miércoles, 18 de diciembre de 2013

ESPAÑA PODRÍA SER DEMANDADA ANTE EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UE POR INCUMPLIMIENTO DIRECTIVA CONTRA LA TRATA DE SERES HUMANOS

El 29 de mayo de 2013 se enviaron cartas de emplazamiento a los 13 Estados miembros que no habían notificado la transposición de la Directiva Europea sobre Trata, entre ellos España.
España | Tercera Información | 18-12-2013 |
Desde el 6 de abril de 2013 España está incumpliendo el plazo para la trasposición de la Directiva Europea* para la Prevención y lucha contra la trata de seres humanos y la protección de sus víctimas. El 20 de enero de 2014 finaliza el plazo dado por la Comisión a España para que remita una respuesta en relación con la trasposición; España podría ser demandada ante el Tribunal de Justicia de la Unión. Las victimas de trata tendrán asistencia legal gratuita y la reforma penal incluirá más posibilidades de decomisar bienes e imponer libertad vigilada apuntan desde el Ministerio de Justicia. Sólo hay 4 sentencias y 10 condenados por delitos de Trata en España. Eurostat1 señaló una cifra de 23.600 víctimas de Trata en la UE entre 2008 y 2010.
El porcentaje de condenas por Trata de personas se redujo un 13% entre 2008 y 2010 y sin embargo el número de víctimas de trata en la UE aumentó en un 18% en el mismo periodo. 7 de cada 10 víctimas de la trata en Europa son mujeres, y sorprendentemente, el 15% son niños. En 2010, el número total de víctimas que recibieron asistencia en los 15 Estados miembros que proporcionan datos para el informe de Eurostat fue de 5.086. Las predicciones de la Comisión Europea apuntan a un aumento de la captación de víctimas de Trata a través de Internet. "La Estrategia de la UE Hacia la Erradicación de la Trata de Seres Humanos 2012-2016"2 es un instrumento que debe marcar la política española en materia de Trata.
Ayer por la mañana tuvo lugar la presentación de la Jornada Marco Europeo de Lucha contra la Trata de Personas y Buenas prácticas y Retos en Identificación y Atención a Víctimas en España. Su objetivo era exponer la Estrategia Europea 2012-2014 y la Directiva Europeas que inciden en el tema de la trata de personas, así como la situación en España en materia de coordinación, identificación y atención a víctimas.
La 1ª mesa redonda fue moderada por Laura Ruiz de Galarreta Barrera, Directora General de la Mujer de la Comunidad de Madrid y tuvo como tema de debate el Marco Europeo de Lucha contra la Trata de Seres Humanos y Situación en España. Dña. Katarzyna Cuadrat-Grzybowska, Experta en materia legal, Oficina de la Coordinadora Europea de Lucha contra la Trata, DG Asuntos de Interior, Comisión Europea.
La Comisión analiza en estos momentos la información recibida y adoptará las medidas necesarias para garantizar la correcta aplicación de la legislación de la UE, incluyendo la puesta en marcha de los procedimientos de infracción en caso necesario. El 29 de mayo de 2013 se enviaron cartas de emplazamiento a los 13 Estados miembros que no habían notificado la transposición de la directiva. La Comisión Europea ha solicitado formalmente a Chipre, España, Italia y Luxemburgo que garanticen el cumplimiento de sus obligaciones con respecto a la legislación europea sobre la trata de seres humanos. 6 meses después de la expiración del plazo para la transposición de la Directiva 2011/36/UE, y a pesar de las cartas de emplazamiento enviadas el 29 de mayo de 2013, estos países aún no han notificado a la Comisión las medidas nacionales adoptadas para cumplir con la legislación de UE. Por ello, la Comisión ha enviado dictámenes motivados y en caso de que estos Estados miembros no cumplan con su obligación legal en un plazo de dos meses, la Comisión puede decidir llevar el caso a los tribunales.
Cuadrat-Grzybowska añade: "Esta Directiva representa el hito más importante y el instrumento de derecho penal más ambicioso con el que cuentan los Estados miembros, y es muy completo".
La UE se encuentra en una situación privilegada para combatir la trata de seres humanos: el trabajo se rige por la legislación estricta de la UE, sus sólidos mecanismos de aplicación, un marco político global y recursos económicos. Así, La UE cuenta con las herramientas necesarias para hacer frente a la trata de seres humanos, pero se necesita una implementación que complete dichas herramientas para obtener resultados concretos.
La trata de seres humanos es un fenómeno transnacional complejo cuyos objetivos son las mujeres, hombres, niñas y niños que se encuentran en situaciones vulnerables. Adquiere diversas formas, y evoluciona según las circunstancias socioeconómicas. Una forma lucrativa de la delincuencia a menudo implica otra serie de complicaciones que los propios países no pueden abordar por sí solos de manera eficaz.
Un tema tan complejo requiere un planteamiento coordinado, multidisciplinario y proactivo tanto a escala nacional como a escala europea.
Esto incluye también un planteamiento de igualdad en la prevención, la persecución de los delincuentes, la protección de las víctimas y asociaciones, un planteamiento que tenga muy en cuenta los derechos humanos y la perspectiva de género y acorde con la legislación de la UE, que fue aprobada por todos los Estados miembros en un tiempo récord.
Este marco legal se completa con una importante herramienta política: la Estrategia para la erradicación de la trata de seres humanos 2012-2016, que incluye 40 acciones concretas recogidas en 5 prioridades para la Comisión europea, las agencias europeas y los Estados miembros. La estrategia fue aprobada por los Tribunales europeos y el Consejo de Asuntos interiores en octubre de 2012. La Comisión Europea pondrá en marcha en 2014 una coalición de negocios a que reunirá actores clave del sector privado para mejorar la cooperación y las sinergias, para responder a los nuevos desafíos y discutir las medidas para prevenir la trata de seres humanos. Dña. Miriam Benterrak Ayensa, Consejera Técnica, Delegación del Gobierno para la Violencia de Género, Ministerio de Sanidad, Asuntos Sociales e Igualdad.
Actualmente, la Delegación del Gobierno para la Violencia de Género está trabajando en la elaboración de un nuevo Plan Integral de lucha contra la trata con fines de explotación sexual, en el que se incluye la evaluación de la ejecución de las medidas recogidas en el Plan 2009-2012 y en el que se incorporarán las principales conclusiones y recomendaciones realizadas por las distintas administraciones y organizaciones que trabajan en la materia a las que se ha solicitado dicha información.
Benterrak Ayensa añade: Las medidas que se propongan en este nuevo Plan estarán basadas en la información remitida por las distintas organizaciones e instituciones consultadas. Asimismo se tendrán en cuenta las observaciones y comentarios realizados desde distintos organismos nacionales e internacionales que han realizado un seguimiento o evaluación de las políticas existentes en España. Dña. Paz Ramírez Blanco, Fiscal, Asesora de la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia, Ministerio de Justicia.
Ramírez Blanco explicó las propuestas del Ministerio de Justicia de reformas normativas en materia de trata entre las que figuran en el Código Penal:
  • - La modificación del artículo 177 bis que afecta a las formas de comisión, las formas de explotación (añadiendo la explotación para cometer ilícitos penales), incorpora la definición del concepto de vulnerabilidad, prevé la agravación de la condena en supuestos de especial vulnerabilidad y añade la posibilidad de introducir la libertad vigilada en estos delitos.
  • - Modificación del comiso: se propone en el texto introducir instrumentos legales para favorecer la recuperación de bienes procedentes del delito (comiso ampliado a los delitos de trata, ampliación de los supuestos de utilización de bienes por la policía, supuestos de intervención de bienes en poder de terceros y de comiso sin sentencia de condena).
Ramírez Blanco añade: se ha revisado la regulación del artículo 318 bis para definir con claridad las conductas constitutivas de inmigración ilegal y ajustar las penas conforme a los criterios de la normativa de la Unión Europea.
En cuanto a la asistencia jurídica gratuita se está llevando a cabo la transposición de parte de la Directiva 2011/36/UE en el Anteproyecto de Ley de Asistencia Jurídica Gratuita. Contempla el reconocimiento de este derecho a las víctimas de trata de seres humanos junto con otros colectivos, “sin necesidad de que acrediten insuficiencia de recursos para litigar”, la asistencia jurídica previa a la interposición de denuncia o querella, previsión de que un mismo abogado asista a las víctimas de trata en los diferentes procesos y formación y especialización de los abogados del turno de oficio.
Ley Orgánica del Estatuto de la víctima del delito. Ramírez Blanco añade: Con este Estatuto, España será el primer país miembro de la Unión Europea en aglutinar en un sólo texto legislativo el catálogo de derechos de la víctima, de un lado transponiendo las Directivas en la materia y de otro recogiendo la particular demanda de la sociedad española.
A pesar de que este Estatuto de derechos de la Víctimas del delito, tiene la vocación de ser el catálogo general de los derechos procesales y extraprocesales, de todas las víctimas del delito, se pretende otorgar una protección especial para ciertos colectivos de víctimas con especial vulnerabilidad, como las víctimas de trata, mediante la transposición de la reciente Directiva 2011/36/UE. En particular, en el Título Tercero se abordan cuestiones relativas a la protección y reconocimiento de víctimas así como las medidas de protección específicas. Dichas medidas se adoptan atendiendo al carácter de la persona, al delito y sus circunstancias, entidad de daño y su gravedad y la vulnerabilidad de la víctima. Se incluyen medidas concretas de protección para colectivos que carecen de legislación especial entre los que se encuentran las víctimas de trata de seres humanos.
Ramírez Blanco añade: Queremos reseñar también el Anteproyecto de reforma de la legislación de Protección de la infancia que propone modificación entre otras normas, de la Ley Orgánica 1/1996 de 15 de enero, de protección jurídica del menor, a fin de considerar como menor de edad, y en tanto se determine esta, a las personas que hayan sido identificadas como víctimas de trata de seres humanos. Entre los principios rectores de la actuación administrativa se contemplan la protección de los menores contra toda forma de abuso, violencia en ámbito familiar y de género y contra la trata de seres humanos.
Desde el Ministerio de justicia se ha potenciado la formación de profesionales relacionados con el fenómeno de la trata, mediante la celebración de actividades formativas que inciden en aspectos fundamentales como la prueba en los delitos de Trata y la incidencia que la reforma del código penal operada por L.O. 5/2010, de 22 junio, tuvo en este tipo de delitos.
En cuanto a otras medidas estratégicas en la lucha contra la trata de seres humanos Ramírez señala la potenciación de la formación de profesionales relacionados con el fenómeno de la trata, mediante la celebración de actividades formativas que inciden en aspectos fundamentales como la prueba en los delitos de Trata y la incidencia que la reforma del código penal operada por L.O. 5/2010, de 22 junio, tuvo en este tipo de delitos.
Otra medida desde el Ministerio de Justicia para la erradicación de la trata de seres humanos incide en el ámbito de la prevención, asistencia y protección integral de las víctimas en situación de especial vulnerabilidad, mediante el impulso de Protocolos de Evaluación de la Vulnerabilidad en las Oficinas de Asistencia a Víctimas y de un protocolo médico forense de asistencia a las víctimas de trata.
Notas

  1. El 15 de abril de 2013 fue presentado el primer informe sobre trata de seres humanos de Eurostat (oficina estadística de la Unión Europea). La publicación recoge por primera vez las estadísticas sobre este fenómeno en el ámbito de la Unión Europea, e incluye los datos relativos a los años 2008, 2009 y 2010. http://ec.europa.eu/anti-traffickin...
  2. - http://ec.europa.eu/home-affairs/do... * Bruselas, 29/3/2010 | COM (2010) 95 final | 2010/0065 (COD) Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa a la prevención y la lucha contra la trata de seres humanos y la protección de las víctimas, por la que se deroga la Decisión marco 2002/629/JAI.

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