La
reforma responde a un modelo de organización social marcadamente autoritario,
de perfil represivo y contrario a las libertades.
nuevatribuna.es
| 05 Marzo 2015 - 12:54 h.
Jueces
para la Democracia | El Senado acaba de aprobar esencialmente el
proyecto de ley de reforma del Código Penal, con la opinión contraria de los
grupos parlamentarios de la oposición. Se trata de una reforma de gran
amplitud, que no ha sido consensuada por los representantes políticos y que se
ha llevado adelante tras un trámite precipitado, con omisión parcial de los
dictámenes de los órganos consultivos, sin que exista un estudio adecuado en
materia de criminalidad que justifique estas modificaciones legales. Desde
Jueces para la Democracia debemos recordar que desde la aprobación del Código
Penal en 1995 se han producido cerca de treinta reformas, basadas casi siempre
en criterios inmediatos de oportunidad, lo cual resulta contrario a la
estabilidad aconsejable de lo que suele considerarse la Constitución en
negativo.
Consideramos
que los criterios generales de esta reforma resultan especialmente criticables.
Desde una perspectiva formal, la elaboración técnica de las modificaciones
propuestas es marcadamente deficiente, como ha señalado la práctica totalidad
de la doctrina jurídica. Por otro lado, en relación con los principios básicos
en los que se inspira esta reforma, la misma opta por un endurecimiento penal
con medidas de todo tipo. Y lo hace sin considerar que, en el ámbito europeo,
nuestro país ya se encuentra en las tasas más altas por habitante de población
reclusa y que también cuenta con los tiempos más elevados de cumplimiento en
las cárceles, a pesar de que seguimos situados en los niveles más bajos de
delincuencia. Por tanto, esta reforma no parte de un examen riguroso de las
necesidades sociales a la vista de la evolución de la criminalidad, ni tampoco
de un análisis del conjunto del sistema penitenciario.
La reforma
introduce una versión de la cadena perpetua que resulta injustificada y que es
contraria a la Constitución. Como otras medidas de severidad penal innecesaria
que se han planteado, la nueva regulación olvida la reinserción social. Y
concibe la justicia como venganza, para adentrarse en los principios más
reaccionarios del populismo penal con la finalidad de actuar como instrumento
de manipulación emocional y de satisfacer a determinados grupos de presión. Por
otro lado, el anuncio de despenalización de las faltas es claramente falaz:
muchas de ellas se convierten en delito; y otras conductas pasan a la Ley de
Seguridad Ciudadana, con sanciones más elevadas, que se podrán aplicar en un
procedimiento administrativo sin las mismas garantías que en el ámbito penal.
Se continúa el
camino de la criminalización de la pobreza para dar una respuesta penal a
situaciones que requieren fundamentalmente de una adecuada intervención social.
En cambio, desde los poderes públicos no se presta la necesaria atención
integral a la alta delincuencia económica o a la corrupción política. Además,
la reforma contiene un endurecimiento considerable de todo el capítulo de los
delitos contra el orden público, hasta el extremo de llegar a castigar con
prisión determinadas protestas pacíficas en la sede de una persona jurídica
pública o privada. También se pretende castigar con privación de libertad la
difusión en las redes sociales de consignas que inciten a alterar el orden
público. En la reforma abundan los elementos ambiguos y los conceptos jurídicos
indeterminados, lo cual resulta contrario al principio de legalidad. Y la
culpabilidad se ve desplazada por criterios de peligrosidad y de riesgo que anticipan
de manera arbitraria la respuesta del derecho penal.
La reforma
responde a un modelo de organización social marcadamente autoritario, de perfil
represivo y de orientación contraria a las libertades. No protege los bienes
jurídicos constitucionalizados, sino la particular visión del Gobierno sobre lo
que deben ser elementos preferentes, centrados en una perspectiva obsesiva
sobre la seguridad que se encuentra muy alejada de la realidad social. Desde
Jueces para la Democracia mostramos abiertamente nuestra disconformidad con una
modificación legal impulsada por intereses coyunturales y que no está
legitimada por razones de necesidad, las únicas que deben motivar una reforma
penal.
Fuente: www.nuevatribuna.es
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