sábado, 7 de marzo de 2015

“LA REFORMA LABORAL ES LA MAYOR CHAPUZA EN LA HISTORIA DEL DERECHO DEL TRABAJO EN ESPAÑA”



Miquel Falguera magistrado del TSJC, culpa al PP de reducir a la mínima expresión el control judicial de las decisiones del empresario. Apela a elegir entre el discurso del derecho y la civilidad o el de la economía, basado en dogmas neoliberales que amenazan con liquidar la democracia
Texto y Fotos: Carles Batalla
Viernes, 06 de Marzo de 2015
 La crítica a la reforma laboral del 2012 centró la conferencia de Miquel Falguera, magistrado del TSJC, en una nueva sesión del “Speakers’ corner” en el Museo de Història de Catalunya. Estas charlas pretenden dar una visión sobre el pasado, presente y futuro del movimiento sindical en el marco de la exposición del 50 aniversario de CCOO en Catalunya.
 Falguera fue presentado por su compañero del TSJC Félix Anzón. A modo de contexto, agradeció el esfuerzo de muchas generaciones de trabajadores por convertir las primeras normas impositivas del ámbito obrero en leyes de autorización, como etapa previa a la constitucionalización del derecho del trabajo. Unas conquistas que no fueron de la democracia cristiana, “tal y como sostiene Duran i Lleida” en las que las clases populares perdieron “plumas” por el camino: el abandono del internacionalismo y del debate sobre el poder en la empresa, la renuncia a su control externo, la falta de avance hacia la igualdad sustantiva y la pérdida de la economía productiva en favor de otra especulativa.
 En este caldo de cultivo arraigó con fuerza el discurso neoliberal tan de moda en la actualidad, que niega las conquistas sociales mediante “tópicos supuestamente científicos”, a saber: ‘lo privado funciona mejor que lo público’, ‘la Seguridad Social no tiene futuro’, ‘hay demasiados funcionarios y leyes’, ‘reducir impuestos genera ocupación’ y que ‘abaratar el despido genera ocupación’, “un dogma de fe que un niño de P3 entiende que es una tontería”.
 Los objetivos reales
 Con este telón de fondo ideológico, el PP aprobó en febrero de 2012 una reforma que, según Fátima Báñez, “la máxima consumidora de laca de este país que temía más a los jueces laboralistas que a los hombres de negro”, perseguía tres objetivos: crear ocupación, la promoción del trabajo estable y de calidad y la regulación de la flexibilidad interna.
 Para el juez laboralista, esta declaración de buenas intenciones era un eufemismo para ocultar las auténticas finalidades de la nueva normativa: abaratar los costes salariales (reducción del coste del despido, potenciación de los convenios de empresa sobre los convenios salariales, fin de la ultraactividad), o sea, “que los ricos sean más ricos y los pobres más pobres”; disminuir los controles externos en la toma de decisiones del empresario (fin de la autorización administrativa de los despidos colectivos, e intento de limitar su control judicial); disminuir los controles internos de la empresa de las decisiones de los empresarios (nueva regulación de la modificación sustancial de las condiciones de trabajo, potenciación de la distribución regular de la jornada de manera unilateral más allá de lo que establezcan los convenios) y resituación a la baja del papel de la negociación colectiva y los sindicatos: imposibilidad de negociar sistemas alternativos de encuadre más allá de los grupos e imposibilidad de disponer de la duración de los contratos de emprendedores.
 Tres años después, Falguera enumera las consecuencias desastrosas de la aplicación de la normativa: “los salarios han bajado mientras que las rendas empresariales han subido, se han producido retrocesos en la negociación colectivo, un descenso de las coberturas de prestaciones sociales y un crecimiento de los contratos a tiempo parcial”.
 El magistrado atribuye el fracaso a una “mala técnica legislativa”, con la que se diseñó “la chapuza jurídica más grande que se ha hecho en la historia del derecho del trabajo en España”. Según Falguera, desde el 2012, las sentencias del TC en este ámbito se han dictado por ideología, en base a la creencia que “los derechos constitucionales deben someterse a la economía. Es como si yo digo que soy creacionista y después hago una investigación como biólogo”. Y después, ante las contradicciones y fallos, los jueces y tribunales debían “solucionar la patata caliente”.
 Ultraactividad y despidos colectivos
 Falguera dirigió sus críticas a dos cuestiones: la ultraactividad y los despidos colectivos por causas económicas. En cuanto al primer apartado, recordó que el legislador establece que cuando un convenio colectivo pierde vigencia, las dos partes tienen un año para ponerse de acuerdo y si no lo hacen, se aplica el convenio de ámbito temporal, siempre que exista. “¿Y si no hay convenio qué aplicamos?”. Además, aprovechó para recriminar la presión de la extrema derecha. “Es falso que la ultraactividad no exista en ningún país europeo, como dijo la FAES. Lo que no existe es ningún país de la UE con un sistema similar”.
 Por otro lado, rechazó de manera tajante “la leyenda urbana y el dogma neoliberal” de una supuesta permisividad de los jueces en materia de despidos colectivos por causas económicos. Lo justificó en base a un estudio hecho por él mismo según el cual 7 de cada 10 despidos eran declarados procedentes por los tribunales. Falguera lamentó que la reforma reduzca a la mínima expresión el margen de maniobra de los jueces, “que nos digan que, si no hay causa, no vayamos más allá.” El debate lo resolvió el TS admitiendo que no se puede limitar el papel de los jueces. Como ejemplo flagrante, el de Telemadrid, que “no puede echar el 87% de la plantilla teniendo sólo un 5% de pérdidas”.
 En los dos años siguientes a la entrada en vigor de la reforma, según datos revelados por el CGPJ, la Audiencia Nacional y el Tribunal Superior de Justicia dictaron 160 sentencias sobre despidos colectivos, de las que el 56% fueron desestimatorias. Desde la reforma, un 1,2% de los despidos colectivos se declararon nulos o no ajustados a derecho, mientras que cuando había autorización administrativa “era el 2,5% lo que no se autorizaba”. Esta cifra demuestra, en palabras de Falguera, que el objetivo real de la reforma es “eliminar el control sobre el poder a la empresa, porque los jueces sobramos”, una tendencia ya instalada en Francia, “donde la patronal acusa los jueces de lo social de ser proclives a los intereses de los trabajadores”.
 Vidal, “víctima de la jerarquización”
 Para acabar de entristecer la situación, apuntó otros ítems “no casuales” como la ley mordaza, “la criminalización del derecho de huelga”, la ley de tasas, con un proyecto de ley pendiente que provocará que “los trabajadores que hasta ahora tenían justicia gratuita no la tengan a no ser que justifiquen que no tienen ingresos suficientes” y la reforma de la ley orgánica del poder judicial (LOPJ), que comporta un modelo “absolutamente jerarquizado y de control sobre los jueces”. En este sentido, no dudó en calificar de “increíble” la expulsión de Santiago Vidal, una decisión que es consecuencia de un CGPJ “jerarquizado con un controlador que va a por el que no sale en las fotos”.
 Por si fuera poco, esta reforma de la LOPJ obligará a los jueces a seguir la doctrina del TS, de la que no se podrán apartar bajo riesgo de cometer prevaricación. La conclusión del magistrado es demoledora. “Lo que molesta es el control judicial. Estamos entrando en un período en el que quieren que la democracia sea meramente formal”.
 Diversas alternativas
 Para combatir los efectos de la reforma, Falguera ofrece varias alternativas: “desempolvar viejas reivindicaciones olvidadas” tales como la necesidad de mecanismos de control de ámbito internacional de las decisiones empresariales, recuperar el poder de debate a la empresa, plantear controles externos a la empresa, repensar la idea de igualdad de cada uno según sus capacidades, reestructurar un modelo de previsión “totalmente disgregado” e iniciativas como la renta básica ciudadana o ampliar los mecanismos de participación, porque “quizás ya no es suficiente hablar de responsabilidad social corporativa”. En cualquier caso, toda solución se debe tomar bajo dos prismas: “la primacía del derecho sobre la economía, porque los juristas y no los economistas son los garantes de la civilidad” y la conciencia de que las leyes, por sí solas, “no crean ocupación sino modelos de ocupación”.
 Según él, lo que ya son inútiles son “las viejas consignas, las viejas leyes, las viejas inercias, las viejas prácticas, y las viejas soluciones”, así como el modelo de relaciones laborales “de arriba a abajo” dentro de un sistema en red. Se trata de dar un paso hacia adelante y posicionarse por el bien de las futuras generaciones. “Es el momento de optar por el discurso de la economía o por el discurso del derecho y la civilidad, cosa que no se puede aplicar si los ciudadanos no son soberanos, optar entre el gobierno de los pobres hombres libres (democracia) o el gobierno de los hombres ricos libres (oligarquía). Esto ya lo dijo Aristóteles”.
 El magistrado advirtió que, en función de la elección, la democracia, que empezó hace 3.000 años en Grecia, “puede renacer o acabar también en Grecia”.
Principio del formulario
Final del formulario
Principio del formulario
Final del formulario


No hay comentarios:

Publicar un comentario