El argumento para no
detener al policía acusado de torturas, listo para aplicarse al exministro de
Gobernación o al suegro de Ruiz-Gallardón
ANDRÉS
MUÑIZ Madrid 29/09/2013 08:41 Actualizado: 29/09/2013 11:16
El exministro Rodolfo
Martín Villa
De
momento ha servido para no detener a policías acusados de torturas como
"Billy el Niño"o el capitán golpista Jesús Muñecas. Pero a la
Fiscalía le ha sido útil como entrenamiento para blindar a altos cargos del
franquismo que también han sido querellados, como los exministros Rodolfo
Martín Villa o José Utrera Molina, este último suegro de Alberto
Ruiz-Gallardón, ambos señalados como partícipes en los delitos de genocidio
y lesa humanidad cometidos durante la dictadura de Franco.
La
Fiscalía de la Audiencia Nacional ha eludido la orden de detención inmediata
dictada por una jueza argentina contra los primeros querellados por las
víctimas del franquismo, el expolicía Juan Antonio González Pacheco (alias
'Billy el Niño') y el exguardia Jesús Muñecas, acusado de torturas en Euskadi
antes de participar en el intento de golpe del 23-F.
El
Ministerio Público --órgano jerárquico a cuyo jefe, el fiscal general, lo
nombra el Gobierno-- ha alegado por escrito que, frente a lo reclamado por la
magistrada María Servini, no es necesaria la detención preventiva de 'Billy el
Niño' y Muñecas por cuatro motivos: "la antigüedad" de los hechos que
se les imputan, la posible prescripción de los delitos, así como lo
dispuesto en la Ley de Amnistía española de 1977 para los actos
cometidos con anterioridad, y, por último, debido a la falta de un relato
pormenorizado de los hechos atribuidos a cada uno de los reclamados, con
concreciónde fechas y lugar de comisión.
Fuentes
de la Fiscalía, al comentar la lejanía en el tiempo de los crímenes del
franquismo señalados en la querella de la jueza Servini, se preguntaron
expresamente si tendría sentido detener de forma preventiva a una persona como
Martín Villa mientras se tramita su proceso de extradición --que suele llevar
varios meses--. Este leonés de nacimiento ocupó altos cargos con el franquismo
y también con los gobiernos de UCD, y está querellado por la muerte de cinco
trabajadores en Vitoria en la huelga de marzo de 1976, cuando era ministro de
Relaciones Sindicales. Uno de sus últimos encargos públicos fue el de comisionado
del Gobierno de Aznar para la catástrofe del Prestige.
La
juez Servini, en el desarrollo de su investigación, podría reclamar su
detención y extradición a España como ha hecho con otros querellados, y como es
posible que extienda a Utrera Molina o al también exministro Fernando Suárez,
excandidato electoral de Alianza Popular en varios comicios en la etapa de
presidencia del partido de fallecido Manuel Fraga.
La
Fiscalía de la Audiencia Nacional ya se opuso en su momento a la apertura por
el juez Baltasar Garzón de la investigación en España por los crímenes del
franquismo, alegando que la persecución de posibles delitos en la etapa de la
guerra civil y hasta 1975, había quedado afectada por los efectos del
perdón recogido en la Ley de Amnistía de 1977, aprobada por el Parlamento
español.
El
fiscal de la Audiencia Carlos Bautista, en el mismo escrito en el que rechaza
las detenciones, reclama la apertura del expediente de extradición a Argentina
de González Pacheco y Muñecas, pidiendo a la juez documento adicional sobre sus
eventuales delitos. El juez Pablo Ruz, de guardia cuando el fiscal presentó su
informe, ha seguido la línea marcada por la Fiscalía, y ha adelantado --como
sucede en todos casos de extradición-- que llamará a declarar a los
reclamados cuando Argentina le envíe las peticiones de extradición.
Contra
esa actuación de la Audiencia, han protestado los abogados de la acusación
personados en la causa argentina. Aseguran que sólo procedía, una vez
comunicadas a las autoridades españolas las órdenes de detención, que "por
parte de la policía se detuviera a los imputados y en un plazo no
superior a veinticuatro horas se los pusiera a disposición del juez instructor
de la Audiencia Nacional que se encontraba de guardia, a efectos de que por
parte de éste se decidiera si acordaba su prisión provisional o adoptaba
cualquiera otra de las medidas cautelares previstas en las mismas".
Añaden
que la decisión del juez Ruz constituye un flagrante incumplimiento de la
normativa. "La detención y posterior comparecencia ante la autoridad
judicial tiene el objetivo de que los imputados queden a disposición de la
justicia, ya sea que se resuelva su prisión provisional, como entendemos se
corresponde con la gravedad de los crímenes cometidos, las altas penas – de
ocho a veinticinco años de prisión – previstas en la ley argentina y el probable
riesgo de fuga, o que se adopte otra medida cautelar".
Los
abogados dicen que no les sorprende la actitud de la fiscalía, por "sus
antecedentes de nula colaboración con la justicia argentina en esta
causa", ni la de los responsables políticos del gobierno español que han
ejercido constantes presiones para evitar el progreso de la misma, pero
sí nos causa una profunda extrañeza que el juez instructor haya consentido esta
evidente transgresión de la legislación aplicable.
Sin
perjuicio de ello confían en que, cuando se curse la solicitud de extradición
por parte del juzgado argentino, los imputados se encuentren a disposición de
la justicia y que la Audiencia Nacional adopte cualquiera de las dos
decisiones que en derecho corresponden: el enjuiciamiento de los imputados en
España o su extradición a Argentina.
Cualquier
otra decisión implicará --según señalan en el comunicado-- dejar aún más en
evidencia, nacional e internacionalmente, que el lugar en el que los imputados
cometieron sus crímenes se ha convertido en el único refugio que tienen en el
mundo ante la actuación de la justicia.
Fuente: www.publico.es
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