Juristas solicitan a la Fiscalía que aplique la eximente de Estado de
necesidad a las personas que ocupen inmuebles
Presentan un escrito ante la Fiscal Jefe
solicitando se aplique dicha eximente penal debido a la emergencia social y
habitacional de muchas familias en la ciudad Sevilla y Andalucía.
Vivienda |
Tercera Información | 22-11-2012 |
Es un hecho
manifiesto y notorio que actualmente en Sevilla, en Andalucía y en el Estado
español hay situación de emergencia social y habitacional causada por las más
de 400.000 ejecuciones hipotecarias desde 2007, como resultado de la actividad
antisocial de las entidades financieras y de una legislación injusta.
La alarma
social generada por esta situación se ha hecho aún más evidente en las últimas
semanas, en las que el drama de las ejecuciones hipotecarias ha irrumpido con
mayor fuerza en primera línea de la actualidad.
Desde hace
un tiempo atrás en la ciudad de Sevilla, familias sevillanas desahuciadas, o en
proceso, sin trabajo y sin que los Servicios Sociales del Ayuntamiento, ni la
Junta de Andalucía puedan cubrir sus necesidades, están ocupando inmuebles
vacíos de los bancos.
Fiscalía no
puede permanecer impasible ante esta situación, máxime cuando otros operadores
jurídicos: jueces, secretarios, abogados y juristas están reclamando un cambio
legislativo al entender vulnerados diferentes artículos de la Constitución española.
Es por ello que desde el Grupo 17 de Marzo se le ha solicitado a Fiscalía que
mientras dure este estado de emergencia social y habitacional, solicite, en los
procedimientos penales por ocupación de inmuebles, como norma general LA
EXIMENTE DE ESTADO DE NECESIDAD para evitar que estas familias desahuciadas
sean condenadas por dicho delito de usurpación, ya que son víctimas del actual
sistema jurídico, injusto y abusivo, tal como han afirmado desde fuentes de la
propia Unión Europea.
Es de
justicia que el Ministerio Fiscal, como actor garante que debe velar por el
respeto de las instituciones constitucionales y de los derechos fundamentales y
libertades públicas con cuantas actuaciones exija su defensa, ante el estado de
emergencia social y habitacional pondere los diferentes bienes jurídicos y
solicite dicha eximente como norma general al menos hasta que los cambios
legislativos propicien que el derecho a la vivienda.
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