Dos
estampas representativas de la España del régimen del 78
Lunes, 3 de noviembre de 2014
La pasada semana
concluyó con dos disposiciones judiciales extraordinariamente significativas.
Por una parte, el Tribunal Supremo ratificó la sentencia de la Audiencia
Nacional por la que se condenaba a tres por estampar en
la cara de la la presidenta de Navarra, Yolanda Barcina, una tarta de
merengue.
Los
acusados, activistas del movimiento de desobediencia civil contra el Tren de
Alta Velocidad (TAV) Mugitu! Mugimendua, protestaban de esa forma
contra la decisión de la presidenta Barcina de impulsar esta
infraestructura “antiecológica, antisocial y despilfarradora”.
Como se recordará, el "tartazo" tuvo lugar en territorio
francés, es decir, fuera de las fronteras jurídiccionales españolas. En su
momento, las autoridades judiciales francesas, después de analizar el caso,
procedieron a su archivo.
Sin
embargo, el Tribunal Supremo rechazó el recurso de
casación presentado por los condenados en base, entre otros, a la vulneración
del principio de “cosa juzgada”, ya que el caso fue ya estudiado y
archivado en Francia; a la vulneración del derecho fundamental a la
presunción de inocencia, y a la vulneración del derecho fundamental a la tutela
judicial efectiva.
El movimiento Mugitu!
Mugimendua calificó la condena como totalmente desproporcionada. “Queremos
denunciar que esta condena es la pena de cárcel más alta jamás dada contra la
utilización del entartamiento político en todo el mundo”, dicen desde Mugitu,
y añaden que Barcina “buscó obsesivamente el encarcelamiento de los
opositores del TAV”, pidiendo para ellos el máximo de penas que se podían
pedir: nueve años para uno de los acusados y seis para los demás.
JAUME MATA SALE DE PRISIÓN
DESPUÉS DE PASAR TRES MESES DE "VACACIONES"
Como parte de la otra cara de la moneda, el pasado fin de semana, el ex
ministro ultraconservador y ex presidente de la Comunidad balear, Jaume Mata,
abandonó la cárcel de Segovia, en la que cumplía condena por tráfico de
influencias, desde el pasado 27 julio.
Ha
sido la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias la
que ha concedido el tercer grado a Matas de acuerdo con el
artículo 31.1 de Reglamento Penitenciario, por el que el centro
directivo “tiene competencia exclusiva para decidir, con carácter ordinario
o extraordinario, la clasificación y destino de los reclusos en los distintos
establecimientos penitenciarios, sin perjuicio de las atribuciones de los
Jueces de Vigilancia en materia de clasificación por vía de recurso”.
VÍDEO DEL TARTAZO A LA BARCINA:
Fuente: www.canarias-semanal.org
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