sábado, 1 de marzo de 2014

LA REFORMA DE LAS PENSIONES ES CONSTITUCIONAL, SEGÚN EL CONSELL DE GARANTIES

El Consell de Garanties Estatutàries ha declarado constitucional por unanimidad la reforma de la ley reguladora del factor de sostenibilidad y el índice de revaloración del sistema de pensiones de la Seguridad Social aprobada por el Gobierno central, vigente desde el 1 de enero de 2014, que sustituye al IPC y tendrá en cuenta tanto la inflación como los ingresos y gastos de la Seguridad Social en un periodo de once años.
EUROPA PRESS - BARCELONA
28/02/2014 - 19:38h
El dictamen es consecuencia del recurso presentado por ERC, que consideraba que la norma vulneraba el principio de seguridad jurídica, el de igualdad y ponía en riesgo las pensiones futuras.
La reforma introduce por primera vez un suelo de revalorización del 0,25% y un techo del IPC más 0,5%, y a partir de 2019 la cuantía inicial de la pensión se calculará teniendo en cuenta la esperanza de vida en ese momento, aplicando para ello un nuevo factor de sostenibilidad.
Según el dictamen, hay artículos de la Constitución que contienen "la garantía institucional del sistema público de la Seguridad Social y el principio de suficiencia económica de los ciudadanos mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas", y constituyen mandatos dirigidos a los poderes públicos para que abastezcan a la ciudadanía de determinadas coberturas y prestaciones esenciales del Estado social proclamado en la misma Carta Magna.
También apunta que, en base a la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC), hay que adoptar en las diferentes etapas y momentos históricos las medidas normativas y acciones ejecutivas que hagan posible el mantenimiento del sistema con pleno respeto a los mandatos constitucionales.
Sobre las dudas de ERC sobre el nuevo mecanismo de cálculo de las pensiones, el Consell de Garanties establece que el legislador estatal dispone de la capacidad de configurarlo tomando las variables que considere "más idóneas, tanto desde el punto de vista político como técnico", para asegurar la viabilidad del sistema dentro de la Constitución, y ha constatado que la mayoría de estados europeos tienen en cuenta el incremento de la esperanza de vida de la ciudadanía para calcular el importe de las pensiones.
Tampoco aprecian ningún trato diferenciado entre hombres y mujeres --y hasta apuntan que con la mayor esperanza de vida de las mujeres pueden salir "ligeramente" beneficiadas por la nueva regulación-- ni ven motivos para concluir que la ley vulnera el principio de seguridad jurídica.

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