Los expertos recuerdan que las
empresas que dan de baja a sus trabajadores en vacaciones para ahorrarse su
sueldo pueden ser multadas con 6.200 euros por empleado. No hay datos oficiales
de cuántas personas se ven afectadas por esta práctica ilegal.
EFE Madrid
03/08/2013 12:39 Actualizado: 03/08/2013 13:31
Trabajadores de una fábrica de bicicletas.
Algunas empresas
despiden a sus empleados durante las vacaciones de agosto, ahorran ese mes de
salario, que es sufragado por las prestaciones por desempleo, y vuelven a
contratarles en septiembre, una práctica que es ilegal según recuerda un
informe del despacho de abogados Jausas.
Jausas
explica que los servicios de inspección de la Seguridad Social persiguen
estas prácticas desde su regulación en el plan de acción de 2006 por lo que
las empresas que las realizan, debido en su mayoría al desconocimiento de la
legislación vigente, deben evitarlo a fin de no sufrir las consecuencias
negativas que acarrean.
En el
informe Las vacaciones de los trabajadores: respuestas a las cuestiones más
frecuentes se explican algunas de las irregularidades que cometen las
empresas y que según el despacho de abogados, son "casi un problema
sociocultural" en España, pues muchas empresas no ven que estén
haciendo algo ilegal. Además de las sanciones, que van desde los 6.251
euros por trabajador, la empresa se arriesga a que, si el trabajador reclama,
"los tribunales reconozcan que no ha habido voluntad de finiquitar el
contrato y que la antigüedad del trabajador se mantenga", advierten.
Por su
parte, CCOO y UGT afirman que no tienen datos al respecto ni conocen casos de
trabajadores que los hayan denunciado. Asimismo la patronal CEOE reconoce que
las mencionadas prácticas son ilegales, pero afirma no tener cifras sobre
empresas que incurren en ellas. El dato concreto de las empresas sancionadas
por estos motivos tampoco se puede conocer por el Ministerio de Empleo, que
explica que estos casos se incluyen en las
estadísticas de infracciones laborales, que no diferencia este tipo específico de falta.
Bajas médicas en vacaciones
En cuanto a
los trabajadores que sí disfrutan de sus vacaciones, según el informe los
cambios introducidos por la reforma laboral de 2012 sobre las bajas médicas que
acontezcan durante el periodo de asueto ha suscitado grandes dudas entre los
empleados. Jausas señala al respecto que la nueva redacción del artículo 38 del
Estatuto de los Trabajadores establece que se aplazará el disfrute de las
vacaciones pendientes cuando se inicie una baja médica o por maternidad y
que se retomarán en el momento en que el trabajador esté en activo, antes de
que transcurran 18 meses.
El único
caso en que esto no será así se dará cuando el trabajador se encuentre de
vacaciones fuera del territorio nacional, debido a que es obligatorio que la
baja médica sea certificada por "un facultativo nacional o por aquellos
centros o entidades autorizadas como mutuas de accidentes de trabajo".
Fuente: www.publico.es

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