martes, 18 de junio de 2013
Si
no ocurre nada no previsto, el miércoles 19 de junio, el Pleno del Tribunal
Constitucional elegirá a Francisco Pérez de
los Cobos Orihuel como su noveno Presidente desde su constitución.
Ese día, aunque algunos de los 12 magistrados mirarán para otro lado y harán de tripas corazón, es probable que la mayoría conservadora y la minoría progresista acabarán poniéndose de acuerdo en el desacuerdo. Total, pelillos a la mar. Por una Vicepresidencia con nombre de magistrada, piensa algunos, merece la pena, incluso, relajar los principios y ceder aunque sea a costa de pasar pasajeramente un mal rato.
Ese día, aunque algunos de los 12 magistrados mirarán para otro lado y harán de tripas corazón, es probable que la mayoría conservadora y la minoría progresista acabarán poniéndose de acuerdo en el desacuerdo. Total, pelillos a la mar. Por una Vicepresidencia con nombre de magistrada, piensa algunos, merece la pena, incluso, relajar los principios y ceder aunque sea a costa de pasar pasajeramente un mal rato.
En cualquier caso, los de la mayoría con esa certeza que da
saber que lo son y que además el gobierno certifica, perciben con acierto y
entusiasmo que Pérez de los Cobos es uno de los suyos y seguro que
no les defraudará. Los segundos, diezmados y con síntomas de división interna,
se recrean en el mal menor que supone que el nuevo Presidente sea menos
agresivo, menos pintoresco y más y mejor formado que por ejemplo el inefable Francisco
José Hernando, un magistrado por el 4º turno que en lo único que coinciden
sus hooligan y sus detractores, es que finalizó en tiempo y forma sus estudios
de Derecho.
Pero, sin duda, unos y otros, sí en algo están de acuerdo es en
cerrar una triste página para abrir otra que les haga olvidar la cadena de
despropósitos que como comentamos en la primera parte de esta crónica supuso el desempate
para declarar idóneo al genovés Enrique López López, logrado in extremis
gracias al voto de calidad del Presidente saliente entregado a su particular
viaje a ninguna parte.
También, unos y otros, sin excepción, saben, incluido su flamante
candidato conservador a la Presidencia que sobre su elección planea un hecho
cierto que en cualquier otro país de la vieja Europa, de usos y costumbres
democráticas, le pondría y les pondría en serios apuros para optar a la
Presidencia, incluso en rigor para evitar no ser sancionado.
Sobre las dudas más que razonables que existen sobre si ha
cumplido o no fielmente con sus obligaciones como magistrado, nuestros lectores
han sido reiteradamente informados. Para los recién llegados, además de sugerirles que pinchen este enlace y se pongan en
antecedentes, la situación a fecha de hoy es la siguiente:
1º ) El 2 de abril del 2012, el Consejo de
Administración de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), decide nombrar a Francisco Pérez de
los Cobos Orihuel como uno de los 20 miembros de la
Comisión de Expertos en Aplicaciones de Convenios y Recomendaciones. Por vez primera desde su creación, un magistrado del Tribunal
Constitucional del Reino de España, pasaría a compatibilizar durante
los próximos 3 años su trabajo exclusivo y excluyente en el alto tribunal con
un puesto de experto en una Agencia de las Naciones Unidas.
2º) El nuevo titular de esta Comisión hizo valer en su CV que
desde un año antes, 11 de enero del 2011 era Magistrado del Tribunal
Constitucional de España, tras su elección a
propuesta del PP por el Senado en Diciembre del 2010.
3º) Su nombramiento en la OIT se lleva a cabo con una celeridad
sin precedentes, en poco más de 4 meses lo que choca frontalmente con los
sosegados ritmos que presiden esa Organización. Los más y mejor informados no
tienen la más mínima duda que el gobierno de Rajoy y la CEOE, con fuerte
representación en esta Organización, han movido Roma con Santiago para agilizar
los tramites burocráticos, negociaciones y contrapartidas que fueran
necesarios para batir ese record mundial.
4º) A lo largo de este año que ha compatibilizado la doble
condición de magistrado y experto se ha producido un hecho de suma gravedad que
cualquier observador puede constatar. Según las actas de las votaciones del
Pleno del Tribunal Constitucional celebrado durante los días 27,28 y 29 de
noviembre de 2012, el magistrado Pérez de los Cobos figura como ausente de los
debates y votaciones de diversos asuntos que se incluyeron en el orden del día
de ese Pleno. Se aprobaron varias cuestiones y recursos de
inconstitucionalidad así como varios conflictos
positivos de competencia. En todos estos asuntos como se puede confrontar en este
enlace figura expresamente que “ no deberá constar el Excmo. Sr. Pérez de
losCobos “. Es decir que todo apuntaba a que estaba ausente. También figura que en algunos de estos asuntos, “ no
deberá constar “ igualmente el entonces Vicepresidente del Tribunal,
Ramón Rodríguez Arribas que esos días se encontraba participando en un
Seminario Internacional en Rabat , representando al propio Tribunal, tal
como se informaba en su web. Nada se dice sobre el paradero, por desconocido,
de Pérez de los Cobos.
5º ) Como es publico y notorio, y como tal se incluye en el
Diario Oficial de la OIT, la Comisión de Expertos
en Aplicaciones de Convenios y Recomendaciones se reúne en Ginebra
durante 15 días en régimen prácticamente de internado durante la última semana
de los meses de noviembre y la primera de diciembre. En el año 2012 estuvieron
reunidos desde el 21 de noviembre al 7 de diciembre, ambos inclusive. Como es
natural, la OIT se hace cargo de los gastos de viaje, alojamiento y
manutención. Cuentan las crónicas que para atender estos menesteres no son
especialmente rácanos los anfitriones. Más bien lo contrario. Esas mismas
crónicas aseguran que Pérez de los Cobos se trasladó a Ginebra en
su calidad de Experto de la citada Comisión
6ª ) Todos y cada uno de los especialistas consultados sobre el
régimen vigente de incompatibilidades para jueces y magistrados, entre los que
se encuentran incluidos los miembros del Tribunal Constitucional, coinciden que
no es posible que pueda compatibilizarse ambas responsabilidades Sostienen que
se entraría en conflicto con los supuestos previstos en el art.19 de la L.O
que regula el Tribunal Constitucional y con los art. 389 a 397 de la
Ley Orgánica del Poder Judicial. Los
expertos consultados no tienen la menor duda que a Pérez de los Cobos le
es aplicable especialmente el Art. 389, apartado 7º de la Ley 6/1985
que establece que declara a los magistrados y jueces incompatibles con todo
tipo de asesoramiento jurídico, sea o no retribuido.
7º ) Hechas estas consideraciones, como otras veces hemos
señalado, nadie discute que Pérez de los Cobos es un prestigioso
Catedrático de Derecho del Trabajo. Pero no por ello, si, finalmente sale
elegido Presidente del Tribunal Constitucional, incluso aunque rápidamente
dimita de su condición de miembro de esa Comisión de Expertos, quedarán
definitivamente resueltas las dudas que acabamos de señalar. Los magistrados
que le voten lo saben bien y son y serán, en última instancia, los únicos responsables
de su elección. Y será entonces, tarde sin duda, cuando los más ingenuos y
mejor pensados podrán valorar en sus justos términos lo que supone ser
indiferente cuando no complacientes ante aquellos genoveses con toga que no
dudan en atravesar la delgada línea roja entre lo compatible y lo que no lo es,
entre lo ético y lo no ético, entre una dedicación exclusiva y una compartida. Y
es que en este asunto, todo es verde y con asas.
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