Un capitán de navío de la Armada se
pronuncia contra la persecución del teniente Segura
Martes, 9 de diciembre de 2014
Por MANUEL PARDO DE DONLEBÚN MONTESINO / Capitán de
navío de la Armada.- Una vez más, el teniente
Luis Gonzalo Segura ha sido encerrado. Y ello, no como consecuencia de una
sentencia judicial que lo condene por un delito; ni siquiera, en prisión
preventiva, para evitar que eluda la acción de la justicia.
El teniente Segura ha ingresado en un centro disciplinario militar en
virtud del artículo 55.1 de la vigente Ley de Régimen Disciplinario de las Fuerzas
Armadas: “Cuando la naturaleza y circunstancias de la falta exijan
una acción inmediata para mantener la disciplina, la autoridad que hubiera
acordado la incoación del procedimiento, podrá ordenar el arresto
preventivo del presunto infractor en un establecimiento disciplinario
militar....”.
Las razones por las que
ha sido arrestado “preventivamente” no han trascendido. Es de suponer
que debe existir un expediente disciplinario previo, por falta grave. De la
panoplia de conductas sancionadas como falta grave, han podido ser escogidas
varias para justificar el arresto; lo más probable es que se haya recurrido,
como ya sucedió en el caso del Subteniente Bravo, a la categoría “Hacer
reclamaciones, peticiones o manifestaciones contrarias a la disciplina o
basadas en aseveraciones falsas; realizarlas a través de los medios
de comunicación social o formularlas con carácter colectivo”. El
secretismo de las actuaciones nos impide hablar con más precisión.
En esas estábamos, cuando
trasciende la noticia de que ha sido sometido a un expediente gubernativo, por
el que se pretende castigarlo con la sanción disciplinaria extraordinaria de
separación del servicio, esto es, su expulsión definitiva del Ejército. Entre
las razones para ese expediente gubernativo, según el Régimen Disciplinario, se
encuentra el artículo 17.5: “Cometer falta grave teniendo anotadas y
no canceladas al menos dos faltas graves”. Nuevamente y en
ausencia de más precisiones, imaginamos que esta será la excusa.
Alrededor del caso del
teniente Segura surgen varias cuestiones que queremos comentar:
En primer lugar, lo
insólito para la opinión pública de las denuncias iniciales, después de un
esfuerzo sostenido durante tantos años por la propaganda oficial para hacer
aparecer a las fuerzas armadas como un entorno inmaculado. Pero sobre todo, la
torpe respuesta a ellas de la jerarquía militar. Parece que el único motivo de
preocupación suscitado entre los mandos militares fuera que aquello no
trascendiera a la opinión pública, desdeñando cualquier otra medida de
contención y depuración de responsabilidades.
Debe ser que los altos mandos
militares implicados en los sucesivos procedimientos disciplinarios viven en
otro planeta. En los tiempos que corren, en que todas las seguridades se
resquebrajan y el virus de la corrupción desbocada infecta a todas las
estructuras del estado, resulta irrisorio pretender que existe una isla de
integridad, inmune a ella.
En segundo lugar, el
ingreso en centro disciplinario con carácter preventivo, ordenado por la misma
autoridad que inició el expediente sancionador, que se erige así en juez y
parte de un proceso que concluye con su privación de libertad. Ya se ha
denunciado hasta la saciedad la violación que esto supone del Convenio Europeo
de Derechos IV.
Pero además, es que en
este caso se le priva de libertad no para que no pueda eludir la justicia, ni
para impedir que siguiera delinquiendo (si es que hubiera cometido delito); se
le encierra para “mantener la disciplina”. Nuevamente hay que llamar la
atención sobre el abuso del concepto de disciplina implícito en el Régimen
Disciplinario militar.
La disciplina es un valor
central en el funcionamiento de un ejército; nadie discute que tal ejército
perdería su capacidad de combate si las órdenes de los superiores se estuvieran
desobedeciendo con ocasión del combate o en circunstancias similares
en que se precisan unidad y coherencia para la consecución de un fin (como
puede ser en maniobras o navegaciones, por ejemplo). Pero en este caso, el
teniente Segura no desobedecía órdenes. O las que recibía (callarse), eran
ilegales, por lo que no estaba obligado a obedecerlas
Alegar que la denuncia
pública de disfunciones en el seno de las fuerzas armadas afecta a la disciplina
resulta fuera de lugar. Por el contrario, lo que resulta demoledor para la
moral de los militares y, en consecuencia, para la disciplina, es el
encubrimiento de esas disfunciones y corruptelas. Y un adecuado
reconocimiento a la honradez de quienes denuncian sería un estímulo para
mejorar el servicio.
En tercer lugar, las
condiciones del arresto en que se mantiene al teniente Segura van mucho más
allá de la simple privación de la libertad ambulatoria. La propia Defensora del
Pueblo ha denunciado la incongruencia de someter a los arrestados a regímenes
de visitas y de comunicaciones cuya dureza excede incluso a la de los reclusos
por delitos penales.
Por último, la separación del
servicio como consecuencia de un expediente gubernativo; esta parece ser la
única instancia, dentro de la administración pública, en que un funcionario
puede ser expulsado de su carrera sin la intervención de un juez. La burbuja de
derechos civiles cercenados alcanza hasta la ausencia de la tutela judicial, no
ya para la privación de libertad, sino incluso para algo tan grave como la
expulsión de la carrera.
Las fuerzas armadas no
pueden ser, bajo ningún concepto, un limbo para los derechos civiles de sus
componentes. Una sociedad democrática avanzada precisa de mecanismos de control
efectivos en todos los ámbitos para contrarrestar las tendencias inherentes al
ser humano de abusar de su poder. La inexistencia de mecanismos de denuncia
ajenos a la cadena de mando, junto con medidas puramente represivas contra los
que destapan los abusos, la corrupción o las condiciones laborales de los
militares resultan catastróficos para la moral de combate. Y ello, por mucho
que haya militares de alta graduación que se rasguen las vestiduras ante las
manifestaciones de descontento de las asociaciones. No son más que
nostálgicos que solo pretenden mantener los privilegios de sus altas
jerarquías, que no han comprendido el sentido de un ejército
verdaderamente democrático, en el que las libertades civiles de sus
componentes son un elemento esencial.
Para terminar, quisiéramos resaltar
el papel del teniente Segura como un militar honrado que denuncia actos
de corrupción y como un ciudadano consciente que, no satisfecho con la elusiva
respuesta del mando a sus denuncias, las traslada a la plaza pública con la
esperanza de que la sociedad a la que esas fuerzas armadas sirve no consienta
en que queden impunes.
Notas:
I Defensa
encierra al teniente Segura para "ocultar la realidad de los
cuarteles". Público, 18 de Noviembre de 2014.http://www.publico.es/557092/defensa-encierra-al-teniente-segura-para-ocultar-la-realidad-de-los-cuarteles
II El
caso del Subteniente Bravo y las libertades civiles de los militares. Rebelión,
8 de Abril de 2013: http://www.rebelion.org/noticia.php?id=166424
III El
Ejército propone la expulsión del teniente Segura. Público, 28 de Noviembre de
2014. http://www.publico.es/558904/el-ejercito-propone-la-expulsion-del-teniente-segura
IV Un
muro de silencio a punto de derrumbarse. Rebelión, 29 de Julio de
2014. http://www.rebelion.org/noticia.php?id=187812
V Al
jefe del Estado Mayor de la Defensa. La Gaceta, 2 de Diciembre de
2014: http://www.gaceta.es/enrique-dominguez-martinez-campos/jefe-mayor-defensa-02122014-1137
Fuente: http://canarias-semanal.org/
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