viernes, 23 de noviembre de 2012

“’LA EXIMENTE DE ESTADO DE NECESIDAD’ PARA EVITAR QUE ESTAS FAMILIAS DESAHUCIADAS SEAN CONDENADAS POR DELITO DE USURPACIÓN”



  Juristas solicitan a la Fiscalía que aplique la eximente de Estado de necesidad a las personas que ocupen inmuebles
Presentan un escrito ante la Fiscal Jefe solicitando se aplique dicha eximente penal debido a la emergencia social y habitacional de muchas familias en la ciudad Sevilla y Andalucía.
Vivienda | Tercera Información | 22-11-2012 | 
 Es un hecho manifiesto y notorio que actualmente en Sevilla, en Andalucía y en el Estado español hay situación de emergencia social y habitacional causada por las más de 400.000 ejecuciones hipotecarias desde 2007, como resultado de la actividad antisocial de las entidades financieras y de una legislación injusta.
La alarma social generada por esta situación se ha hecho aún más evidente en las últimas semanas, en las que el drama de las ejecuciones hipotecarias ha irrumpido con mayor fuerza en primera línea de la actualidad.
Desde hace un tiempo atrás en la ciudad de Sevilla, familias sevillanas desahuciadas, o en proceso, sin trabajo y sin que los Servicios Sociales del Ayuntamiento, ni la Junta de Andalucía puedan cubrir sus necesidades, están ocupando inmuebles vacíos de los bancos.
Fiscalía no puede permanecer impasible ante esta situación, máxime cuando otros operadores jurídicos: jueces, secretarios, abogados y juristas están reclamando un cambio legislativo al entender vulnerados diferentes artículos de la Constitución española. Es por ello que desde el Grupo 17 de Marzo se le ha solicitado a Fiscalía que mientras dure este estado de emergencia social y habitacional, solicite, en los procedimientos penales por ocupación de inmuebles, como norma general LA EXIMENTE DE ESTADO DE NECESIDAD para evitar que estas familias desahuciadas sean condenadas por dicho delito de usurpación, ya que son víctimas del actual sistema jurídico, injusto y abusivo, tal como han afirmado desde fuentes de la propia Unión Europea.
Es de justicia que el Ministerio Fiscal, como actor garante que debe velar por el respeto de las instituciones constitucionales y de los derechos fundamentales y libertades públicas con cuantas actuaciones exija su defensa, ante el estado de emergencia social y habitacional pondere los diferentes bienes jurídicos y solicite dicha eximente como norma general al menos hasta que los cambios legislativos propicien que el derecho a la vivienda.













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