La Justicia tardó en reconocer a la
afectada su derecho a conciliar vida laboral y familiar. El Tribunal Europeo de
Derechos Humanos ha sentenciado que debe recibir 16.000 euros por daños morales
EUROPA PRESS
Madrid 19/02/2013 20:07 Actualizado: 19/02/2013 20:13
El Tribunal
Europeo de Derechos Humanos (TEDH) ha condenado a España a indemnizar con
16.000 euros por daños morales a Raquel M.G por la tardanza de la
Administración de Justicia en reconocer que había sido discriminada como
madre por el supermercado en el que trabajaba, que puso trabas a su
reducción de jornada. Cuando la justicia le dio la razón, sus hijos
ya tenían más de 6 años y no pudo beneficiarse de la reducción.
La sentencia
declara que la Administración española de Justicia vulneró el derecho de esta
mujer a la resolución de sus reclamaciones dentro tiempo razonable.
Concretamente, se le compensa por vulneración del artículo 6.1 en
relación con el 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos.
La mujer,
vecina de Perales del Río (Madrid) y que tenía hijos menores de seis años,
solicitó a la empresa poder reducir su horario para hacerse cargo de los
pequeños de modo que su jornada, en vez de partida, se estableciera entre las
cuatro de la tarde y las nueve y cuarto de la noche. Su petición fue rechazada
por sus jefes, lo que ella considera discriminatorio.
El Tribunal
Constitucional le concedió el amparo ante el inicial rechazo de la empresa, al considerar
que había sido discriminada por razón de sexo. No obstante, y en una nueva
resolución, la jurisdicción laboral estimó que las pretensiones de
la trabajadora sobrepasaban esta protección porque la mujer
pretendía estar exenta los jueves, viernes y sábados, días de mayor
actividad en el supermercado, y la sentencia señaló que esta solicitud no
estaba justificada.
Tras
interponerse un segundo recurso, el Tribunal Constitucional amparó a la mujer
por el tiempo transcurrido, si bien Raquel no pudo beneficiarse de la medida
porque sus hijos ya tenían más de 6 años. Frente a su petición, el tribunal
de garantías rechazó indemnizarla por discriminación sufrida, aspecto que
únicamente fue apoyado por un magistrado en un voto particular.
Ahora, el
TEDH da la razón esta mujer al considerar que, al tardar más de cuatro años
en resolver sus peticiones, la justicia española desamparó a Raquel ante la
discriminación sufrida, pues no pudo disfrutar de la reducción de jornada al
ser ya sus hijos mayores de seis años. Por ello condena al Estado a
indemnizarla con 16.000 euros por daños morales.
Fuente: www.publico.es

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