El Gobierno otorga
entidad delictiva a cualquier hurto aunque el valor de lo sustraído esté por
debajo del límite actual de 400 euros
ANDRÉS
MUÑIZ Madrid 24/09/2013 07:29 Actualizado: 24/09/2013 07:29
Rueda de prensa del
Consejo de Ministros de este viernes, que aprobó el Proyecto de Código
Penal/Foto: Moncloa
El
hurto de una bolsa de pipas en una tienda o de un bolígrafo en una papelería
será delito. El Proyecto de Código Penal aprobado por el Gobierno castiga como
delito de hurto la sustracción de cualquier bien ajeno "sin la voluntad de
su dueño", aunque su valor se sitúe por debajo de los 400 euros,
límite que establece la legislación actual.
La
supresión de las faltas que propone la reforma se traduce, en el caso de
infracciones contra el patrimonio, en que todos los supuestos pasen a tener la
consideración de delitos, castigados genéricamente con entre 6 y 18 meses de
cárcel.
Sin
embargo, para paliar los casos de poca entidad, la reforma establece como
circunstancias atenuantes "el escaso valor de los bienes sustraídos y la
situación económica de la víctima", en los cuales el juez impondrá una
pena de multa de uno a tres meses (lo que significa un mínimo de 180 euros y un
máximo de 36.000, pero que debe ajustarse a la cuantía de lo sustraído). Nunca
se considerarán de escasa gravedad los hurtos de bienes con valor superior a
1.000 euros.
Fuentes
judiciales consultadas por Público calificaron de "engendro"
la solución adoptada por el Gobierno al dar la consideración de delito a todas
las faltas de hurto, ya que, aunque en los casos de poca entidad pueden tener
igual sanción (las faltas estaban castigadas con pena de multa de uno a
dos meses), puede provocar situaciones injustas por los antecedentes
penales que acarrea el delito. Así, señalan que puede darse el caso de un joven
de 18 años que hurte un cd en una tienda, sea condenado por ello, y pase a
tener un antecedente penal que le impida opositar a un empleo público.
Las
mismas fuentes destacaron que en los últimos tiempos se ha registrado un
incremento de hurtos, tradicionalmente cometidos por drogodependientes o
bandas, pero ahora también por familias sin recursos. En su opinión, dar la
consideración de delito a todas las faltas de hurto perjudica a quienes cometen
estos actos de modo ocasional.
Añadieron
que ante las "conductas insignificantes" que pueden ser el hurto de
objetos de escasísimo valor, podría haberse optado, al suprimir las faltas, por
la sanción administrativa, como señalan que ocurre en Alemania.
La
reforma introduce además cuatro nuevos casos agravados de hurto, castigados con
entre uno y tres años de prisión. Primero, cuando se sustraiga cableado,
conducciones, equipos o componentes de infraestructuras de suministro eléctrico.
Segundo, cuando se trate de productos agrarios o ganaderos, o de los
instrumentos o medios quese utilizan para su obtención, siempre que el delito
se cometa en explotaciones agrícolas oganaderas y se cause un perjuicio grave a
las mismas.
Asimismo,
considera agravante que "el autor actúe con profesionalidad",
que se apreciará cuando tenga "el ánimo de proveerse una fuente de
ingresos no meramente ocasional". Parece referirse a los carteristas o a
ladrones expertos.
También
tendrán castigo de uno a tres años de prisión quienes usen a menores de 16 años
para cometer los hurtos. Hasta ahora, el Código habla de menores de 14.
El
nuevo Código, que arrancará ahora su tramitación parlamentaria y estará sujeto
a las modificaciones que decidan las Cortes, establece además un tipo
superagravado de hurto, penado con hasta cuatro años de prisión, cuando el
autor, u otro de los partícipes en el delito, "porte un arma u otro
instrumento peligroso".
Así
como cuando se trate de un miembro de una organización o grupo criminal
constituido para la comisión continuada de delitos contra la propiedad, y otro
de sus integrantes participe en la comisión del delito.
La
reforma establece que a los condenados por cualquiera de los delitos mencionados
se les podrá imponer además un medida de libertad vigilada cuando terminen de
cumplir sus penas
Fuente: www.publico.es
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