Los magistrados
acuerdan que se trata de un complemento destinado a una finalidad concreta:
ayudar al dependiente a remunerar al que le atiende.
nuevatribuna.es |
15 Julio 2014 - 17:15 h.
![]() |
| dependencia250 |
La Audiencia Provincial de Madrid ha declarado
inembargable la pensión de gran invalidez, dado que los magistrados
consideran que este complemento no debe ser retirado a los dependientes para
que puedan atender con razonable dignidad su subsistencia.
Así lo establece en una sentencia en la que estima un
recurso planteado por un ciudadano al que se le embargó en base a la pensión
total que recibe -1.333 euros y un complemento de gran invalidez de 660
euros-.
En la resolución, los magistrados ordenan que se proceda
a recalcular las cantidades a embargar excluyendo el complemento de gran
invalidez, para que el ejecutado y las personas de él dependientes puedan
atender con razonable dignidad su subsistencia.
Los magistrados entienden que esta decisión está
directamente relacionada con la dignidad mínima de la persona de acuerdo con la
tutela constitucional de derechos fundamentales.
En este punto, consideran que la cuantía por invalidez no es
en puridad una pensión que se acumule a la anterior, sino un complemento de la
misma destinado a que el inválido pueda remunerar a la persona que le ayuda.
Tiene, por tanto, una finalidad concreta, determinada y básica, por lo que
resulta inembargable.
Fuente: http://www.nuevatribuna.es/

No hay comentarios:
Publicar un comentario