miércoles, 8 de octubre de 2014

EL TSJM CONDENA A ELPIDIO SILVA A 17 AÑOS DE INHABILITACIÓN Y ACABA CON SU CARRERA

Durante su investigación a Blesa

El exjuez Elpidio José Silva (Efe)
07/10/2014 (14:16)
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid acaba de condenar al juez Elpidio José Silva a 17 años de inhabilitación por encarcelar en dos ocasiones al expresidente de Caja Madrid, Miguel Blesa. La Fiscalía pedía 30 años por varios delitos, como prevaricación, retardo malicioso o dos delitos contra la libertad individual.
El tribunal, presidido por el magistrado Arturo Beltrán, entiende que ha existido un daño moral, en este caso a Gerardo Díaz-Ferrán, contra quien Silva también abrió un proceso penal por recibir un crédito de Caja Madrid cuando era consejero. "El daño moral es claro en el caso de Díaz-Ferrán, que se queja de haber sido acusado en un proceso penal merced a un actuar prevaricador del instructor, que la sala juzga acreditado".
Así, añade  que "esa arbitraria imputación en causa criminal por delito, en sí misma, produce, consecuencia lógica e indefectible, un padecimiento moral". La sentencia tiene un voto particular y ahora Silva puede recurrir la decisión ante el Tribunal Supremo. Mientras tanto, queda apartado definitivamente de la carrera judicial.
"El acusado llevó a cabo la acción típica antijurídica, consistente en dictar a sabiendas resoluciones injustas; su proceder tiene carácter de delito continuado, por razón de las distintas resoluciones dictadas, sin solución de continuidad, con la consiguiente pluralidad de acciones, dentro de un plan preconcebido o en aprovechamiento de las circunstancias que concurren al instruirse la causa", recalca el tribunal que entiende que Silva actuó de manera prevaricadora al enviar a Blesa dos veces a la cárcel por la presunta compra fraudulenta del City National Bank de Florida por parte de Caja Madrid.

Blesa tras declarar (Reuters)
La sentencia subraya que Silva era plenamente convincente de que estaba adoptando decisiones "con total apartamiento al principio de legalidad y de las garantías del proceso", como admitir la competencia de un hecho nuevo sin pasar por decanato, adoptar ciertas medidas cautelares o su modo de tramitar los recursos. Estas decisiones reflejan una "voluntad persecutoria del investigado que compaginaba con la permanente limitación de sus posibilidades de defensa, como lo prueba el trato preferente que daba a una de las partes -en referencia a Manos Limpias-". Su comportamiento produjo "una auténtica quiebra técnica de la imparcialidad y de la esencia de todo el proceso, como es el respeto a la dualidad de las partes, que exige tratar a ambas de modo equitativo".
El tribunal no solo se queda ahí. También entiende que el ya exjuez llegó a acusar a Blesa de revelación de secreto con el objetivo de "amedrantarle pues le consideraba un estorbo permanente para su peculiar instrucción y desconfiaba de él". Y recalca: "el acusado ha instruido una causa general a espaldas del investigado. Es decir, ha instrumentalizado el proceso penal, para tratar de imputar algún delito a Miguel Blesa por su gestión al frente de Caja Madrid, competencia que no le correspondía, y lo ha hecho con notable menoscabo del derecho constitucional de defensa".
La Sala le acusa de haber cometido el delito más grave que puede cometer un juez evitando al investigado un juicio justo. "No es que haya habido decisiones discutibles o meros errores, es que ha dirigido toda una operación judicial de corte inquisitorial, a fin de descubrir cualquier cosa que pudiera imputarle a Blesa y Díaz-Ferráz o a sus parientes, y ello en base a una prospección inquisitiva destinada a obtener cualquier indicio que sirviera de propósito"
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Manifestación contra Blesa (Efe)
El voto particular, emitido por el presidente Artur Beltrán, considera que la actuación de Silva fue "sumamente irregular" pero no se puede entender como prevaricadora. A su juicio, las actuaciones del instructor no se hicieron a sabiendas de que eran contrarias a la legalidad. Se basa principalmente en que el Ministerio Fiscal no recurrió ninguna de las decisiones acordadas por Silva durante la insutrcción. "Y ello no puede atribuirse a que estuviera encarnado en una persona frívola o ignorante. El fiscal actuó con gran rigor jurídico y conocimiento de las actuaciones, con firmeza, temple y sosiego. Se hace difícil pensar que alguien así percibiera con claridad como delictiva la conducta del juez y no la combatiera".
Beltrán explica que el punto más polémico es el ingreso en prisión de Blesa preo hace un apunte. Silva se movió por la sensación, entre otras cosas, de que Blesa podría darse a la fuga. Así, recuerda que "hace años nadie pudo presumir que el fugado más famoso de España fuera un director general de la Guardia Civil". Y el magistrado sostiene que son múltiples los ejemplos. "En la práctica diaria son centenares las veces que cada mes los tribunales de apelación acuerdan la libertad provisional de quien ha recurrido ante ellos la prisión preventiva, sin que ello traiga para quien la acordó consecuencia penal alguna".






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