El juez ha
manifestado creer que la Infanta Cristina ha recibido un "trato
desigual" en el auto que desestima los recursos de los cuatro inculpados
en el caso Nóos.
EUROPA
PRESS Palma de Mallorca 17/07/2014 12:31 Actualizado: 17/07/2014 14:01
Castro mantiene la
imputación de Torres, Mata y su mujer.EUROPA PRESS
El
juez instructor del caso Nóos, José Castro, considera "hiriente"
que la Infanta Cristina no se encuentre imputada por un mayor número de delitos
que los que en estos momentos pesan sobre ella -dos fiscales y uno de
blanqueo-, compartiendo de este modo el criterio del exsocio de Iñaki
Urdangarin, Diego Torres, de que su mujer ha recibido un "trato desigual"
en relación con la hermana del Rey Felipe VI.
Así
lo pone de manifiesto en el auto que ha dictado este jueves para mantener la
imputación de Torres y su esposa, Ana María Tejeiro, así como del expresidente
del Govern Jaume Matas y del exalto cargo de éste Gonzalo Bernal, al apreciar
suficientes indicios incriminatorios para que se sienten en el banquillo de los
acusados en el marco de esta causa.
En
su resolución, el magistrado atiende a las quejas vertidas por la defensa de
Torres, aseverando que no puede "por menos que coincidir" con
su criterio en cuanto a que el hecho de que la Infanta no esté imputada de los
delitos que le fueron archivados por la Audiencia Provincial de Baleares "puede
ciertamente resultar hiriente" para quien sí se enfrenta a ellos, en
referencia a Tejeiro.
En
este sentido, entiende que a la mujer de Torres "le puede resultar
imposible o, cuando menos, difícil sustraerse al convencimiento de que,
comparativamente con aquélla (la Infanta), ha recibido un trato desigual".
El
magistrado ha dado cinco días a los cuatro imputados para que recurran su auto
ante la Audiencia Provincial de Baleares. En su misma resolución, el juez
rechaza asimismo el recurso que presentaron los concejales del PSPV del
Ayuntamiento de Valencia, personados como acusación popular, quienes
solicitaban que fuese imputado de nuevo el vicealcalde Alfonso Grau.
Fuente: www.publico.es

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