peor crisis en la
trágica historia del capitalismo sigue su marcha, los poderes establecidos
aprovechan la coyuntura para arremeter contra lo que queda del estado de
bienestar" (10). La ILP por una RGC es una medida necesaria de resistencia
ante esta ofensiva, y por este motivo debe ser apoyada sin condiciones.
Afirmado lo cual, no dudamos lo más mínimo en señalar que la RB es una
propuesta más idónea para hacer frente a esta situación.
NOTAS:
(1) Véase, Sergi
Raventós, "Los más pobres ahora en el punto de
mira del gobierno de Catalunya", Sin
Permiso, 4-9-2011. (2) Crisis, desigualdad y pobreza. Informe
de Intermón Oxfam, núm.32, diciembre 2012. (3) www.idescat.cat (4) Por ejemplo en Daniel Raventós, Las
condiciones materiales de la libertad, El Viejo Topo, Barcelona, 2007. (5)
Por ejemplo en Daniel Raventós, "Con
crisis o sin ella, con déficit o con superávit, el primer derecho debe ser el
de la existencia".
Entrevista, Sin Permiso, 11-3-2012. (6) Véase, Daniel Raventós,
"La
configuración política actual de los mercados hace a los muy ricos cada vez más
ricos", Sin Permiso, 30-9-2012. (7)
Yanis Varoufakis, El Minotauro global, Capitán Swing, Madrid, 2012, p.
301. (8) Rubén Lo Vuolo, Daniel Raventós y Pablo Yanes, "El
Ingreso Ciudadano-Renta Básica ante la crisis económica y los ataques a los
derechos sociales y laborales",
Sin Permiso, 12-9-2010. (9) Sergi Raventós, "Crisis,
salud mental y renta básica" en David Casassas y Daniel Raventós
(eds.): La renta básica en la era de las desigualdades, ed.
Montesinos, Barcelona, 2011. (10) Alejandro Nadal, "De Keynes a
Roosevelt: reparar el mal", La Jornada, 2-1-2013.
Daniel Raventós
es profesor de la Facultad de Economía y Empresa de la
Universidad de Barcelona, miembro del Comité de Redacción de sinpermiso y presidente de la Red Renta Básica. Es miembro del comité científico de ATTAC. Su último libro es ¿Qué
es la Renta Básica? Preguntas (y respuestas) más frecuentes (El Viejo Topo, 2012). Sergi Raventós trabaja
en una fundación de salud mental. Es miembro del colectivo Dempeus per la
salut pública. Forma parte de la comisión promotora de la Iniciativa
Legislativa Popular por una Renta Garantizada de Ciudadanía como representante
de la Red Renta Básica.

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