sábado, 29 de diciembre de 2012

“UNA AMAÑADA TRANSICIÓN POLÍTICA PARA SALVAR A VERDUGOS Y FUNCIONARIOS DE LAS ATROCIDADES DEL FRANQUISMO”



LOS JUZGADOS POR EL FRANQUISMO
El exfiscal Carlos Jiménez Villarejo y el exjuez Antonio Doñate analizan con rigor implacable las resoluciones del Tribunal Supremo sobre los muertos en consejo de guerra
Por Reyes Mate
29 de diciembre 2012

LA SENTENCIA del Tribunal Supremo contra  el juez Garzón por usar al franquismo reconoce que los delitos en cuestión “hoy serían calificables de delitos contra la humanidad”, pero que desgraciadamente no son enjuiciables  porque  lo impide la legislación vigente: o han prescrito o quedan lavados por la amnistía de 1977 o aquí se les trata de otro modo. Ni los principios sentados en  el juicio de Núremberg, ni la normativa  de Naciones  Unidas sobre permanencia  del delito de retención  ilegal y posterior desaparición, ni el alcance del crimen contra la humanidad, ni los supuestos del Derecho Internacional Humanitario, valen nada frente al principio de aquí, en casa,
sólo rige  la lex  previa, lex certa, lex scripta y lex stricta. Todo atado y bien atado.
  Sorprende que al examinar  cada pieza del proceso – si el juez  es competente, si hay delito, si está vigente, etcétera – el juicio de la sentencia  cae siempre en el mismo lado: a favor  de los culpables  y en contra  de los denunciantes. La explicación está  escondida en un par  de pasajes que traicionaran  a los autores de la sentencia. Hablan del “derecho transicional cuyo objeto de estudio es la ordenación pacifica  de los cambios de un régimen a otro”. Y, como estamos en España, el objeto no podía ser otro que “el abandono pacífico del franquismo”. Así que el “derecho transicional” consiste  en no molestar al franquismo. Hasta ahora y para todo el mundo, la justicia  transicional consistía  en hacer justicia  a las víctimas, castigar a los culpables  y recuperar  la confianza  en instituciones como el poder judicial gravemente dañadas por la dictadura.
  La susodicha sentencia vela  pues  por la  paz del franquismo. Eso, que podía  ser una  anécdota, se convierte en la categoría  central de la investigación que llevan  a cabo un fiscal, Carlos Jiménez Villarejo, y un magistrado, Antonio Doñate. Ven en la pervivencia del franquismo en el poder judicial la clave del comportamiento de tantos  jueces y fiscales que,  como los que acusaron al juez Baltasar Garzón, estuvieron  guiados por intereses parciales sacrificando la independencia  que se espera de un juez. No argumentan  con teorías  sino con sentencias  y resoluciones sacadas  de procesos que han tenido lugar. Hablan  de los jueces  desde su propia experiencia  judicial y, también, desde un conocimiento autorizado de la historia  de la judicatura a lo largo del siglo XX. Recuerdan la oposición mayoritaria  del poder judicial a la República; el entusiasmo con el que jueces y fiscales  colaboraron con el régimen  franquista pasando a formar parte de la represión  institucional; y de cómo se acoplaron a la nueva situación.
 A lo largo de ocho densos capítulos los autores de Jueces pero parciales  van analizando, con rigor implacable, las resoluciones  del Tribunal Supremo que afectan  al núcleo temático de una justicia  transicional, a saber, los recursos de revisión planteados por las familias  de condenados a muerte y fusilados por consejos de guerra, en concreto, los del sindicalista-pacifista Joan Peiró, del poeta Miguel Hernández  y del presidente de la Generalitad Lluis Companys. El Tribunal Supremo se los quita de encima  con sofismas más propias de rábulas que de magistrados instruidos. Pasan por ese deshonor porque tienen claro que anular esas injustas sentencias supondría una condena al franquismo y de los jueces que consintieron la farsa. También repasan la actuación  de la magistratura durante la transición,  tan consentidora con los culpables  e indiferente con la suerte  de los Agustín Rueda, la matanza de Atocha, Enrique Ruano, José Arregui y tantos otros. Actuaciones que, como dice Josep Fontana en el prólogo, producen “en unos casos vergüenza y en otros, indignación y horror”.
   Los autores  también analizan la reacción del poder  judicial ante la revelación  pública de crímenes del franquismo: 30.000 niños secuestrados y 114.266 desaparecidos. Los jueces en general dan prioridad al derecho al honor de los autores del crimen y los juzgados de instrucción nada quieren saber de los familiares que vienen pidiendo amparo.
  El libro acaba examinando la respuesta del Tribunal Supremo  a la investigación  penal abierta  por el juez  Garzón en virtud  de la denuncia  presentada por familiares de desaparecidos. El mismo tribunal que acaba de inhabilitarle por el caso Gürtel, podía permitirse el lujo de absolverle, pero dejando bien claro que el franquismo no se toca.
  Lo que esta investigación demuestra es que la justicia transicional brilló por su ausencia. Los políticos cometieron el error de pensar que un abrazo entre Carrillo y Fraga podía sustituir los derechos de las víctimas. Si los políticos pensaron que, dada las circunstancias, el consenso exigía olvido, los jueces estaban obligados en nombre de su independencia y de las leyes vigentes, a amparar a las víctimas  y perseguir los delitos. No lo hicieron. Ahora sabemos por qué: confundieron el rigor de la justicia  transicional, que no es optativa, con un pintoresco “derecho transicional” que consistía en respetar al franquismo. A partir de ahora, cuando hablemos  de memorias y olvidos, habrá que tener presente que lo que se olvidó fue hacer justicia.
 Jueces, pero parciales. La pervivencia del franquismo en el poder judicial. Carlos Jiménez Villarejo y Antonio Doñate Martín.  Pasado&Presente. Barcelona 2012.
330 páginas. 20 euros.
  Fuente:  www.elpais.com

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