Todos
aquellos pensionistas que en su día iniciamos una reclamación para la
actualización de nuestra pensión de acuerdo al crecimiento del IPC ya hemos tenido
respuesta: el Tribunal Constitucional nos ha denegado nuestra petición. ¡Sí!
Por cinco votos a cuatro. Sí, por solo un voto de diferencia, por la mínima,
como dicen en fútbol. De nada sirvió que hubiera cuatro magistrados del
Tribunal Constitucional que nos dieran la razón. La mayoría gana, como en las
votaciones. Eso da que pensar.
Yo no
entiendo de leyes, pero creo que el Tribunal Constitucional no ha reparado en
que hay un tratado internacional que el Estado español firmó en Estrasburgo el
16 de abril de 1964. Ese tratado internacional que el Estado español, como
firmante, debería cumplir es el código europeo de la seguridad social. En
materia de pensiones, el artículo 65.10 del tratado dice textualmente:
«Los montos de los pagos periódicos en curso concedidos por vejez (...) serán
revisados como consecuencia de variaciones también sensibles del coste de
la vida».
Ante la
decisión que ha tomado el Tribunal Constitucional de considerar
inconstitucional este derecho, nosotros los jubilados-pensionistas aún tenemos
un derecho que ninguna autoridad constitucional nos puede quitar, como es el
del voto. Yo todavía no sé a quien votaré, pero sí a quien no votaré. ¿Y
ustedes?
Fuente: www.elperiodico.com
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