Resolución
del CGPJ
·
El órgano de gobierno del Poder Judicial
rechaza la propuesta de expulsión total de la carrera judicial
ALBERT BERTRAN
El juez Santiago Vidal, este jueves, en Barcelona.
M. BATALLAS / J.
G. ALBALAT / MADRID / BARCELONA
Jueves, 26 de febrero del 2015 - 20.17 h
En un pleno maratoniano, el órgano disciplinario y de
gobierno de los jueces, el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ),
ha acordado este jueves sancionar con tres años de suspensión de la carrera al
juez de la Audiencia de Barcelona Santiago Vidal por una falta muy grave
por su participación en la redacción de una Constitución catalana y en
actos soberanistas. La votación ha sido de 12 votos contra nueve. Al
entender de esta instituciónl el magistrado ha vulnerado " el "deber
báico de fidelidad a la Consitución" española y "al ordenamiento
jurídico. Los vocales que han quedado en minoría han anunciado un voto
partiuclar. La resolución ya ha sido noficada a Vidal.
El promotor de la Acción Disciplinaria del Poder Judicial, Antonio
Fonseca-Herrero, responsable de los expedientes disciplinarios a los
magistrados, elevó al pleno una propuesta de expulsión de Vidal de la carrera
judicial como autor responsable de dos faltas muy graves. En su escrito, por el
que finalizaba el expediente disciplinario, Fonseca consideraba probado que
Vidal ha participado "activamente" en la elaboración de una
"Constitución catalana" y "ha efectuado de forma reiterada
declaraciones públicas en defensa de la independencia de Cataluña".
También alega que ha apoyado y participado "activa y públicamente en
iniciativas políticas que adoptaban instituciones públicas catalanas y
entidades privadas sobre un proceso por y para la independencia de
Cataluña". La propuesta de expulsión de la carrera, al final, resultó
derrotada.
La primer debate suscitado en el pleno ha sido si era esta
instancia o la comisión disciplinaria la que debía tomar la decisión. Al final,
se acordó por 12 votos a favor, la mayoría conservadora, contra nueve que debía
ser el pleno quien tomara la decisión. Posteriormente, los vocales rechazaron
por 13 votos contra 8 una de las alegaciones del magistrado, que argumentaba
que el expediente disciplinario contra él había caducado porque se había
superado el plazo de seis meses desde el inicio de las actuaciones hasta su
culminación
Fuente: http://www.elperiodico.com/
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