Por Rodolfo
Benito Valenciano y Frederic Monell i Lliró | A través de la reforma del Código Penal y
de la Ley de Seguridad Ciudadana, el gobierno pretende incorporar nuevas
restricciones al ejercicio de derechos fundamentales. (Foto: Prudencio Morales)
nuevatribuna.es | 18 Diciembre 2013 - 16:04 h.
Foto:
Prudencio Morales
A través de
la reforma del Código Penal y de la Ley de Seguridad Ciudadana, el gobierno
pretende incorporar nuevas restricciones al ejercicio de derechos
fundamentales, sin perder de vista que, al mismo tiempo, introduce la prisión
perpetua que, aunque se llame revisable, conlleva una concepción de la pena
como venganza; medidas de seguridad, basadas no en la comisión de un
delito, sino en la suposición de que una persona es peligrosa para la sociedad,
recordando la franquista Ley de Peligrosidad Social, o la extensión de la pena
de prisión frente a las penas alternativas, configurando una visión alejada del
art. 25.2 de la Constitución y su orientación de penas a la resocialización de
los condenados.
Estas
reformas, de marcado carácter ideológico, tienen un único objetivo: cercenar
las libertades democráticas, para con ello acallar la protesta social, cuestión
ésta muy propia de gobiernos autoritarios.
Acompasar,
como de hecho está haciendo el Gobierno, las políticas de austeridad con una
política de recortes sociales y con recortes también en materia de derechos
civiles y libertades democráticas, atenta contra al principio fundamental de
respeto a los derechos humanos, además de cercenar elementos básicos de la
propia democracia. Con ello, el gobierno pretende convertir el conflicto social
en un continuo conflicto de orden público.
Querer
convertir el conflicto social en conflicto de orden público, algo que ya ha
pretendido este gobierno en el desarrollo de las dos huelgas generales que en
esta legislatura se han producido, no es sino una visión y una respuesta
autoritaria y un profundo desatino que suele acarrear consecuencias no
deseadas.
El proyecto
del Código Penal incorpora una amplia modificación de toda una serie de figuras
que se encuadran en lo que se llaman los “Delitos contra el orden público”.
El derecho
de reunión y el de manifestación son dos de ellos, junto con el anunciado en
relación al de huelga.
El objetivo
declarado con estas reformas de contribuir a facilitar instrumentos penales que
corrijan los comportamientos que se consideran atentatorios a dicho orden
público y que, en la mentalidad del gobierno, exigen de su endurecimiento en el
tratamiento penal.
Esa supuesta
insuficiencia del marco penal, sostiene el gobierno, consiste en la debilidad
de la respuesta que se viene ofreciendo a toda una serie de conductas que se
expresan en los conflictos, protestas, manifestaciones y concentraciones, lo
que se hace por dos vías: aumentando la sanción penal a comportamientos que ya
venían siendo tratados con la versión vigente del Código, y sobre todo,
incorporando al catálogo de conductas delictivas comportamientos que hasta el
momento, o eran irrelevantes penalmente, o sólo tenían un tratamiento
sancionador administrativo. Por tanto, estamos en un terreno claro de
endurecimiento de la respuesta penal ante las expresiones del conflicto social
y las vías de protesta ciudadana.
Asistimos a
un retroceso inaceptable de las libertades públicas y de las vías de participación
democrática.
Las reformas
anunciadas limitan las libertades ciudadanas, y lejos de ofrecer vías de
integración y de expresión articulada de los conflictos sociales, opta por la
postura represora.
La posición
de CCOO y UGT es radicalmente contraria a estas reformas, basándonos en los
principios democráticos que emanan de la Constitución.
Es
inaceptable que el Gobierno pretenda incorporar a través de estas reformas,
nuevas restricciones al ejercicio de los derechos fundamentales que más
implicados están en la preservación de un sistema democrático, y son cauce de
participación social en los asuntos públicos, así como expresión del pluralismo
político e ideológico.
Por
Rodolfo Benito Valenciano y Frederic Monell i Lliró

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