LA JUSTICIA VALIDA EL PRIMER GRAN ERE EN LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
AFECTA
A 77 TRABAJADORES DE LA EXTINGUIDA AGENCIA PEDRO LAÍN ENTRALGO
El
presidente de la Comunidad de Madrid, Ignacio González (EFE)
Daniel Forcada 21/06/2013
(06:00)
La justicia acaba de validar por ajustado a derecho el primer gran
expediente de regulación de empleo (ERE) acometido en una Administración
pública de acuerdo con la nueva reforma laboral. Se trata del
llevado a cabo en la Agencia para la Formación, Investigación y Estudios
Sanitarios Pedro Laín Entralgo, de la Comunidad de Madrid, extinguida
por decisión del Gobierno autonómico el pasado 1 de enero, y que afectó a 77
de sus 105 trabajadores.
La sección 6 de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba
de desestimar la demanda interpuesta por los sindicatos y el comité de empresa
contra el despido colectivo acometido por la Consejería de Sanidad de Madrid.
En su sentencia, el órgano entiende que se han acreditado por parte de la
Administración causas de tipo económico por un supuesto de insuficiencia
presupuestaria y que, según la redacción definitiva de la reforma laboral de
Fátima Báñez, la empresa, representada por Fernando Vizcaíno, del despacho
Jiménez de Parga Abogados, no tiene la necesidad de “justificar” la
afectación a la viabilidad de la misma o a la capacidad de mantener el empleo
las razones económicas aducidas para el ERE. Por ello, señala la sentencia,
“queda claro que el control judicial de estos despidos debe ceñirse a una
valoración sobre la concurrencia de unos hechos: las causas”.
Lo realmente llamativo de esta decisión, aparte de que da vía libre al
primera ERE en la Administración, es que contradice la sentencia dictada por la
sección 4 de lo social del mismo tribunal en el caso del ERE de Telemadrid,
que se declaró improcedente.
El pasado 9 de abril, el TSJM propició un duro varapalo al Gobierno
regional de Ignacio González al declarar improcedente el ERE de la televisión
pública. La medida elevó la indemnización a los trabajadores hasta los 45
días por año trabajado, lo que suponía, para la Comunidad de Madrid, unos
100 millones de euros. En su argumentación, la sala exponía que “resulta
evidente que una situación económica negativa, cualquiera y por sí misma no
basta para justificar los despidos de 925 trabajadores de una plantilla total
de 1161. Es necesario acreditar algo más, que esa situación, que no es
nueva, actúe sobre la plantilla de la empresa creando la necesidad de reducir
los números de puestos de trabajo propuestos o provocando un cese total de la
actividad, y que las medidas extintivas respondan a esa necesidad”.
En el caso de la agencia Pedro Laín Entralgo, creada en 2001 para
la formación continua de médicos, enfermeras y demás personal sanitario, el
ERE se ha basado en un supuesto de insuficiencia presupuestaria que se
prolongó durante los ejercicios 2010 a 2012. Las aportaciones de la
Comunidad de Madrid a la agencia cayeron en un 25,12% en tres años, mientras
que, por otro lado, los resultados de los ejercicios de los años 2010 a 2012
arrojaron los siguientes datos: 3.014,57 euros en 2010; -7.145.009 euros en
2011; y -3.378.463 euros a fecha de septiembre de 2012.
La sentencia, firmada por los magistrados Enrique Juanes, Luis Lacamba y
Benedicto Cea, señala textualmente que “por decisión expresa del legislador
claramente patente en el texto legal y explicada en la Exposición de Motivos,
se ha omitido el llamado juicio de razonabilidad, cuya justificación no puede
ya exigirse a la empresa”.
Una vez extinguida la agencia, la Consejería de Sanidad ha continuado
desarrollando las tareas y atribuciones que esta entidad tenía atribuidas.
El personal fijo de la agencia que no ha sido afectado por el ERE se ha
integrado, igualmente, en una de las direcciones generales de la
Consejería.
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