jueves, 17 de enero de 2013

“LA LEY DE TASAS VULNERA EL DERECHO A LA TUTELA JUDICIAL EFECTIVA RECONOCIDA EN LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA”



Piden a la Defensora del Pueblo que promueva recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Tasas
España | Tercera Información | 17-01-2013 |

CCOO, UGT, CSIF y USO, miembros de la Plataforma Justicia para Todos, junto a representantes del Consejo General de la Abogacía y el Consejo de Consumidores y Usuarios, pidieron el martes a la Defensora del Pueblo que promueva recurso de inconstitucionalidad contra la Ley de Tasas por considerar que regula determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, por considerar que vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva reconocida en el artículo 24.1 de la Constitución española.
Además de ratificar los motivos de inconstitucionalidad ya invocados por el Consejo General de la Abogacía de España y por el Consejo se Consumidores y Usuarios, CCOO, UGT, CSIF y USO consideran que si bien trabajadores y beneficiarios del sistema de Seguridad Social están exentos del pago de tasas en la interposición de los recursos de suplicación y casación por gozar del beneficio legal de justicia gratuita, la Ley 10/2012 ha introducido en el artículo 4 una alusión de la que resultaría que en el Orden Social no se aplicarían las exenciones, y el único tratamiento que mitigaría el pago de la tasa en el Orden Social sería la reducción del 60% en su cuantía y sólo para los trabajadores autónomos o por cuenta ajena, y no otros sujetos, incluidos los sindicatos o las representaciones colectivas de los trabajadores en la empresa, que estarían en todo caso sujetos al pago íntegro de la tasa.
Los sindicatos consideran que la Ley 10/2010 también vulnera el derecho de libertad sindical reconocido en el artículo 28.1 de la Constitución, y piden a la Defensora del Pueblo, que además de que decida la interposición del recurso de inconstitucionalidad inste la intervención del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, del Ministerio de Justicia y del Consejero General del Poder Judicial, en relación con los criterios de interpretación y aplicación de la ley 10/2012.

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