El Consell de Garanties Estatutàries ha declarado constitucional por
unanimidad la reforma de la ley reguladora del factor de sostenibilidad y el
índice de revaloración del sistema de pensiones de la Seguridad Social aprobada
por el Gobierno central, vigente desde el 1 de enero de 2014, que sustituye al
IPC y tendrá en cuenta tanto la inflación como los ingresos y gastos de la
Seguridad Social en un periodo de once años.
EUROPA
PRESS - BARCELONA
28/02/2014
- 19:38h
El dictamen es consecuencia del
recurso presentado por ERC, que consideraba que la norma vulneraba el principio
de seguridad jurídica, el de igualdad y ponía en riesgo las pensiones futuras.
La reforma introduce por
primera vez un suelo de revalorización del 0,25% y un techo del IPC más 0,5%, y
a partir de 2019 la cuantía inicial de la pensión se calculará teniendo en
cuenta la esperanza de vida en ese momento, aplicando para ello un nuevo factor
de sostenibilidad.
Según el dictamen, hay
artículos de la Constitución que contienen "la garantía institucional del
sistema público de la Seguridad Social y el principio de suficiencia económica
de los ciudadanos mediante pensiones adecuadas y periódicamente
actualizadas", y constituyen mandatos dirigidos a los poderes públicos
para que abastezcan a la ciudadanía de determinadas coberturas y prestaciones
esenciales del Estado social proclamado en la misma Carta Magna.
También apunta que, en base a
la jurisprudencia del Tribunal Constitucional (TC), hay que adoptar en las
diferentes etapas y momentos históricos las medidas normativas y acciones
ejecutivas que hagan posible el mantenimiento del sistema con pleno respeto a
los mandatos constitucionales.
Sobre las dudas de ERC sobre el
nuevo mecanismo de cálculo de las pensiones, el Consell de Garanties establece
que el legislador estatal dispone de la capacidad de configurarlo tomando las
variables que considere "más idóneas, tanto desde el punto de vista
político como técnico", para asegurar la viabilidad del sistema dentro de
la Constitución, y ha constatado que la mayoría de estados europeos tienen en
cuenta el incremento de la esperanza de vida de la ciudadanía para calcular el
importe de las pensiones.
Tampoco aprecian ningún trato
diferenciado entre hombres y mujeres --y hasta apuntan que con la mayor
esperanza de vida de las mujeres pueden salir "ligeramente" beneficiadas
por la nueva regulación-- ni ven motivos para concluir que la ley vulnera el
principio de seguridad jurídica.
Fuente: http://www.eldiario.es/
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