domingo, 26 de mayo de 2013

GARZÓN DENUNCIA ANTE LA CORTE EUROPEA QUE LOS JUECES DEL SUPREMO LE CONSTRUYERON EL DELITO “A LA MEDIDA”

 Demanda ante el TEDH por la sentencia que le condenó por prevaricación en las escuchas de Gürtel
 Aurora Moya | 26/05/2013
En la imagen, el exjuez español Baltasar Garzón. EFE/Archivo
En la imagen, el exjuez español Baltasar Garzón. EFE/Archivo
El juez Baltasar Garzón ha presentado una demanda ante el Tribunal Europeo de derechos Humanos contra la sentencia del Tribunal Supremo que le condenó por prevaricación en las escuchas del caso Gürtel. Garzón alega que ha sido condenado  por algo que no existe en el Derecho español, y que los magistrados de la Sala II de lo Penal que le enjuiciaron, construyeron “a la medida” el delito. Añade que  vulnera manifiesta y gravísimamente sus derechos fundamentales y pone en peligro la independencia judicial. Las sentencias del TEDH son vinculantes.
Si estiman su demanda, volvería a poder ejercer
Si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos estima esta demanda, la condena de inhabilitación que sufre Baltasar Garzón se declararía contraria a sus derechos fundamentales, volvería a ser juez con todos sus derechos y podría pedir una reparación por los perjuicios que ha sufrido.
“Pone en peligro la independencia judicial”
La demanda presentada ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos, cuyas sentencias son vinculantes para España, ocupa más de  doscientos folios y ha sido realizada por el despacho Amparo Legal. En ella, se alega que la sentencia del Tribunal Supremo que le ha condenado por el caso Gürtel vulnera manifiesta y gravísimamente sus derechos fundamentales que tiene como todo ciudadano europeo según el Convenio Europeo para la protección de los Derechos Humanos, y pone en peligro la independencia judicial, que es un requisito esencial de una sociedad democrática, cuya preservación es el fin principal del Convenio Europeo.
“Tratamiento penal singularizado”
Baltasar Garzón sostiene ante la Corte Europea, que en la sentencia del Tribunal Supremo ha sido objeto indebidamente de un tratamiento penal singularizado, sin norma previa penal general, con vulneración subsecuente de varios de los derechos reconocidos en el Convenio, y que genera una inadmisible inseguridad jurídica en los jueces y magistrados.
“Delito construido a la medida”
Entiende categóricamente queha sido condenado en realidad por un delito inexistente en el Derecho español, y que los Magistrados del Tribunal que le ha condenado han construido “a la medida” el delito para condenarle a él, ya que no hay en España ninguna ley que regule las escuchas telefónicas, ley que la propia Corte Europea había reclamado varias veces.
“Se vulneró el derecho a un juicio justo”
Añade que la condena se funda en unos razonamientos que Baltasar Garzón cree que son claramente contradictorios, irrazonables y arbitrarios, vulnerando las exigencias del derecho a un juicio justo, al no contemplar la sentencia las pruebas sobre la prórroga de las escuchas, la actuación del Ministerio Fiscal que siempre las apoyó y los funcionarios de la policía que las solicitaron, etc.
Garzón, chivo expiatorio
En definitiva, dice, “utilizando al Magistrado como un chivo expiatorio de los males e insuficiencias de las leyes y de la Justicia españolas, en forma incompatible con las exigencias de la tipicidad penal, la presunción de inocencia y la prohibición de no discriminación, con vulneración de los arts. 6.1 y 2, 7.1 y 14 del Convenio, y del art. 1 del Protocolo núm. 12 del mismo, y sin derecho a segunda instancia”.
“Los jueces vulneraron la imparcialidad”
La demanda señala también que “los magistrados del Supremo han partido de un designio incriminador en relación con él, vulnerando la exigencia de imparcialidad exigible a todo órgano jurisdiccional, habiendo prejuzgado la cuestión de la culpabilidad del magistrado a la luz de consideraciones ajenas al acto del juicio”.
¿Sentencia puesta de antemano?
De ahí infiere que “de la lectura de la sentencia parece que incluso no se ha celebrado prácticamente juicio alguno o que éste ha sido por completo irrelevante para la sentencia, que en la práctica, parece como si estuviera puesta de antemano, ya que prescinde de todas las pruebas y de hechos fundamentales que se probaron en el juicio”.
“Vulnera la independencia judicial”
Por último, defiende que la sentencia vulnera la independencia judicial recogida en la Constitución española, que es una garantía  fundamental para una sociedad democrática, al suponer la negación de las legítimas facultades de los jueces sobre las pruebas y de interpretar las leyes aplicables mientras que no haya una legislación clara sobre estos temas”.
El desarrollo del caso Gürtel le está dando la razón
Es decir que los magistrados españoles que le han condenado “han considerado como una conducta criminal lo que no ha sido en el caso de Garzón más que cumplir con su obligación de buscar la verdad en la investigación de delitos de corrupción, sin violar ninguna ley ni nada parecido y empleando medios absolutamente legítimos en España y en otros países, habiéndole dado ahora la razón el desarrollo posterior del caso Gürtel, en donde ha aparecido finalmente una corrupción política de enorme alcance y que afecta muy gravemente a los poderes políticos actuales y a la sociedad española”.
Podría recuperar su puesto de juez
Si el Tribunal Europeo de Derechos Humanos estima la demanda de Baltasar Garzón, su condena por el Tribunal Supremo se declararía contraria a sus derechos fundamentales y volvería a ser juez con todos sus derechos y pedir una reparación por los perjuicios que ha sufrido.
 Fuente:www.elplural.com

1 comentario:

  1. No solo es que en España no se estén investigando los crímenes del franquismo sino que por el contrario desde el gobierno no pasa un día que no se justifique y ensalce a la criminal dictadura fascista. http://diario-de-un-ateo.blogspot.com.es/2013/05/la-reconciliacion-entre-victimas-y.html

    ResponderEliminar